Chile | Convención aprueba el derecho a la vivienda, a la salud y a la seguridad social

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Salud: Convención Constitucional crea un sistema público, universal e integrado

El Pleno de la Convención Constitucional votó las propuestas sobre Derechos Fundamentales referidas a vivienda, trabajo, seguridad social y salud. Fue justamente sobre esta última materia donde se aprobaron varios cambios respecto de la norma actual, como la creación de un Sistema Nacional de Salud que tendrá un «carácter universal, público e integrado, que se rige bajo algunos principios como equidad, solidaridad, interculturalidad y no discriminación».

Este sistema se financiará a través de las rentas generales de la nación. Y, añade la norma, será la ley la que podrá establecer «el cobro obligatorio de cotizaciones a empleadoras, empleadores, trabajadoras y trabajadores, con el solo objeto de aportar solidariamente al financiamiento de este sistema». Asimismo, la ley determinará el órgano público que se encargará de la administración del conjunto de los fondos.

También ingresó al borrador de nueva Constitución que la atención primaria será la base de este sistema y se «promoverá la participación de las comunidades en las políticas de salud y las condiciones para su ejercicio efectivo».

Además, se establece que el «Estado generará políticas y programas de salud mental destinados a la atención y prevención con enfoque comunitario y aumentará progresivamente su financiamiento». El derecho a la salud incluirá tanto la dimensión física como mental.

¿Qué pasa con los privados?
El Pleno también aprobó el inciso donde se señala que corresponderá «exclusivamente al Estado la función de rectoría del sistema de salud, incluyendo la regulación, supervisión y fiscalización de las instituciones públicas y privadas».

Además, rechazó dos incisos que se refieren al rol de los privados en este nuevo Sistema Nacional de Salud, los que volvieron a la comisión de Derechos Fundamentales para ser modificados.

El primero señala que «podrán existir seguros privados voluntarios, los que en ningún caso podrán sustituir o duplicar el rol del Estado. Ninguna persona habrá de incurrir en un gasto catastrófico en salud».

El segundo establece que los «prestadores privados integrados al Sistema Nacional de Salud no podrán perseguir fines de lucro» y que será la ley la que establezca los requisitos y procedimientos para su integración y funcionamiento».

Sobre las normas rechazadas, la presidenta de la Convención, María Elisa Quinteros, dijo que «está el tema del lucro, porque habemos muchos que queremos fin al lucro […] que existan los privados, que no reciban plata del Estado, todo bien con ellos, pero que lo que se financie con fondos públicos esté integrado».

Descartan acción monopólica

Sobre la serie de artículos de derechos sociales aprobados en el Pleno del martes 19 de abril, el coordinador de la Comisión, César Valenzuela (Col.Socialista), explicó que «se reconoce siempre la rectoría que tiene el Estado sobre el sistema, es decir, los deberes de fiscalización, de fijar normas comunes, mínimos que deben respetar los distintos actores del sistema».

Y agregó que el fortalecimiento del sector público «quiere decir que tiene un deber especial de provisión. ¿Significa que los sistemas públicos son igual a la acción monopólica del Estado? De ninguna forma, los privados van a seguir existiendo, van a poder seguir actuando, pero deben sujetarse a las reglas que estipule la Constitución y la ley».

En tanto, para el constituyente Ruggero Cozzi (RN) «la Convención hizo la tarea fácil, que era tener en la nueva Constitución el derecho a la salud, a la seguridad social, a la vivienda y tantos otros derechos sociales que no podían no estar en la nueva Constitución. Pero la tarea difícil era establecer un diseño institucional responsable, viable financieramente. Se le está quitando a los chilenos el derecho a elegir entre prestadores públicos y prestadores privados, tanto en el área de la salud como en la seguridad social».

Pauta


Pleno de la CC aprueba el derecho a la seguridad social y rechaza indicación de la derecha sobre inexpropiabilidad de fondos

El Pleno de la Convención Constitucional votó este martes, y en particular, el segundo informe de la Comisión de Derechos Fundamentales. Los convencionales aprobaron incisos del artículo 13, sobre el derecho a la seguridad social.

En concreto, los convencionales aprobaron los incisos primero y segundo del artículo 13. El primero fue aprobado con 120 votos a favor, 16 en contra y 13 abstenciones. «La Constitución garantiza a toda persona el derecho a la seguridad social, fundada en los principios de universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, igualdad, suficiencia, participación, sostenibilidad y oportunidad», señala el texto.

El inciso segundo, respaldado con 115 votos a favor, 23 en contra y 11 abstenciones, apunta que «la ley establecerá un Sistema de Seguridad Social público, que otorgue protección en caso de enfermedad, vejez, discapacidad, supervivencia, maternidad y paternidad, desempleo, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en las demás contingencias sociales de falta o disminución de medios de subsistencia o de capacidad para el trabajo».

«En particular, este sistema asegurará la cobertura de prestaciones a las personas que ejerzan trabajos domésticos y de cuidados», agrega la norma.

El Pleno rechazó el resto de los incisos de la norma (tercero, cuarto, quinto y sexto) y una indicación ingresada por la convencional Bárbara Rebolledo (Ind. RN-Evópoli), que buscaba la inexpropiabilidad de los fondos previsionales.

«El derecho de propiedad de las personas sobre sus fondos de pensiones es inviolable. El Estado no podrá nacionalizar, expropiar ni confiscar los fondos de pensiones de las personas. Los remanentes de los fondos de pensiones se podrán heredar en su totalidad en los términos que establezca la ley», señalaba la indicación, rechazada con 43 votos a favor, 72 en contra y 24 abstenciones.

