Perú | Informe revela que más de 370 mil mujeres abortan cada año pese a la penalización
Estudio revela que más de 370 mil mujeres abortan cada año pese a la penalización
El estudio titulado “Perseguidas por abortar: de la sala de emergencias al juzgado por un aborto” reveló que más de 370 mil mujeres abortan cada año en el Perú, lo que equivale a aproximadamente mil abortos diarios, incluso pese a la penalización.
La investigación fue presentada por la plataforma digital Salud con Lupa. La jueza suprema Janet Tello Gilardi, presidenta de la Comisión de Acceso a la Justicia del Poder Judicial, señaló que estos números reflejan la vulnerabilidad en la que se encuentran las mujeres, niñas y adolescentes debido a factores como la pobreza, la clandestinidad, la violencia sexual y el embarazo forzado.
El estudio revela que, entre los años 2016 y 2021, se registró un total de 908 mujeres por aborto, de las cuales 77 recibieron condena. Para realizar la investigación, se analizó los casos de 41 mujeres investigadas por abortar o intentarlo en las cortes de Arequipa, Puno, Tacna, Cajamarca, Huancavelica, Lima y Callao.
Fabiola Torres, directora de Salud con Lupa, explicó que durante la revisión de 131 sentencias relacionadas con procesos de aborto, obtenidas a través de solicitudes de acceso a la información pública dirigida a una vez cortes de justicia del país, se encontraron estas historias.
Las resoluciones revisadas imponían el pago de la reparación civil (sin un criterio específico), la presentación periódica de la sentencia ante el juzgado y la prohibición de cambiar su lugar de residencia sin autorización.
De la sala de emergencias al juzgado por un aborto
Por Lucero Ascarza / Con la colaboración de Fabiola Torres
En Perú, el aborto es considerado un delito y la ley ordena que los médicos reporten a las mujeres que interrumpen su embarazo para que sean denunciadas por la Fiscalía. En Salud con lupa revisamos 131 sentencias que nos muestran la persecución que sufren las mujeres que abortan desde que llegan por emergencia a un hospital en busca de atención médica hasta que un juez las condena.
La mañana del 18 de setiembre de 2015, Alicia* (40) llegó asustada al área de emergencias del Hospital Goyeneche de Arequipa. Desde hace varios días le bajaban coágulos de sangre, pero Pablo, su conviviente, se había negado a llevarla al médico. “Es normal, te estás limpiando” le dijo. Alicia, madre de siete hijos, había tenido un aborto en mayo y otro en agosto por presión de Pablo. Estos procedimientos no habían terminado bien.
Cuando se hizo una ecografía en setiembre, Alicia pudo ver que tenía un mioma en el útero, además de restos de placenta y del feto. Aún con esa alerta, Pablo creyó que ir al hospital era un capricho suyo. Pero ella no soportó más su malestar y buscó atención en el hospital. Poco después, la Fiscalía le inició una investigación por el delito de autoaborto.
Alicia le dijo a los médicos que la atendieron sobre los abortos que le habían realizado. No sabía que ese testimonio luego se usaría en su contra. El defensor público que asignaron para asesorarla, le recomendó aceptar la acusación de la Fiscalía. Alicia se declaró culpable y esa confesión se convirtió en la principal prueba para sentenciarla.
En Perú, las mujeres solo pueden abortar legalmente cuando una junta médica decide que su vida o su salud están en riesgo por el embarazo. Cuando no es así, las mujeres que quieren abortar lo hacen en la clandestinidad. Si no tienen dinero ni información adecuada, quedan expuestas a procedimientos inseguros con sustancias peligrosas, pastillas bamba o instrumentos contaminados.
Si su salud se complica, no tienen más opción que ir a un hospital. Ese puede ser el inicio de otro calvario.
Una paciente con un aborto incompleto es vista con sospecha, aún cuando no haya certeza de que la interrupción fue provocada. Los médicos las interrogan, los policías las detienen, los fiscales las investigan y los jueces las condenan. Para el Estado, son criminales y deben ser perseguidas.
Personas investigadas por aborto en sentencias obtenidas por acceso a la información pública
Once cortes de justicia del país enviaron a Salud con lupa sentencias sobre delitos de aborto, solicitadas por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información. La revisión de estas resoluciones nos acercó a las historias de 42 mujeres investigadas por abortar.
