Senado mexicano presenta proyecto para que se prohíba deportación de niños migrantes que huyen de la violencia
En el proyecto de ley para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes que senadores hicieron público este miércoles 24 de septiembre se propone prohibir la expulsión, deportación o rechazo de menores que hayan huido de sus países o comunidades por violencia.
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Tras modificar la iniciativa preferente sobre infancia que entregó el pasado 1 de septiembre el presidente Enrique Peña Nieto, los senadores ampliaron el capítulo sobre migración infantil para que las autoridades mexicanas identifiquen si un niño migrante es candidato a obtener el estatus de refugiado antes de decidir expulsarlo del país.
“Está prohibido devolver, expulsar, deportar, retornar, rechazar en frontera o no admitir, o de cualquier manera transferir o remover a una niña, niño o adolescente cuando su vida, seguridad y/o libertad estén en peligro a causa de persecución o amenaza de la misma, violencia generalizada o violaciones masivas a los derechos humanos, entre otros, así como donde pueda ser sometido a tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes”, cita el artículo 98 del proyecto que ahora llevará el nombre de Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil —en lugar del Ley General para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, que propuso Peña Nieto—.
Según datos de la Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, el 70% de los menores migrantes que fueron detectados en México durante el primer semestre de este año huían de la violencia en sus países.
El Sistema Nacional DIF y los sistemas de las entidades federativas estarán obligados a identificar si los menores migrantes son sujetos de refugio o de algún otro tipo de protección intencional, lo cual incluye a migrantes acompañados y no acompañados.
Asimismo, el DIF deberá estar a cargo de diseñar y administrar bases de datos de niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados con información sobre las causas de la migración, las condiciones de tránsito, sus vínculos familiares, factores de riesgo en origen y en tránsito y datos sobre su situación jurídica; así como garantizar que los menores migrantes estén alojados en espacios destinados sólo para niños, niñas y adolescentes, separados de adultos.
Sobre migración, la propuesta de los senadores también señala que “en ningún caso una situación migratoria irregular” implicará la comisión de un delito; lo que fue una de las principales críticas de la sociedad civil organizada que denunció que la propuesta del Ejecutivo criminalizaba la migración y obligaba a que cualquier autoridad pudiera detener a un niño migrante para remitirlo ante el Instituto Nacional de Migración (INM).
La iniciativa preferente que envío Peña Nieto al Congreso fue turnada el pasado 3 de septiembre a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, de Atención a Grupos Vulnerables, para la Igualdad de Género, de Educación, de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos, Segunda. Los senadores que integran dichas comisiones organizaron diferentes foros de discusión con activistas, académicos, especialistas y organizaciones de la sociedad civil para modificar y mejorar la propuesta del Ejecutivo.
Por ser una iniciativa preferente, el plazo constitucional para votarla en el Senado vence el próximo 2 de octubre, cuando deberá ser remitida a Diputados. Tras haber presentado este miércoles la propuesta con modificaciones —que según legisladores se hicieron en más del 85% del documento original— el plan es llevar la iniciativa al Pleno el próximo 29 de septiembre.
Más derechos: accesibilidad y a no participar en conflictos armados
En las modificaciones de Comisiones Unidas del Senado se agrega un artículo que detalla que niñas, niños y adolescentes tienen derecho a no ser privados de la vida en conflictos armados o violentos ni a ser utilizados en los mismos.
La Red por los Derechos de la Infancia en México —un colectivo de 60 organizaciones civiles— denunció este martes 23 de septiembre que tras realizar un conteo propio sobre cómo afecta la violencia a los menores encontró que entre mayo de 2006 y 2014 al menos mil 700 niños murieron en conflictos violentos.
En la iniciativa también se agregó la obligación de autoridades a realizar “lo necesario para fomentar la inclusión social y establecer el diseño universal de accesibilidad de niñas, niños y adolescentes con discapacidad”.
“Además del diseño universal, se deberá dotar a las instalaciones que ofrezcan trámites y servicios a niñas, niños y adolescentes con discapacidad, de señalización en Braille y formatos accesibles de fácil lectura y comprensión. Asimismo, procurarán ofrecer otras medidas de asistencia e intermediarios”.
“No se podrá negar o restringir la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad el derecho a la educación ni su participación en actividades recreativas, deportivas, lúdicas o culturales en instituciones públicas, privadas y sociales”.
Los derechos de menores con discapacidad contemplados en la ley también incluye el acceso a un intérprete o a medios tecnológicos para comprender información; así como a participar en medios de comunicación.
En total, el proyecto de ley de los senadores que integran Comisiones Unidas incluye 19 derechos a favor de la infancia del país:
1. Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo;
2. Derecho de prioridad;
3. Derecho a la identidad;
4. Derecho a vivir en familia;
5. Derecho a la igualdad sustantiva;
6. Derecho a no ser discriminado;
7. Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral;
8. Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal;
9. Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social;
10. Derecho a la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad;
11. Derecho a la educación;
12. Derecho al descanso y al esparcimiento;
13. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia, religión y cultura;
14. Derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información;
15. Derecho de participación;
16. Derecho de asociación y reunión;
17. Derecho a la intimidad;
18. Derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso, y
19. Derechos de niñas, niños o adolescentes migrantes.