El vicepresidente de la Convención, Gaspar Domínguez (INC), dijo el lunes que «es posible que este tema sea de nuevo discutido cuando estemos discutiendo otro tipo de normas, que son las normas transitorias que establecen el paso de la Constitución vigente a la nueva Constitución».

Proyecto del gobierno

Recordemos que el gobierno ingresó el lunes un proyecto que busca impedir la expropiación de los ahorros previsionales.

La reforma que propone el Gobierno busca agregar dos párrafos nuevos al articulo 19 N°18 de la Constitución:

«Las prestaciones de seguridad social se financiarán con aportes fiscales y cotizaciones obligatorias, en la forma y condiciones que establezca la ley. Los fondos originados en las cotizaciones obligatorias deberán destinarse única y exclusivamente a fines previsionales».
«Para estos efectos, también se entenderán dentro de los fines previsionales la administración de los fondos y el pago de pensiones alimenticias, en la forma que determine la ley. Sin perjuicio de los componentes propios de la seguridad social que integren el sistema, se garantizará siempre la propiedad del afiliado (a) respecto de los ahorros provenientes de la capitalización individual,sin que la ley pueda expropiar dichos ahorros».

Sin embargo, en caso de prosperar la reforma, solo estará vigente con la actual Constitución. “Lo que esté establecido en la actual Constitución no obliga a la Convención Constitucional y debería estar escrito también en la nueva Constitución”, señaló el abogado constitucionalista Tomás Jordán en conversación con La Tercera.

Otras propuestas aprobadas

Los convencionales también aprobaron el artículo 4 del informe, sobre la vivienda digna. Su numeral 1, respaldado con con 133 votos a favor, 11 en contra y seis abstenciones, indica que «toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria».

Asimismo, dieron visto bueno al artículo 1. «Las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos tienen derecho a la reparación integral», señala la norma, aprobada con 126 votos a favor, tres en contra y 17 abstenciones.

El artículo 2, respaldado con 116 votos a favor, tres en contra y 32 abstenciones, indica que «las víctimas y la comunidad tienen el derecho al esclarecimiento y conocimiento de la verdad respecto de graves violaciones a los derechos humanos, especialmente, cuando constituyan crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, genocidio o despojo territorial».

El Mostrador


Convención aprueba que el derecho a la vivienda digna esté en la propuesta de nueva Constitución

Este martes el pleno de la Convención se abocó a la deliberación y votación de los derechos sociales, contexto en el que aprobó un artículo que consagra el derecho a la vivienda digna.

El texto, que pasó al borrador de nueva Constitución con 133 votos a favor, 11 en contra y 6 abstenciones, establece que «toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria».

Este tema fue objeto de varias intervenciones en el pleno, en la mayoría de estas se defendió la necesidad de consagrar el acceso a una vivienda en el proyecto constitucional, en conjunto con otros derechos sociales.

Benito Baranda (Independientes No Neutrales) sostuvo visiblemente emocionado que esta norma «permitirá progresivamente saldar una deuda histórica. Por años el Estado ha determinado construir guetos, donde lleva a vivir personas que experimentan la cara más dura de la marginación y pobreza».

En la misma línea, la independiente Adriana Ampuero manifestó que «Chile es de los pocos países de Latinoamérica que no contempla esta garantía en su carta fundamental (…) para acceder a la vivienda en Chile hay que endeudarse terriblemente, y las políticas públicas para derribar estas barreras de acceso no han estado a la altura».

Ampuero agregó que «este derecho básico debe ser consagrado con rango constitucional y darle finalmente la relevancia que merece, pues el Estado debe tener el mínimo deber de adoptar las medidas necesarias para asegurar el goce oportuno y universal de este derecho».

No obstante, la propuesta fue criticada desde Vamos por Chile. Sobre el articulado, Constanza Hube declaró que es «bastante parecida a la Constitución latinoamericana. Cuando leo estas normas dan ganas de irse a vivir a estos países. Si fuera así de fácil, ya se habría cambiado la Constitución hace tiempo y mágicamente se habría acabado el problema habitacional de nuestro país. Pero la vida no funciona así (…) el punto es cómo se cumple esa promesa».

Como parte del artículo se aprobó otro párrafos de la propuesta. Este determina que «el Estado deberá tomar todas las medidas necesarias para asegurar el goce universal y oportuno de este derecho, contemplando, a lo menos la habitabilidad, el espacio y equipamiento suficiente, doméstico y comunitario, para la producción y reproducción de la vida, la disponibilidad de servicios, la asequibilidad, la accesibilidad, la ubicación apropiada, la seguridad de la tenencia y la pertinencia cultural de las viviendas, de conformidad a la ley».

REVISA EL TEXTO COMPLETO APROBADO A CONTINUACIÓN:

Artículo 4.- Derecho a la vivienda.

1.- Toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria.

2.- El Estado deberá tomar todas las medidas necesarias para asegurar el goce universal y oportuno de este derecho, contemplando, a lo menos la habitabilidad, el espacio y equipamiento suficiente, doméstico y comunitario, para la producción y reproducción de la vida, la disponibilidad de servicios, la asequibilidad, la accesibilidad, la ubicación apropiada, la seguridad de la tenencia y la pertinencia cultural de las viviendas, de conformidad a la ley.

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