La despenalización de la marihuana da su primer paso en el Congreso

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Con 68 votos, 29 en contra y cinco abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó ayer en general el proyecto de ley que despenaliza el autocultivo de cannabis y permite su consumo con fines terapéuticos y recreativos. La iniciativa, presentada por parlamentarios oficialistas e independientes y que fusiona dos mociones, implica una modificación a la Ley 20.000 de drogas, -que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas- para permitir el consumo privado y expendio de la marihuana.

La iniciativa permitiría el autocultivo de hasta seis plantas de marihuana por hogar o una superficie máxima de un metro cuadrado, cuando sea en interior y con luz artificial. Además, autoriza la ingesta con fines terapéuticos, con prescripción médica. Permite también el porte de un máximo de 10 gramos de cannabis para uso privado, sin autorización previa, y se legaliza la tenencia de un máximo de 500 gramos por domicilio (ver infografía).

Justamente uno de los principales reparos a la iniciativa -que mantiene la penalización a la venta y consumo público- se refieren a este punto. El diputado RN, Nicolás Monckeberg, sostuvo que “los 500 gramos equivalen a cuatro mil pitos, en razón de tres diarios, eso es tener marihuana almacenada para casi tres años”. Agregó que el porte de 10 gramos de cannabis significa cerca de $ 100 mil y unos de 60 pitos de cannabis. “Es una hipocresía señalar que esta ley busca proveer el consumo personal”.

Otras críticas se remitieron a los efectos que la despenalización podría traer en el consumo de marihuana en los jóvenes. “Las sociedades médicas señalaron los efectos nocivos y perjudiciales de la marihuana, especialmente en los menores de edad y cerebros en formación. Chile es el país de América Latina donde más se consume”, agregó Monckeberg.

Al respecto, Domingo Izquierdo, experto en adicciones y sicopatologías de la U. Diego Portales, si bien descartó que el consumo de marihuana sea la puerta de entrada a otras drogas, recalcó que “cuando éste se inicia a una edad muy temprana, efectivamente, puede provocar problemas de distinto orden, como siquiátricos, sociales, de rendimiento escolar y de inserción laboral”.

Parlamentarios oficialistas e independientes, en tanto, defendieron la propuesta y refutaron la tesis de que la despenalización aumentaría el contrabando. “El prohibicionismo es el mejor aliado del tráfico”, sostuvo Vlado Mirosevic del Partido Liberal, mientras que Pepe Auth (PPD), argumentó que “si aquí estuvieran sentados los microtraficantes, votarían en contra de la despenalización del autocultivo, porque ellos saben que la aprobación de esta ley le dará un golpe letal al microtráfico”.

Sobre este punto, el diputado René García (RN), dijo que si la despenalización se remitiera a los fines medicinales, nadie en el parlamento estaría en desacuerdo, “pero no voy a permitir que mi voto ampare a los traficantes de este país”, replicó.

Próximos pasos

La ausencia del gobierno en el debate levantó críticas cruzadas entre los legisladores. Sin embargo, desde el oficialismo se informó que en la próxima instancia -la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados- el Ministerio de Interior hará llegar indicaciones referidas a control y fiscalización, particularmente, al porte y autocultivo, para que sean votadas allí y posteriormente vuelva a Sala para su votación en particular.

También, desde la UDI se anunciaron enmiendas que buscarán reducir de seis a tres las plantas como máximo por domicilio y disminuir de 500 gramos a 100 gramos el tope de guarda de marihuana en los hogares.

Sobre la fiscalización, el documento explica que “toda siembra, plantación, cultivo o cosecha de especies, (…) estará sometido al control y fiscalización del Servicio Agrícola y Ganadero y del Instituto de Salud Pública. Lo que exceda de las cantidades antes señaladas y no se encuentre autorizado de conformidad a la presente ley, se procederá al decomiso”.

Sobre este punto, el abogado penalista Juan Domingo Acosta afirmó que, aunque sean los servicios de salud los encargados de la fiscalización, son las instituciones policiales las que deben actuar cuando se esté en presencia de algún ilícito cometido en el cultivo de la droga. “El control sigue radicado en un organismo asociado a todo sistema de justicia: Carabineros, la Policía de Investigaciones y las fiscalías. La autoridad de salud no tiene más obligación y podrá fiscalizar e innfomar a la fiscalía o carabineros”, dijo Acosta.

En esa línea, la diputada Marisol Turres (UDI) apuntó a mejorar las herramientas para fiscalizar a quienes consumen esa sustancia. “Si un carabineros detiene a alguien o le hace un control preventivo, tiene como determinar si está bajo los efectos del alcohol, pero no tiene los equipos para saber si ha consumido marihuana, que sabemos que en fuerte concentraciones tiene un efecto alucinógeno”, comentó.

La Tercera

Las claves del proyecto que despenaliza el autocultivo de marihuana

La Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto que despenaliza el autocultivo de marihuana y permite el consumo con fines medicinales y recreativos.

La iniciativa modifica el Código Sanitario y la Ley 20.000, que sustituye la Ley 19.366, que sanciona el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas.

LOS PUNTOS PRINCIPALES

1. Se legalizará el autocultivo de cannabis con fines espirituales, medicinales y recreativos (éste último responde a cualquier conducta sin prescripción médica).

2. Se prohíbe la venta y comercialización ilegal de las substancias, así como la administración a menores de edad sin prescripción médica ni consentimiento informado de sus padres o adulto responsable que corresponda.

3. El expendio y la comercialización legal de cannabis para fines recreativos y medicinales, por su parte, tendrá que seguir lo que se disponga por las respectivas autoridades y reglamentos pertinentes, en este caso, el Instituto de Salud Pública.

4. Se permitirá cultivar por domicilio un máximo de seis plantas.

5. La persona que decida cultivar en su hogar, debe «depositar en la secretaría regional ministerial de salud, una declaración jurada notarial, donde informará de la ubicación del bien inmueble donde se produzca el cultivo, el número de plantas, especies vegetales, cannabis o fungis y responsables de las mismas».

6. En tanto, las personas que necesiten consumir marihuana por fines medicinales, deberán tener una prescripción médica de un doctor, que no requiere especialidad.

7. En cuanto al porte, no se requerirá de autorización alguna para el porte de cantidades inferiores a diez gramos de cualquier especie, subespecie o variedad de sumidades floridas secas y sin aditivos de la especie vegetal cannabis. Con todo, el porte de cantidades superiores o realizado por menores de edad, se sancionará y serán decomisadas y puestas a disposición del Instituto de Salud Pública para su uso en investigación o atención de tratamientos médicos.

La Tercera

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