Avión venezolano retenido en Argentina: autorizan a salir del país a 12 de los 19 tripulantes

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La Cámara Federal de La Plata autorizó la salida del país de 12 tripulantes del avión venezolano-iraní

La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó el levantamiento de la prohibición de salida del país a 12 tripulantes del avión venezolano-iraní que está retenido en Ezeiza desde junio. Asimismo, mantiene la prohibición de salida del país a siete iraníes y ordenó definir la situación procesal de los 19 ciudadanos que estaban en la aeronave de Emtrasur.

El fallo de la Sala III del Tribunal, integrada por los jueces Carlos Vallefín y Roberto Lemos Arias, ordenó al juez federal de Lomas de Zamora, Federico Villena, decidir en 10 días “todas las diligencias pendientes, la definición de la situación procesal y de las restricciones impuestas sobre las personas y las cosas”.

Por lo pronto, ninguno de los tripulantes está detenido sino que sólo estaban retenidos y sus pasaportes en manos de la Justicia. Uno de los retenidos y que continuará en esta situación es el piloto Gholamreza Ghasemi, a quien se lo vincula con las fuerzas revolucionarias iraníes y a quien en su celular se le encontraron imágenes y archivos vinculados con actividades terroristas.

“Ni la República Bolivariana de Venezuela ni la República Islámica de Irán son parte de la investigación” sino que “se trata, en la definición del juez de primera instancia, de determinar si ciudadanos de distintas nacionalidades bajo apariencia de realizar una actividad lícita, están financiando operaciones de terrorismo o bien son parte de un plan vinculado a una organización terrorista”, sostuvo el fallo.

La Cámara mantiene el embargo sobre el avión de la empresa estatal venezolana tal cual lo había solicitado los EE.UU por irregularidades en la transacción comercial de esa aeronave que antes pertenecía a Irán. Al analizar el objeto procesal, el Tribunal aclaró que “ni la República Bolivariana de Venezuela ni la República Islámica de Irán son parte de la investigación” sino que “se trata, en la definición del juez de primera instancia, de determinar si ciudadanos de distintas nacionalidades bajo apariencia de realizar una actividad lícita, están financiando operaciones de terrorismo o bien son parte de un plan vinculado a una organización terrorista”.

La decisión tuvo lugar en la causa que se inició tras el arribo de un vuelo de la compañía aérea Emtrasur, al Aeropuerto Internacional de Ezeiza, el pasado 6 de junio, y que motivó el comienzo de una investigación penal dirigida a despejar si las conductas desarrolladas por los tripulantes de la aeronave se encontraban aprehendidas por las normas penales vigentes en el país.

El Destape Web

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