Argentina | Ingresa al Congreso el DNU de Milei que desregula la economía y deroga múltiples leyes

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Por fin, Milei le mandó al Congreso su súper DNU: está en plena vigencia, salvo la reforma laboral

Por Juan José Domínguez

A 16 días de la cadena nacional en la que apareció junto a su gabinete completo y un invitado especial sin cargo, Federico Sturzenegger, el presidente Javier Milei finalmente envió este viernes el anunciado súper DNU de desregulación de la economía. Todo el texto, que incluye 366 medidas, está en plena vigencia excepto la reforma laboral, que fue suspendida por la Justicia.

El resto de las medidas —como la derogación de las leyes de Alquileres, de Abastecimiento, de Góndolas, de Compre Nacional, de Promoción Industrial, de Promoción Comercial y de Tierras, entre otras así como del Observatorio de Precios del Ministerio de Economía, además de la habilitación para la privatización de las empresas públicas, la autorización para la cesión del paquete accionario total o parcial de Aerolíneas Argentinas, y la eliminación de las restricciones de precios a las prepagas— rigen desde el 29 de diciembre último.

Para que pierdan vigencia o sean convalidadas debe haber novedades de los otros dos poderes del Estado: el judicial y el legislativo.

Qué debería ocurrir para que las reformas de Milei pierdan vigencia

Para que el DNU —cuya autoría se le atribuye a Sturzenegger— pierda vigencia hay dos chances: la judicial, es decir que un tribunal suspenda su aplicación —como pasó con los capítulos laborales del decreto o bien en su totalidad— o eventualmente declare su inconstitucionalidad, y la legislativa, es decir que el Congreso lo rechace, lo que no ha ocurrido nunca en la historia institucional argentina.

En su artículo 99º, la Constitución dice que “solamente cuando circunstancias excepcionales” hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la carta magna para la sanción de las leyes “y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos”, el presidente de la Nación “podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia”, es decir los DNU.

Esto significa, por ejemplo, que Milei sí pudo derogar la ley de Alquileres porque se trata de una modificación al Código Civil y Comercial y eso no está prohibido por la Constitución. Sin embargo, no podría derogar por decreto la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), porque eso implica una modificación del Código Penal.

Por eso Milei mandó al Congreso la denominada ley ómnibus, que incluye otro montón de medidas que, a diferencia de las que contiene el DNU, no pueden ser dictadas por decreto porque modifican el Código Electoral y el Código Penal, porque crean impuestos y porque cambian el régimen de los partidos políticos.

Cuando el Presidente dicta un DNU entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial (BO), si así lo establece el texto, y solamente pierde vigor cuando es rechazado por ambas cámaras, en sendas sesiones.

Pero antes de llegar a los recintos, el DNU debe ser remitido al Congreso por parte del jefe de Gabinete, dentro de un plazo de 10 días después de publicado en el BO. Eso es lo que hizo recién este viernes dicho funcionario, Nicolás Posse, a través del secretarío de Relaciones Parlamentarias y con la Sociedad Civil, Omar de Marchi.

La Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que integran 8 senadores y 8 diputados, es la que se encarga de evaluar la validez del DNU pero sin juzgar su contenido. Es decir que debe ceñirse a dictaminar si el decreto es válido porque, por ejemplo, no legisla sobre materia penal, y si cumple con los requisitos de excepcionalidad para que esas modificaciones no hayan sido decididas por el Congreso. Este punto es el que cuestionan numerosos espacios y líderes de la oposición, como Miguel Pichetto y Martín Lousteau, quienes argumentan al dictar 366 medidas por decreto Milei se extralimitó.

Esa comisión bicameral —que al día de hoy no estaba constituida— debe pronunciarse por su validez, es decir por aprobación o por rechazo, en 10 días hábiles. Si no lo hace, deben tratarse en los recintos, sin poder realizarle modificaciones ni enmiendas ni nada: sólo pronunciarse por su validez, aprobándolo o rechazándolo. Pero pueden no tratarlo y, entonces, que el DNU siga vigente por tiempo indeterminado, o quede vigente para siempre.

Para que caiga tiene que ser rechazado por los plenos de las dos cámaras, en sesión, lo que no ha ocurrido nunca en la historia institucional argentina. Inclusive, si el oficialismo tuviera el número, basta con que una de las dos cámaras lo convalide para que quede firme.

ElDiarioAr


Ingresó al Congreso el DNU que desregula la economía y deroga múltiples leyes

El DNU que impulsa una profunda desregulación de la economía, propone un «plan de estabilización de shock», deroga múltiples leyes y apunta a avanzar en la privatización de empresas públicas ingresó al Congreso de la Nación y fue girado a la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que tiene 10 días hábiles para estudiarlo antes de habilitar el debate en el recinto de ambas Cámaras.

La iniciativa había sido anunciada el 20 de diciembre por el presidente Javier Milei por cadena nacional y publicado en la madrugada del día siguiente en el Boletín Oficial. Sin embargo, recién entró en vigencia el 29 de diciembre y fue ingresado por el Senado de la Nación.

De acuerdo con la Ley 26.122 de Régimen Legal de los Decretos de Necesidad y Urgencia, reformada en 2006, los DNU revisten carácter de ley desde su entrada en vigencia, a menos que ambas Cámaras del Congreso los rechacen en sesión plenaria.

