Cuba: actualización del sistema judicial cubano es discutida en la Asamblea Nacional
Un incremento ligero en la apertura de procesos penales relacionados principalmente con delitos contra el patrimonio, la vida y la integridad física evidenciados en infracciones como robo, hurto, homicidios y lesiones,reconocieron en la mañana de hoy los diputados de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su Tercer Período de la VIII Legislatura.
El incremento de la actividad procesal está en correspondencia con lo proyectado tras la aplicación del Decreto Ley 310/2013 , el cual, entre otras muchas facilidades, amplía las competencias de los Tribunales Municipales a las tipicidades delictivas que tiene previstas sanciones de hasta ocho años de privación de libertad, multas hasta mil cuotas o ambas.
Así mismo, facilita los trámites y responde a una de las quejas más comunes de la población, pues le atribuye al Tribunal Provincial Popular de la demarcación donde se encuentra cumpliendo el sancionado la potestad de decidir sobre las solicitudes de excarcelación anticipada y la revocación, cuando corresponda, de cualquier de esos beneficios y sanciones subsidiarias.
Homero Acosta, secretario del Consejo de Estado, resaltó que estas transformaciones eran vitales para dar una mayor grado de respuesta al delito en el país, pues como dijera un viejo proverbio “justicia demorada no es justicia”. Además permitirá la reversión de la pirámide invertida en el propio sistema judicial, dándole mayor peso a los casos revisados por los tribunales municipales.
Por otro lado, también se informó que en la actualidad existe mayor complejidad de los casos que se tramitan dado lo sofisticado de la acometida de algunos hechos delictivos, la participación de muchos individuos, la organización propia del hecho criminal y las dificultades para probar ciertos casos.
La dificultad de dichos casos se incrementa en la capital del país donde se han procesado 5350, lo que significa en incremento en unos 1690 procesos. Los mayores volúmenes se reportan en los Tribunales Municipales Populares de Plaza de la Revolución, Boyeros, Playa y Diez de Octubre.
Para aliviar esta situación se incrementó la dotación de jueces con la decisión de designar a 21 jueces de otros territorios y el fortalecimiento de la Fiscalía con la asignación de 24 fiscales de otras provincias.
A pesar de lo expresado, coincidieron en que tras la implementación del Decreto-Ley hay una mayor prontitud y efectividad en la ejecución de las decisiones judiciales y un fortalecimiento de los sistemas de trabajo y de control interno en la actividad judicial.
Formación de recursos humanos
Otro de los temas centrales de los debates en esta jornada fue el completamiento del personal requerido en las distintas instancias. En este sentido Oscar Martínez Silveiro, Vicepresidente del Tribunal Supremo Popular explicó que la plantilla de jueces del sistema de tribunales populares está cubierta en un 80.4 %.
Existen hoy en el país 123 jueces suplentes no permanentes y 1035 jueces profesionales. Además se resaltó que un alto por ciento de la plantilla actual son jóvenes y en su mayoría mujeres.
También se debatieron las condiciones de trabajo. Al respecto se indicó que se trabaja en el mejoramiento estado constructivo de la sedes, las salas de juicio, los lugares de permanencia de los personas privadas de libertad, los medios y servicios informáticos y el mobiliario.
Casos procesados hasta el 31 de mayo de 2014
Del 1ro de enero al 31 de mayo del presente año se han procesado un total de 18699 acusados bajo el dictamen del artículo 8.3 del decreto ley. De ellos fueron procesados con condenas de hasta un año de privación de libertad o multas de 300 cuotas a 15695 acusados. Entre tanto, en el proceso ordinario correspondiente a personas sancionadas entre uno y tres años de privación de libertad a 3004 acusados.
También se aprecia hasta la fecha la disminución de casos atendidos en los tribunales provinciales, acorde a la nueva política aplicada y el incremento de la atención de delitos en instancias municipales, en la mayoría de los casos e menos de 30 días.
También se aseguró en la cita que a pesar de la juventud del cuerpo judicial cubano no se aprecian errores significativos en la aplicación de las políticas de sanciones.
Procesos confiscatorios
El Fiscal General de la República, Darío Delgado Cura, detalló elementos relacionados con la aplicación del Decreto 313/13 sobre el depósito, conservación y disposición de los bienes muebles que se ocupan en procesos penales y confiscatorio administrativos, aprobado por el Consejo de Ministros el 18 de junio de 2013.
Según se informó este era uno de los problemas históricos del país por tratarse de un asunto complejo de los procesos penales-confiscativos.
En este sentido se determinaron las responsabilidades que tiene cada organismo en el depósito de los bienes luego del decomiso o la confiscación.
El Banco Central de Cuba, por ejemplo, se hará cargo del dinero, joyas, metales preciosos o títulos de valor. El Ministerio del Interior se ocupará del armamento, drogas ilícitas y otros medios tecnológicos.
Se aclaró además que los bienes que no se consideren irremplazables se destinan de manera inmediata a su comercialización y se ingresa el importe de la venta al presupuesto del estado. En el caso de que la autoridad facultada disponga la devolución de un bien depositado y este no se encuentre en existencia por haberse comercializado se le debe restituir por uno similar o su pago en pesos cubanos.