La persecución que sufrió Alicia en el servicio de salud es similar a la que pasaron otras 41 mujeres que fueron investigadas por abortar o intentar abortar entre 2011 y 2021 en once juzgados de Arequipa, Puno, Tacna, Cajamarca, Huancavelica, Lima y Callao. Salud con lupa encontró sus historias durante una revisión de 131 sentencias sobre procesos de aborto que obtuvimos a través de solicitudes de acceso a la información pública.
Estas resoluciones, sumadas a testimonios de especialistas en justicia reproductiva, permiten exponer cómo los sistemas de salud y de justicia persiguen y ejercen violencia con las mujeres que no cumplen con lo que la sociedad espera de ellas: ser madres.
En la clandestinidad
La primera vez que Alicia abortó fue en el segundo piso de un local en el centro de Arequipa. Según le contó a la Fiscalía, ella tenía miedo y quería irse, pero Pablo se arrodilló llorando y le dijo que todo iba a estar bien.
Esa tarde de mayo del 2015, una mujer le puso a Alicia una inyección en la nalga y le dio una pastilla. Luego empezó a sangrar y sentir dolor en la vagina. Otra mujer que parecía doctora le preguntó cuántos hijos tenía. Alicia le dijo que tenía varios y que su pareja no quería tener más. La pusieron en una camilla y la supuesta doctora introdujo un metal en su vagina. Después, le recetaron pastillas y la enviaron a su casa. El procedimiento costó 250 soles.
De acuerdo al Código Penal peruano, las personas que abortan o que facilitan un aborto cometen un delito y pueden recibir una condena. Aún así, se estima que más de 370 mil mujeres abortan cada año en Perú, alrededor de mil cada día. La penalización del aborto no ha evitado que estos ocurran, pero sí tiene consecuencias en cómo se realizan.
En su larga experiencia como médico gineco-obstetra, Enrique Guevara ha atendido a mujeres que han llegado a emergencias con sangre de grado, ramas o lejía en el cuello del útero. Ha visto úteros perforados o infectados por el mal uso de instrumentos, que además estaban contaminados. Esto también se ve reflejado en las 131 sentencias que revisamos, donde decenas de mujeres relatan haber pasado por experiencias inseguras de aborto: inyecciones, pastillas y “limpiezas” realizadas por personas sin experiencia.
Con la popularización de las pastillas de misoprostol, un medicamento que genera contracciones en el útero y permite la evacuación del producto del embarazo, las muertes por abortos inseguros se han reducido en los últimos años. Sin embargo, aún hay mujeres que llegan a emergencias con hemorragias causadas por el uso de dosis incorrectas de estas pastillas.
En sus directrices más recientes sobre la atención para el aborto, la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda el uso de misoprostol precedido de mifepristona, un medicamento que bloquea la hormona progesterona, vinculada al embarazo. Cuando este último medicamento no está disponible, como es el caso de Perú, el organismo internacional recomienda el uso de 800 microgramos de misoprostol por vía oral, sublingual o vaginal.
Así se realizan los abortos en los hospitales y clínicas de nuestro país, en los únicos casos en que es legal: por motivos terapéuticos. Además, una vez que se produce la expulsión del producto del embarazo con el misoprostol, los médicos realizan una aspiración manual endouterina (AMEU) o un legrado uterino. “Esa es la forma correcta de hacer un aborto. Cualquier procedimiento distinto es empírico o está desfasado. Eso de las inyecciones no existe, no se usa”, explica Guevara, quien es secretario general de la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología.
Lamentablemente, en un contexto de ilegalidad, es difícil —o casi imposible— que las mujeres accedan a abortos seguros. Especialmente cuando están en situación de vulnerabilidad, carecen de medios económicos y de información adecuada. El resultado son mujeres que terminan muertas o que sobreviven y enfrentan una investigación penal.
Después de un proceso de tres años, la Corte Superior de Justicia de Arequipa encontró a Alicia culpable del delito de autoaborto y le ordenó terminar de pagar la reparación civil que su abogado defensor acordó con la Fiscalía: 700 soles. Ese monto, superior a las ganancias mensuales que tenía Alicia como comerciante, fue recolectado por el Estado como parte agraviada.