El trámite en el Congreso

Desde este viernes, el Poder Legislativo tiene diez días hábiles para su tratamiento en la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que está formada por ocho diputados y ocho senadores.

La vicepresidenta Victoria Villarruel ya publicó el Decreto Parlamentario para la designación de los ocho senadores que conforman la Comisión: el oficialista Juan Carlos Pagotto, el radical Víctor Zimmermann, Luis Juez de PRO, el macrista Juan Carlos Romero, el peronista disidente Carlos Espínola y los kirchneristas Mariano Recalde, Anabel Fernández Sagasti y María Teresa González.

En Diputados, en tanto, el presidente del bloque de Unión por la Patria (UxP), Germán Martínez, solicitó al titular de la Cámara baja, Martín Menem, la «urgente» conformación de la Comisión Bicameral.

«Requerimos la urgente conformación de la Comisión Bicameral para dar tratamiento al DNU 70/2023, tal como establece la Constitución Nacional, la ley N°26.122 y las resoluciones del cuerpo en la Sesión Preparatoria», dijo el bloque de diputados de UxP en su cuenta de la red social X, donde se adjuntó la nota de Martínez a Menem.

El legislador peronista argumentó que, de acuerdo al artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, «la composición de la referida comisión ‘deberá respetar la proporción de las representaciones políticas de cada Cámara'».

Asimismo, agregó que, cumpliendo el mandato constitucional, «la ley 26.122 en su artículo 3 expresa que la comisión debe integrarse ‘respetando la proporción de las representaciones políticas'».

De ese modo, en Diputados aún no fueron oficializados los nombres de los ocho integrantes, aunque existen divergencias entre Unión por la patria y la Libertad Avanza sobre el número de legisladores que le corresponde a cada espacio.

Desde la presidencia de la Cámara, que ejerce el libertario Martín Menem, entienden que a UxP le corresponden 3 lugares; a LLA, 2; al PRO, 1; a la UCR, 1 y a Hacemos Coalición Federal, 1.

Así, integrarían la Bicameral los mileístas Oscar Zago y Lisandro Almirón, el macrista Hernán Lombardi, el radical Francisco Monti y Nicolás Massot por Hacemos Coalición Federal.

Como contrapartida, el jefe del bloque de UxP, Germán Martínez, consideró que «corresponde que la Comisión Permanente de Trámite Legislativo se integre con cuatro diputados de Unión por la Patria, un diputado de La Libertad Avanza (LLA), un diputado del PRO, un diputado de la UCR-Unión Cívica Radical y un diputado por Hacemos Coalición Federal».

En el mismo sentido, un grupo de diputados radicales realizó ayer un pedido similar para que «sin dilaciones al estudio y consideración del mismo, para la cual le está corriendo un plazo fatal que vencerá el día 18 de enero de 2024; ya que el día 19 de enero de 2024 está Cámara deberá abocarse indefectiblemente al tratamiento del DNU 70/2023 y sería conveniente hacerlo con dictamen emitido»

La Bicameral puede emitir dictamen a favor o en contra del DNU durante los próximos diez días. Si eso no ocurriera, la legislación establece que el Decreto está listo para ser debatido en ambas Cámaras del Congreso que pueden tratarlo simultáneamente.

De acuerdo con la Ley, si el DNU no es rechazado por el Senado y por Diputados, mantiene su vigencia.

No obstante, la justicia laboral ya comenzó a trabajar sobre la validez de partes del Decreto y ayer un juez del fuero Contencioso Administrativo Federal habilitó la tramitación por separado de cada presentación judicial que se haga contra la norma, mientras la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó una nueva medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral.

La decisión adoptada por la cámara del fuero laboral es la segunda cautelar concedida por ese tribunal: el miércoles había hecho lugar a un planteo de la CGT y ayer a uno de la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA).

En tanto, en el fuero Contencioso Administrativo Federal, el juez Enrique Lavié Pico habilitó la feria para tratar, por separado, distintos amparos presentados contra la totalidad del DNU, lo que desarma el proceso colectivo en el cual el Gobierno de Javier Milei pretendía que confluyeran todos los cuestionamientos a esa medida.

El senador oficialista por Formosa, Francisco Paoltroni, cuestionó el accionar de la Justicia señalando que le resultaba «confuso» cómo «la Justicia considera no tratar un tema y que pase el tiempo que se les ocurra, y cómo tratar un tema de manera exprés, en 24 horas».

«Me confunde porque, en el caso de Formosa, presentamos la inconstitucionalidad de la reelección indefinida. La Corte falló por Tucumán, por San Juan y no por Formosa. La justicia lenta no es justicia pero, de pronto, hay señores privilegiados que tienen justicia inmediata», señaló en declaraciones a la prensa acreditada.

Desde la oposición, el diputado nacional por Unión por la Patria, Pablo Yedlin, remarcó ante la prensa en la Cámara baja que «el DNU está vigente» y que hay que «darlo de baja este mes».

«A pesar de que hace poco que asumió el gobierno, no se puede recurrir a la prudencia. Tenemos que actuar porque muchas de las medidas expresadas en el Decreto de Necesidad y Urgencia son catastróficas», sentenció.

Télam

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