¿Qué pasa si el Congreso decide la destitución de Lasso? 

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Esta es la línea de sucesión que establece la Constitución de Ecuador

Por Ricardo Zambrano

El presidente Guillermo Lasso enfrenta un proceso de juicio político en la Asamblea Nacional. Se le acusa de peculado. Desde el Gobierno, afirman que enfrentarán el juicio y que presentarán los descargos correspondientes para lograr la absolución del mandatario. “Estamos enfocados en la defensa irrestricta ante este malhadado juicio político”, indicó el pasado 30 de marzo Henry Cucalón, ministro de Gobierno. El jefe de Estado también ha enfatizado que afrontará el proceso, pese a cuestionarlo.

En tanto, en el Legislativo se afirma que hay los 92 votos para la censura y destitución de Lasso. Indican que es la “única” salida “democrática y constitucional” que tiene el país para superar la crisis social que vive y que en gran medida, señalan, ha sido provocada por la gestión del actual mandatario. “Nosotros tenemos una mayoría coyuntural y no se ha roto el diálogo con las distintas bancadas y, de hecho, se ha fortalecido. El país ya no aguanta más. Este no es un tema ideológico, sino un acuerdo político con las bancadas para que el presidente Lasso no continúe un solo segundo más a la cabeza del país”, afirmó Pamela Aguirre, legisladora correísta.

Si la Asamblea decide la destitución de Lasso, ¿cuál es la línea de sucesión? La Constitución de la República es clara. En el artículo 146 se establece que en caso de falta definitiva de la presidenta o presidente, lo reemplazará quien ejerza la Vicepresidencia por el tiempo que reste para completar el correspondiente período presidencial. En este caso, sería Alfredo Borrero.

Borrero, en reiteradas oportunidades, ha afirmado que no le daría la espalda a Lasso. De hecho, cuando la Asamblea intentó destituir al mandatario por grave crisis política y conmoción interna (artículo 130 de la Constitución) en junio de 2022, en medio de las protestas impulsadas por el movimiento indígena, juró lealtad al presidente. En aquellos meses negó que hubiera mantenido contactos con fines políticos para una eventual sucesión.

Si Borrero no acepta el encargo del poder Ejecutivo y decide renunciar, el mismo artículo 146 define una salida: “Ante falta simultánea y definitiva en la Presidencia y en la Vicepresidencia de la República, la presidenta o presidente de la Asamblea Nacional asumirá temporalmente la Presidencia”.

En este caso sería Virgilio Saquicela, aunque la definición del juicio político podría coincidir con la renovación de las principales autoridades del Legislativo que será en mayo próximo. Saquicela puede ser reelegido o se puede seleccionar a otro asambleísta y este, a su vez, asumiría el cargo de presidente en este escenario.

Sin embargo, cuando el principal de la Asamblea asuma la Presidencia de la República, indica el artículo 146, esta asunción será temporal y en el término de 48 horas (dos días) el Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá convocar a elecciones para dichos cargos. Quienes resulten elegidos ejercerán sus funciones hasta completar el período.

En el caso de que faltare un año o menos para que termine el mandato del presidente cesado, el principal de la Asamblea Nacional asumirá la Presidencia de la República por el resto del período. Lasso recién cumplirá dos años de su administración el 24 de mayo próximo.

Si la destitución de un mandatario en Ecuador se diera por grave crisis política y conmoción interna, el procedimiento de sucesión sería otro. Si bien también asumiría el vicepresidente, este tendría un plazo de siete días, junto al CNE, para convocar a nuevas elecciones presidenciales y legislativas anticipadas.

La historia ecuatoriana ya ha marcado periodos políticos turbulentos que han terminado en sucesiones presidenciales. Por ejemplo, tras el accidente aéreo que acabó con la vida del mandatario Jaime Roldós Aguilera, el vicepresidente Osvaldo Hurtado asumió el cargo en 1981.

Después de que Abdalá Bucaram Ortiz fuera cesado en sus funciones como presidente, la vicepresidenta Rosalía Arteaga se convirtió en la primera mujer en llegar a la Presidencia, pero esto duró solo días, ya que el Legislativo de aquella época desconoció el poder de Arteaga y proclamó, en febrero de 1996, al principal del Congreso Nacional, Fabián Alarcón, como presidente interino de la nación, figura que no existía en la Constitución de aquellos años ni tampoco en la actual.

En tanto, las protestas por parte de indígenas y otros sectores sociales hacia el gobierno de Jamil Mahuad provocaron su derrocamiento de la presidencia en enero de 2000. El vicepresidente Gustavo Noboa asumió.

Del mismo modo, las protestas hacia el régimen de Lucio Gutiérrez acabaron expulsándolo del país en abril de 2005. De este modo al vicepresidente Alfredo Palacio se le fue concedido el cargo de presidente por parte del antiguo Congreso.

Sucesión vicepresidencial

Cuando existe ausencia definitiva del vicepresidente de la República que fue electo por votación popular la Constitución de Ecuador estipula que el presidente deberá enviar una terna a la Asamblea para que sean los legisladores los que seleccionen al próximo vicepresidente.

El último cambio de vicepresidente se dio en la presidencia de Lenín Moreno. En aquella administración hubo cuatro vicepresidentes: Jorge Glas (electo por votación popular), que luego fue enjuiciado por el Caso Sobornos; María Alejandra Vicuña, quien renunció tras acusaciones en su contra por el supuesto cobro de diezmos; Otto Sonnenholzner, que renunció para dedicarse a sus empresas y a apuntalar su carrera política; y finalmente María Alejandra Muñoz, quien terminó el mandato junto a Moreno. (I)

El Universo

 

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