Los jueces decidieron reservar la imposición de una condena por un año, dictando reglas de conducta para Alicia: la obligación de pagar la reparación civil y de presentarse ante el juzgado por tres meses; y la prohibición de variar de domicilio sin autorización. Estas reglas, de acuerdo a los jueces, estaban pensadas para la “rehabilitación” de Alicia. Si no las cumplía, la reserva de fallo pasaba a ser la condena a un año de prisión suspendida.
Ese fue el destino que tuvieron muchas mujeres, para quienes el camino a una condena inició con la denuncia de los profesionales que tenían la responsabilidad de atenderlas en los servicios de salud.
¿Médicos o policías?
En abril de 2018, Martina (28) llegó con un sangrado vaginal y con dolor al área de emergencias del Hospital Goyeneche de Arequipa. Cuando le pidieron explicaciones, Martina contó que le había dicho a un amigo que tenía náuseas, que él le había dado las pastillas “Cytotec” —uno de los nombres comerciales del misoprostol—, y que ella las tomó con un jugo y una empanada. Después, le empezó a doler la cabeza y la vagina, y así fue como terminó en el hospital.
Ese relato fue compartido por Martina con la convicción que tiene todo paciente de que la información que da a los médicos se usará para decidir el mejor tratamiento posible. No sabía que la ginecóloga que la atendió había incluido esos detalles en su historia clínica, con el diagnóstico de “aborto incompleto provocado”. Tampoco sabía que luego llegaría la policía y que un fiscal abriría una investigación en su contra, acusándola de haber tomado pastillas abortivas para provocar la muerte del feto. El proceso terminó para Martina en 2020, cuando un juzgado ordenó que pague 400 soles de reparación civil y que cumpla reglas de conducta por un año para evitar ser condenada a prisión suspendida.
Lo que pasó Martina, al igual que con otra decena de mujeres con experiencias muy similares sentenciadas, es resultado de una interpretación abusiva de las normas pues un aborto incompleto, en sí mismo, no es un delito, dicen los especialistas. Sin embargo, es considerado sospechoso por muchos profesionales de salud que presionan a las pacientes para que “confiesen” y que sus declaraciones luego puedan ser usadas por policías y fiscales.
La Ley General de Salud señala en su artículo 30 que los médicos están obligados a reportar a las autoridades casos “cuando existen indicios de aborto criminal”. Para ello, explica la abogada Brenda Álvarez, tienen que existir indicaciones o evidencias de que el aborto ha sido causado; no basta con que el aborto haya ocurrido. “Un aborto incompleto no es una categoría penal, es un hecho médico”, precisa Álvarez, presidenta de Justicia Verde, una organización que brinda asesoría legal a personas investigadas por delitos de aborto.
Entonces, ¿cómo se determina si un aborto incompleto fue provocado? De acuerdo al médico Enrique Guevara, cuando los abortos han sido realizados de forma clandestina, podrían detectarse por las infecciones, o incluso por el hallazgo de los instrumentos o medicamentos utilizados en el procedimiento.
“Cuando estamos ante un aborto incompleto, lo que nos debe interesar es la salud de la mujer, darle el tratamiento para que se recupere pronto. No tenemos que poner “inducido” o “provocado”, porque no es terminología médica. Lamentablemente, algunos médicos lo hacen y avisan a la policía. Es algo que está mal, no es ético”, considera Guevara.
El 6 de abril de 2012, Carmen (41) llegó de emergencia a un hospital de Huancavelica, por dolores estomacales. Dos semanas antes, su esposo la había llevado a una casa de ladrillos que recordaba porque estaba ubicada a la espalda de una discoteca. En ese lugar, un técnico de farmacia le había puesto tres ampollas en la nalga y luego tres pastillas en la vagina. Esta misma cantidad de inyecciones y píldoras le aplicaron durante dos días consecutivos en la misma casa de ladrillos. Luego, el 5 de abril, el esposo de Carmen la llevó a la fuerza a una sesión que consistió en que el mismo técnico de farmacia introdujera una sonda y supuestamente retirara los restos del feto. Por eso, el médico que la atendió en el hospital al día siguiente encontró esa sonda en su cavidad vaginal.
