El Gobierno chileno prepara una profunda reforma al Código de Justicia Militar

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Ya está en el calendario. Para el primer semestre del próximo año, el gobierno tiene contemplado presentar otra reforma.

Esta vez se trata a la justicia castrense, la que enfrentaría, según dicen en el Ejecutivo, su mayor renovación desde que en 1927 entrara en rigor el actual Código de Justicia Militar.

En esta tarea trabaja desde el inicio de la administración Bachelet, en marzo pasado, el Ministerio de Defensa, en coordinación con el de Justicia. Además, han colaborado el académico de la Universidad Católica de Valparaíso Raúl Núñez y también profesores e investigadores de la Universidad Alberto Hurtado.

La reforma, explicaron a La Tercera desde la cartera liderada por el ministro Jorge Burgos, implica cambios en tres grandes áreas: 1, la estructura orgánica de los tribunales que imparten la justicia militar; 2, el procedimiento y la competencia de dichos tribunales, y 3, los delitos que conocerán.

Pero tal vez el cambio más profundo dice relación con el último punto. Esto, porque en la actualidad gran parte de los delitos cometidos por uniformados, incluidos aquellos con resultado de muerte de un civil, es vista por una corte marcial.

Un ejemplo de lo anterior es el caso del comerciante Jorge Aravena, quien en febrero pasado murió en Rancagua, luego de ser olvidado al interior de un furgón por un grupo de carabineros que lo había detenido por supuestamente no pagar la cuenta de un restaurant.

Los seis uniformados involucrados en el procedimiento quedaron en manos del fiscal militar de la ciudad, Carlos Muñoz. Luego, en marzo, la corte marcial procesó a cuatro de ellos por cuasidelito de homicidio y falsificación de documentos en cumplimiento de deberes militares.

Pues bien, si la reforma que trabajan en Defensa prospera en el Congreso, este tipo de casos quedaría en manos de la justicia penal ordinaria.

Y en contraposición, según explica el ministro Burgos los tribunales castrenses sólo verían “aquellos comportamientos que atenten contra intereses estrictamente militares, vinculados a la función de las fuerzas militares. En consecuencia,  su competencia debería extenderse al conocimiento y juzgamiento de delitos militares cometidos por militares”.

El ideal, dicen en el gobierno, es que las cortes marciales sólo operen en tiempos de guerra, pero se reconoce que un acuerdo político en esa línea sería difícil de alcanzar, por lo mismo, se plantea la mantención de una justicia militar especial. Asimismo, se revisará la duración de las penas.

“No nos han informado. Pero todas las leyes son susceptibles de perfeccionar. Y el Código de Justicia Militar puede mejorarse desde el punto de vista de las competencias”, dice el senador de RN y miembro de la Comisión de Defensa Baldo Prokurica.

Otro cambio que está en estudio es la eliminación de la pena de muerte en tiempos de guerra. Si bien Chile la abolió en 2001 bajo el gobierno de Ricardo Lagos, el Código de Justicia Militar la mantiene aún en algunos casos. Por ejemplo, se puede aplicar a uniformados que cometan delitos de traición y espionaje o en contra de la seguridad interior del Estado, como “rebelión o sublevación en presencia del enemigo extranjero”, entre otras situaciones.

“Yo, en general, soy contrario a la pena de muerte y que no debería aplicarse nunca, en ningún caso”, afirma el diputado PPD integrante de la Comisión de Defensa Jorge Insunza.

También se busca innovar respecto de quienes imparten justicia. Es así que los magistrados deberán ser sólo letrados y no militares sin conocimientos jurídicos.

En relación con el proceso, será muy similar al penal que está vigente en nuestra legislación, por lo que no habrá procedimientos sumariales secretos y se tenderá a los juicios orales.

Asimismo, otra de las modificaciones que se espera implementar es que el auditor general del Ejército deje de integrar la Corte Suprema cuando se revisen causas provenientes de la justicia militar.

Otra reformulación que estaría en evaluación es la que acabaría con la revisión, por parte de la justicia castrense, de los delitos cometidos por carabineros. “Los delitos de carabineros son de orden público y no tienen nada que ver con funciones militares. Desde 1990 a la fecha hemos constatado poco más de 20 mil denuncias por violencia policial y todas ellas debieron ser vistas por tribunales civiles”, señala el académico de la Universidad Diego Portales Claudio Fuentes.

La última modificación al Código de Justicia Militar se dio en diciembre de 2010, bajo el gobierno de Sebastián Piñera, que luego de una extensa huelga de hambre de 32 comuneros mapuches, presentó y promulgó la Ley 20.477 que, en resumen, excluyó a los civiles de la judicatura castrense.

Con todo, este cambio en el gobierno anterior no fue suficiente para hacerse cargo de un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2005, a raíz del denominado caso Palamara (ver nota relacionada), que obligaba a Chile a actualizar su justicia militar.

Luego, desde el Congreso se han hecho otros intentos. El último y más ambicioso es de julio de 2012, vía los senadores DC Patricio Walker y Soledad Alvear y el socialista Pedro Muñoz, que presentaron una moción. Luego de tener un leve trámite, en septiembre del mismo año, se congeló su movimiento legislativo.

http://www.latercera.com/noticia/politica/2014/05/674-579582-9-gobierno-prepara-profunda-reforma-al-codigo-de-justicia-militar.shtml

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