Ecuador | Tras «muerte cruzada» Lasso firma decreto-ley para fomentar actividades productivas

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Lasso firma el decreto-ley de Inversiones, que marcó su enemistad con la Asamblea

La mañana de este martes 23 de mayo de 2023, el presidente Guillermo Lasso Mendoza suscribió su segundo Decreto – Ley con carácter económico urgente. Con este busca la atracción y fomento de inversiones para el desarrollo productivo.

Se trata de la Ley de Atracción y Fomento de Inversiones para el Desarrollo Productivo. «Queremos que los sectores productivos lleguen a nuevos mercados, que se reduzcan los costos de producción y se generen más empleos. Tengo la convicción de que con esta normativa se abren nuevas oportunidades para los ecuatorianos».

Mediante las reformas a varios cuerpos legales, el decreto – ley busca aumentar e impulsar la industrialización y la oferta exportable. También incrementar la competitividad de la producción nacional, impulsar la transferencia de tecnología y los encadenamientos productivos.

Otro punto clave -según las autoridades gubernamentales- es que se fomentará la atención preferencial a las zonas fronterizas para afianzar una cultura de paz y el desarrollo socioeconómico.

Se plantea un régimen legal y regulatorio para impulsar las zonas francas y fortalecer las zonas especiales de desarrollo económico (ZEDE). El decreto ley propone un nuevo enfoque para fortalecer las iniciativas privadas, públicas o mixtas con las ventajas:

  • Exoneración del Impuesto a la Renta (IR) por 10 años. 15 años para los sectores fronterizos.
  • Una vez finalizado el periodo de exoneración de IR, se podrá acceder a una reducción de 10 puntos porcentuales de este impuesto, por el tiempo que reste la vigencia de la autorización de la Zona Franca o ZEDE.
  • Exención de tributos al comercio exterior, excepto las tasas por servicios aduaneros.
  • Impuesto al Valor Agregado (IVA) con tarifa 0% para adquirir insumos.
  • Exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).

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Guillermo Lasso firma decreto ley para promover zonas francas

Exoneración de 10 años en el pago del Impuesto a la Renta y de IVA son algunos beneficios para las zonas francas, que incluye el decreto-ley.

El presidente Guillermo Lasso firmó el decreto ley para promover zonas francas. Antes de su entrada en vigencia, la Corte Constitucional deberá dar su dictamen favorable.

Lo hizo en un evento realizado el 23 de mayo de 2023.

Las zonas francas son áreas geográficas especiales sujetas a incentivos tributarios y aduaneros para el desarrollo de actividades económicas con miras a la exportación.

Entre los ejes del decreto ley están otorgar beneficios tributarios y seguridad jurídica, explicó el ministro de Finanzas, Pablo Arosemena.

Actualmente, solo el Estado puede crear estas zonas. Pero con los cambios sería el “inversionista quien decida”, según Arosemena.

El ministro de Producción, Julio José Prado, dijo que las exportaciones podrían en niveles de países que tienen larga historia de zonas francas, como Costa Rica, República Dominicana e, incluso, Uruguay.

A partir de lo ocurrido en esos países, Prado calcula que entre el 25 y 35% de las exportaciones podrían producirse en zonas francas.

En términos de valor, eso representa entre USD 5.000 millones y USD 7.000 millones, una vez que estas áreas lleguen a consolidarse, añadió el ministro de Producción.

Los derechos laborales se mantienen para los trabajadores de las empresas que se ubiquen dentro de las zonas francas, aclaró Prado.

Estos cambios, incluidos en el decreto ley son:

  • Creación de zonas francas

    Tras una reforma legal en 2010, solo el Estado está autorizado para crear zonas francas en Ecuador, denominadas Zonas Especiales de Desarrollo Económico (Zede).

    Bajo esa normativa, el gobierno de Rafael Correa creó Zedes como la de Yachay y la de la Refinería del Pacífico, pero fracasaron.

    El ministro de Economía, Pablo Arosemena, dice que el decreto ley permite que las zonas puedan ser creadas por iniciativa privada, pública o mixta. “Será el inversionista el que decida”, recalca Arosemena.

  • Las zonas francas que puede crear el Estado ahora se enmarcan en cuatro áreas: tecnología e innovación, diversificación industrial, servicios logísticos y sector turístico.

    El nuevo decreto ley propone que no haya límites en cuanto al sector o actividad económica para establecer zonas francas.

    El ministro Arosemena citó como ejemplos las actividades productivas, las actividades tecnológicas, agrícolas o agroindustriales.

    Y dijo que también podrá haber zonas francas en las áreas de servicios relacionadas con el transporte, el almacenamiento, el empaque, etiquetado, clasificación, envase o distribución de productos.

  • Las Zedes tienen una exención en el pago de impuestos al comercio exterior, como aranceles, excepto por tasas de servicios aduaneros.

    Otro beneficio actual para las Zedes es crédito tributario por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado en la compra de materias primas, insumos y servicios nacionales.

    Además, tienen exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) para pagos al exterior por importaciones de bienes y servicios para actividades autorizadas.

    “Los beneficios tributarios para estas zonas ahora son nada, son centavos”, dice Arosemena.

    Con el decreto ley, las zonas francas accederían a la exoneración del Impuesto a la Renta por 10 años. Si estas zonas se ubican en sectores fronterizos, la exoneración será de hasta 15 años.

    Luego de ese período, tendrán una reducción de 10 puntos porcentuales en la tarifa de Impuesto a la Renta hasta la fecha de vencimiento de la zona franca.

    Además, las zonas francas estarán exentas del pago de tributos en el exterior, del IVA pagado en la compra de materias primas, insumos y servicios nacionales y del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).

  • El decreto ley sobre zonas francas contiene un artículo para otorgar seguridad jurídica a los inversionistas.

    La propuesta del Gobierno de Guillermo Lasso es que cualquier modificación a la Ley no afecte los incentivos y beneficios de las zonas francas y las Zedes que se encuentren operando a la fecha o que se creen a futuro.

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