El hallazgo de la sonda que ponía en riesgo su salud resultó en un interrogatorio a Carmen. Ella relató los procedimientos por los que había pasado y el rol que tuvieron su esposo y el técnico de farmacia, pero negó haber tenido la intención de abortar. Aún así, la Policía se involucró rápidamente. Después, la Fiscalía denunció a Carmen como autora del delito de autoaborto y a su esposo como cómplice, mientras que el técnico de farmacia fue denunciado por aborto agravado por ser un profesional de salud. Ninguno de los acusados aceptó los cargos. Carmen dijo que no quería abortar, su esposo dijo que no sabía del embarazo y el técnico dijo que nunca la atendió. Después de un proceso legal de un año, todos fueron absueltos.
El 7 de febrero de 2018, Gina (35) llegó al área de emergencias del Hospital Barton del Callao con fuertes dolores en el vientre. El médico que la revisó esa madrugada encontró tres pastillas de misoprostol en su vagina y empezó un interrogatorio. Gina admitió haberlas usado porque ya tenía tres hijos y no podía tener otro más por problemas familiares. El médico llamó a la Policía.
Mientras tanto, Gina presentaba preeclampsia severa, una complicación del embarazo que se manifiesta con presión arterial alta y signos de daño al hígado y riñones. Después de unas horas se produjo el parto y se encontró que el feto había muerto en el útero. Gina estaba reposando en una cama del hospital cuando llegaron los policías y empezaron la investigación en su contra. Su testimonio fue analizado en un juicio que duró dos años junto a las declaraciones de su papá, del médico que la denunció, de una ginecóloga del hospital y del médico legista. En 2021, la Fiscalía tuvo que admitir que no tenía pruebas de que el misoprostol hubiera causado la muerte del feto y dio por terminado el proceso.
En los casos de Gina y Carmen, el hallazgo de instrumentos aparentemente abortivos fue utilizado por los médicos para denunciarlas.
Un estudio publicado en 2014 en la Revista Peruana de Ginecología y Obstetricia evaluó las percepciones de médicos gineco-obstetras respecto al artículo 30 de la Ley General de Salud. De 102 médicos gineco-obstetras consultados, 43.5% señaló que no estaba de acuerdo con la obligación de informar a la policía sobre casos de aborto inducido. Sin embargo, el mismo porcentaje de médicos reveló haber reportado a la policía el último caso que atendieron de aborto inducido. Indicaron que lo hicieron por dar cumplimiento a la ley y por temor a ser señalados como encubridores.
Para Susana Chávez, directora del Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex) y una de las autoras de la investigación, se han tergiversado las funciones que le corresponden a los profesionales de salud. “La función del policía es perseguir el delito, la función del profesional de salud es atender enfermedades y proteger la salud. La sociedad no le ha dado esa función de denunciar”, señala.
El rol que cumplen los médicos que denuncian no se limita a la observación y el reporte. Hay doctores que también se atribuyen la labor de interrogar a las mujeres que llegan con abortos incompletos, buscando una confesión.
Ila Chirinos, coordinadora general del colectivo de Obstetras Feministas, reconoce el poder que ejercen los profesionales de salud sobre las mujeres y personas con capacidad de gestar. “Se nos forma para ver el aborto, no como un derecho humano, sino como un delito”, afirma. Así, cuando se sospecha que pacientes provocaron la interrupción de su embarazo, el personal sanitario las hostiga e incluso condiciona la atención de su salud si no hablan.
Cuando estaba haciendo su internado, Chirinos fue testigo del momento en que una médica residente encontró pastillas de misoprostol a una paciente. “La residente la empezó a amenazar para que diga lo que había hecho y llamó a la Policía. Nos retiraron de ahí, pero desde los pasillos la escuchábamos decir que no iba a atender a esa mujer”, cuenta.
No es un episodio aislado. En 2017, se difundió la fotografía de un afiche colocado en el Hospital II de EsSalud de Abancay, en Apurímac. El comunicado, o más bien advertencia, indicaba que las pacientes con aborto incompleto serían reportadas a la Policía. Al parecer, no hacían falta indicios de que fuera un aborto provocado. Todo aborto incompleto sería motivo de sospecha.
Ante las críticas en redes sociales, EsSalud emitió un comunicado precisando que el afiche se había colocado sin autorización, pero el mensaje era real. El objetivo, señaló el seguro social, era la “investigación contra pseudomédicos” que ponen en riesgo la vida de las mujeres. Lamentablemente, en esas investigaciones las primeras afectadas fueron las pacientes.
