Legislador propone habilitar reelección indefinida de Correa constitucionalmente

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Fabián Solano, asambleísta por el Partido Socialista-Frente Amplio, propondrá en el Parlamento una reforma constitucional que permita la reelección presidencial indefinida en el Ecuador.

«Creemos que es de vital importancia reformar la Constitución para dar paso a una candidatura adicional del compañero presidente Rafael Correa y que participe en las elecciones de 2017, tengamos un periodo adicional y podamos consolidar el proyecto de Revolución Ciudadana”, anunció el legislador en una entrevista con Andes.

“Estamos analizando todos los caminos que nos ofrece la Constitución, hemos hablado de la construcción de un frente amplio que esté liderado por una cabeza, que lidere este proceso. Aquí no se trata de perennizar a una persona en el poder sino de mantener un liderazgo para consolidar un proyecto político hacia ese socialismo del buen vivir», manifestó.

Luego de la vacancia legislativa que culmina este 28 de febrero, Solano hablará con miembros de Alianza PAIS, con el movimiento Avanza y otras organizaciones que apoyan el proyecto político de la Revolución Ciudadana para socializar y buscar los caminos más adecuados para viabilizar esta propuesta.

“La Constitución, en sus artículos 441 y 442 determinan claramente los caminos, tenemos los votos suficientes en la Asamblea Nacional, incluso para llegar a una consulta popular para que sea el pueblo quien decida sobre la reelección indefinida que permita consolidar este proyecto político”, aseguró.

El presidente Correa llegó al poder luego de imponerse en noviembre de 2006 al empresario Álvaro Noboa. El mandatario convocó a un referéndum para instalar una Asamblea Constituyente que redactó una nueva Constitución. El texto constitucional fue aprobado en un referéndum tras lo cual Correa sometió su cargo a elecciones en 2009. En 2013 fue reelecto para un segundo periodo que concluirá en 2017.

No es la primera vez que este tema sale a la luz. El año pasado, con motivo de la candidatura a la reelección del alcalde de Guayaquil, Jaime Nebot, Alianza PAIS propuso la reelección de Rafael Correa en 2017.

“Basados en la premisa expuesta por ciertos sectores de la prensa, que aseguran que les parece bien la reelección de Jaime Nebot porque la continuidad asegura la gobernabilidad proponemos la reelección del compañero Rafael Correa” sostuvo entonces Galo Mora, secretario ejecutivo de Alianza País (AP), en julio de 2013.

En agosto del año anterior, Gabriela Rivadeneira, presidenta de la Asamblea, anunció que una comisión de legisladores estaría en busca de los mecanismos para emprender esta reforma, pese a que el mandatario ecuatoriano ha dicho públicamente que este será su último periodo al frente del Estado.

“Nosotros tenemos que conversar con el presidente Correa, respetamos su situación personal, familiar, nos solidarizamos con ese sacrifico enorme que él ha hecho a nivel personal. Pero los socialistas tienen que dar eco al llamado de su pueblo y si la patria lo necesita creo que el presidente Correa se hará eco de ese llamado popular.  Sabemos que él está reacio pero creo que a los líderes su tiempo ya no les pertenece: le pertenece a su pueblo, le pertenece al Ecuador”, dijo Solano.

No obstante, el mandatario socialista ha descartado esa posibilidad y ha reiterado, en declaraciones a la prensa, que terminará su periodo de gobierno en 2017.

Qué dice la ConstituciónArtículo 144.- (…) La presidenta o Presidente de la República permanecerá cuatro años en sus funciones y podrá ser reelecto por una sola vez.Artículo 441.- La enmienda de uno o varios artículos de la Constitución que no altere su estructura fundamental, o el carácter y elementos constitutivos del Estado, que no establezca restricciones a los derechos y garantías, o que no modifique el procedimiento de reforma de la Constitución, se realizará:

  1.  Mediante referéndum solicitado por la Presidenta o Presidente de la República, o por la ciudadanía con el respaldo de al menos el ocho por ciento de las personas inscritas en el registro electoral.
  2. Por iniciativa de un número no inferior a la tercera parte de los miembros de la Asamblea Nacional. El proyecto se tramitará en dos debates; el segundo debate se realizará de modo impostergable en los treinta días siguientes al año de realizado el primero. La reforma solo se aprobará si obtiene el respaldo de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional.

Artículo 442.- La reforma parcial que no suponga una restricción en los derechos y garantías constitucionales, ni modifique el procedimiento de reforma de la Constitución tendrá lugar por iniciativa de la Presidenta o Presidente de la República, o a solicitud de la ciudadanía con el respaldo de al menos el uno por ciento de ciudadanas y ciudadanos inscritos en el registro electoral, o mediante resolución aprobada por la mayoría de integrantes de la Asamblea Nacional.

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