Canciller: “La demanda boliviana amenaza la estabilidad de las fronteras”

448

“La demanda boliviana representa una amenaza a la estabilidad de las fronteras, así como al principio básico del derecho internacional de la observancia de los tratados”, señaló el canciller Heraldo Muñoz en una columna de opinión en el diario El País.

“La salida soberana por territorio chileno que pide Bolivia necesariamente implica una modificación no-convenida del Tratado de Paz y Amistad de 1904, que fijó las fronteras entre Chile y Bolivia y determinó un generoso régimen de acceso no soberano de Bolivia al mar”, dijo el ministro.

“El Gobierno de La Paz ampara su demanda en el Pacto de Bogotá, pero el artículo VI de ese pacto excluye de la jurisdicción de la Corte los asuntos resueltos o gobernados por tratados previos a su suscripción, efectuada el año 1948. Bolivia sostiene que su demanda no toca el tratado de 1904; pero lo cierto es que aun cuando evita mencionarlo, sus peticiones afectan de raíz lo que dicho tratado resolvió y gobierna hasta hoy”.

En este sentido, el canciller asegura que “Bolivia argumenta que Chile estaría obligado a otorgarle acceso soberano al mar producto de los diálogos sobre el tema que ambos países han sostenido a lo largo de la historia. El Gobierno de La Paz confunde así una aspiración con un derecho. Un derecho así de trascendente, que afecta nada menos que la integridad territorial de un país y los tratados vigentes, no se puede inferir a partir de negociaciones y diálogos que no fructificaron. De ser cierta la hipótesis boliviana, ningún país dialogaría con otro por el temor a que las fórmulas de acuerdo que se exploren, si fracasan, se conviertan posteriormente en obligaciones para dicho Estado”.

“Hay un asunto adicional. Cada vez que Chile, en el marco de negociaciones políticas, formuló propuestas para satisfacer la aspiración marítima boliviana, las conversaciones fracasaron por causas ajenas a la voluntad de Chile, la mayoría imputables a la política interna boliviana”, indicó.

“Bolivia quiere hacer creer a la comunidad internacional que se encuentra enclaustrada. La realidad es diferente. Bolivia goza de un irrestricto acceso al mar, de manera no soberana”, dijo el Canciller.

Asimismo, el secretario de Estado destacó las facultades que tiene Bolivia en neustro país, enfatizando que “en virtud del ya mencionado Tratado de 1904, Chile reconoció a favor de Bolivia “el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico”. Este régimen fue ampliado por la Convención de Tránsito de 1937 a “toda clase de carga y en todo tiempo sin excepción alguna. Bolivia ejerce potestad aduanera sobre las cargas provenientes o manifestadas a su país y hasta dispone de sus propias instalaciones y personal de aduanas en los puertos chilenos”.

“Pero más allá de lo que señala la historia y los claros hechos, el Gobierno de Chile está convencido de que el desarrollo de América Latina pasa en forma importante por erradicar los fantasmas del pasado y girar la vista hacia adelante. La demanda boliviana en nada ayuda a tal propósito”.

“Chile y Bolivia tienen pendiente el desafío de construir relaciones de futuro. Dejar atrás el siglo XIX para entrar definitivamente al siglo XXI”, concluyó Heraldo Muñoz.

La Tercera

Detrás de una demanda boliviana

Recientemente, Bolivia presentó una demanda contra Chile en la Corte Internacional de Justicia de La Haya, solicitando a dicho tribunal que obligue a Chile a negociar y en definitiva conceder una salida soberana al mar.

La salida soberana por territorio chileno que pide Bolivia necesariamente implica una modificación no-convenida del Tratado de Paz y Amistad de 1904, que fijó las fronteras entre Chile y Bolivia y determinó un generoso régimen de acceso no soberano de Bolivia al mar. Por tanto, la demanda representa una amenaza a la estabilidad de las fronteras, así como al principio básico del derecho internacional de la observancia de los tratados.

El Gobierno de La Paz ampara su demanda en el Pacto de Bogotá, pero el artículo VI de ese pacto excluye de la jurisdicción de la Corte los asuntos resueltos o gobernados por tratados previos a su suscripción, efectuada el año 1948. Bolivia sostiene que su demanda no toca el tratado de 1904; pero lo cierto es que aun cuando evita mencionarlo, sus peticiones afectan de raíz lo que dicho tratado resolvió y gobierna hasta hoy.

Bolivia argumenta que Chile estaría obligado a otorgarle acceso soberano al mar producto de los diálogos sobre el tema que ambos países han sostenido a lo largo de la historia. El Gobierno de La Paz confunde así una aspiración con un derecho. Un derecho así de trascendente, que afecta nada menos que la integridad territorial de un país y los tratados vigentes, no se puede inferir a partir de negociaciones y diálogos que no fructificaron. De ser cierta la hipótesis boliviana, ningún país dialogaría con otro por el temor a que las fórmulas de acuerdo que se exploren, si fracasan, se conviertan posteriormente en obligaciones para dicho Estado.

Hay un asunto adicional. Cada vez que Chile, en el marco de negociaciones políticas, formuló propuestas para satisfacer la aspiración marítima boliviana, las conversaciones fracasaron por causas ajenas a la voluntad de Chile, la mayoría imputables a la política interna boliviana.

El destacado diplomático boliviano Walter Montenegro sostiene en su libro ‘Oportunidades perdidas: Bolivia y el mar’ que es necesario reconocer que los propios bolivianos han contribuido a esa serie de negociaciones frustradas; por su parte, el excanciller Armando Loayza ha argumentado que en el fracaso de las negociaciones bilaterales, Bolivia ha tenido “una responsabilidad muy alta”.

Bolivia quiere hacer creer a la comunidad internacional que se encuentra enclaustrada. La realidad es diferente. Bolivia goza de un irrestricto acceso al mar, de manera no soberana.

En virtud del ya mencionado Tratado de 1904, Chile reconoció a favor de Bolivia “el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico”. Este régimen fue ampliado por la Convención de Tránsito de 1937 a “toda clase de carga y en todo tiempo sin excepción alguna”.

Bolivia ejerce potestad aduanera sobre las cargas provenientes o manifestadas a su país y hasta dispone de sus propias instalaciones y personal de aduanas en los puertos chilenos.

Nuestro país también exime del Impuesto al Valor Agregado a los servicios a las cargas bolivianas en tránsito, con lo cual se otorga a Bolivia una ventaja superior a las concedidas por la comunidad internacional a los países sin litoral. Además, Bolivia goza de almacenamiento gratuito hasta por un año para la carga de importación y 60 días para la carga de exportación. Este beneficio no se aplica ni para las cargas chilenas, ni para las cargas de terceros países.

Chile construyó, con cargo a sus propias arcas fiscales, un ferrocarril y línea férrea para unir el puerto de Arica con La Paz. El ferrocarril ha prestado servicios de transporte de carga y, en diversas épocas, también de pasajeros.

Pero más allá de lo que señala la historia y los claros hechos, el Gobierno de Chile está convencido de que el desarrollo de América Latina pasa en forma importante por erradicar los fantasmas del pasado y girar la vista hacia adelante. La demanda boliviana en nada ayuda a tal propósito.

Chile y Bolivia tienen pendiente el desafío de construir relaciones de futuro. Dejar atrás el siglo XIX para entrar definitivamente al siglo XXI.

El País

Más notas sobre el tema