Las abogadas de Justicia Verde han podido acompañar distintos casos donde las pacientes son intimidadas por médicos o policías para hacer una confesión. “Son testimonios auto incriminatorios que muchas veces se producen sin las mínimas garantías. Sin la presencia de su abogado o abogada, cuando la persona está en una situación extrema de miedo y vulnerabilidad”, explica Diana Chávez, directora ejecutiva de Justicia Verde.
Que los testimonios auto incriminatorios sean obtenidos por coerción resulta relevante porque, en muchos casos, representa la única prueba en los procesos por aborto. Aún cuando se encuentran las pastillas u otro tipo de instrumento utilizado en la interrupción del embarazo, la confesión de las mujeres sigue siendo la principal evidencia con la que la Fiscalía abre investigación y el Poder Judicial condena.
En la investigación Nacer con útero: Efectos de la criminalización del aborto en Perú, realizada por Justicia Verde y Chakakuna, se estima que a nivel nacional, los abortos investigados por la Fiscalía representan en promedio el 2.06% de todos los abortos atendidos en servicios de salud. Sin embargo, hay regiones con porcentajes más altos, como Huancavelica (6.49%) y Apurímac (5%), donde el nivel de persecución del aborto sería mayor.
Entre 2016 y 2021, 908 mujeres fueron denunciadas por el delito de auto-aborto en el país. En ese mismo período, 77 mujeres fueron condenadas. Pero —es importante aclarar— ninguna de ellas fue enviada a prisión. De acuerdo a registros del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), la última vez que una mujer ingresó al penal por abortar fue en 2015.
Entonces, si no hay presas por abortar, ¿podemos decir que la política de criminalización del aborto fracasó? La antropóloga cajamarquina Sandra Rodríguez considera que en realidad, la ley es profundamente efectiva en cumplir su objetivo: castigar a las mujeres que no quieren continuar con sus embarazos.
El castigo viene en la forma del estigma, que crea silencios y vergüenza en torno a la experiencia de abortar. Las mujeres que deciden interrumpir sus embarazos muchas veces deben transitar ese camino solas, sin información ni acompañamiento adecuados, arriesgando la salud o la vida. Y luego, cuando acuden por ayuda, quedan atrapadas en un proceso legal que no las lleva a la cárcel, pero sí las marca y les roba la tranquilidad.
“Un procedimiento que debería ser seguro, se termina volviendo un martirio. Esa es la efectividad de la ley”, dice Rodríguez.
Despojadas de derechos
En el 2003, una adolescente en la ciudad de Cajabamba, en Cajamarca, trató de abortar con ayuda de un técnico de enfermería. El procedimiento no salió bien y ella resultó con una infección. La llevaron con el único ginecólogo que había en Cajabamba, pero el médico pedía un monto muy alto para atenderla. Los padres de la adolescente llegaron del campo y trataron de conseguir dinero, pero no lo lograron. La otra opción era ir al hospital del Estado, pero el temor fue demasiado grande y la adolescente falleció.
“La criminalización crea un contexto de clandestinidad donde las mujeres que se embarazan y deciden abortar son despojadas de derechos. Se entrelazan barreras económicas y de clase, que terminan generando escenarios de miedo enormes”, explica Sandra Rodríguez. En los testimonios de aborto que ha recogido desde 2019 como parte de sus investigaciones sobre justicia reproductiva, se aprecia cómo la criminalización pone en riesgo la salud y la vida de quienes deciden no seguir con un embarazo.
Ante la falta de información sobre cómo se realiza realmente un aborto, hay un mercado de procedimientos inseguros en el que muchas mujeres terminan estafadas, explica Melissa Sánchez, especialista en salud sexual y reproductiva. En los años que trabajó en la organización Católicas por el Derecho a Decidir Perú pudo conocer de casos en los que las mujeres creían estar recibiendo “inyecciones abortivas” en el vientre, una práctica que no representa un procedimiento correcto de aborto y que podría ser peligrosa.
“Cuando estamos ante un aborto incompleto, lo que nos debe interesar es la salud de la mujer. No tenemos que poner ‘inducido’ o ‘provocado’, porque no es terminología médica”
Enrique Guevara, médico gineco-obstetra.
Sin cárcel, pero con sanción
Cuando un juzgado encuentra a una mujer culpable del delito de autoaborto, puede darle una sanción efectiva, una pena suspendida o reservar el fallo de la condena. En cualquiera de los casos, las mujeres reciben reglas de conducta por un período que suele ser de uno a dos años. En las resoluciones que revisamos, estas reglas incluían, por lo general, el pago de la reparación civil, la presentación periódica de la sentenciada ante el juzgado y la prohibición de variar su lugar de residencia sin autorización.
No pasó lo mismo con Vanessa (19), una joven que fue investigada en 2012 luego de llegar al Hospital Departamental de Huancavelica con un aborto incompleto. Vanessa y su enamorado habían respondido al número que aparecía en un anuncio de “Atraso menstrual 100% efectivo y natural”, pegado en un poste eléctrico. La mujer que la atendió le colocó tres pastillas de misoprostol en la vagina y otras tres en la boca, y le cobró 350 soles. Horas después, el dolor que sintió Vanessa fue tan fuerte que tuvo que ir al hospital, donde le hicieron un legrado uterino y comenzó la persecución en su contra.
Después de tres años de proceso, los jueces condenaron a Vanessa a dos años de pena suspendida de la libertad, con un período de prueba de un año en el que debía de cumplir reglas de conducta. Pero estas no eran solo las reglas usuales. Entre las disposiciones que dio el juzgado de Huancavelica, se deslizó una regla cargada de juicio moral: Vanessa debía mantenerse alejada de “lugares de dudosa reputación” y no consumir alcohol. Es el único caso que encontramos donde se pone ese tipo de imposiciones a las sentenciadas por aborto. Sin embargo, no sería sorprendente que existieran más.Cuando se trata de la reparación civil, los montos son mucho más variados que las reglas de conducta. Algunas mujeres tienen que pagar cien soles, otras pagan dos mil. En el caso de Vanessa, el juzgado le ordenó pagar mil quinientos. No parece haber un criterio claro y objetivo para determinar la reparación civil; un problema que también ha sido identificado por la Defensoría del Pueblo en sentencias de feminicidio. En esos casos, sin embargo, la parte agraviada es una mujer y la reparación civil busca restituir el daño que se le ha hecho a ella y a sus familiares. Pero cuando se trata de sentencias por autoaborto, la parte que se considera agraviada es el Estado. Y es al Estado al que las mujeres sentenciadas por abortar pagan cientos o miles de soles.
«Son montos absolutamente arbitrarios y desproporcionados. No se sabe cuáles son los elementos que se han utilizado”, señala la abogada Brenda Álvarez, de Justicia Verde. Y sin importar cuál sea el monto, las mujeres tienen que buscar cómo pagarlos, pues de lo contrario se mantienen sus antecedentes penales, que pueden ser una limitante para que consigan trabajo. Cuando se trata de mujeres extranjeras, además, los procesos penales pueden afectar su condición migratoria. Probablemente, ese fue el miedo que acabó con la vida de Diana Aleman, ciudadana venezolana que falleció en 2020 al caer del ser criminalizada por llegar al Hospital María Auxiliadora con un aborto incompleto.
Esa es la máxima consecuencia que tiene la criminalización del aborto: la muerte de las mujeres.
“Solemos escuchar que no hay efectos sobre las vidas de las personas criminalizadas, que no hay ninguna mujer presa por abortar, pero ¿cuántas vidas se arruinan por una experiencia de criminalización? ¿Cuántos proyectos de vida son afectados?”, cuestiona la abogada Diana Chávez.
En el centenar de sentencias que revisamos, encontramos que 42 mujeres pasaron por procesos penales cuando el Estado las acusó de haber abortado o intentado abortar. Ninguna terminó en la cárcel, pero sí pasaron años entre audiencias y diligencias donde eran tratadas como criminales. La mayoría recibió sentencias que las encontraron culpables. Solo en nueve casos, el juzgado las absolvió, los fiscales abandonaron la acusación o el proceso prescribió. Las resoluciones incluyen también los casos de cinco mujeres en Huaura, Puno y Huancavelica que pasaron por abortos clandestinos y no fueron procesadas. El motivo: no sobrevivieron a los procedimientos inseguros a los que se sometieron intentando abortar en la clandestinidad.