Diputados aprueban polémico decreto que prohíbe las concentraciones

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Tras multitudinarias protestas contra Bukele, diputados oficialistas aprueban decreto para prohibir concentraciones y encarcelar organizadores

Luego de las dos recientes multitudinarias protestas en las que miles de salvadoreños descontentos con el Gobierno de Bukele se tomaron las calles el 15 de septiembre y el 17 de octubre a pesar de los esfuerzos de la Policía Nacional Civil (PNC) por detener a los autobuses que los transportaban, el presidente de la Asamblea Legislativa y exsecretario privado de Bukele, Ernesto Castro, presentó un decreto para prohibir las concentraciones de personas.

La iniciativa fue sometida a votación en el pleno de la Asamblea Legislativa esta tarde y aprobada con dispensa de trámite con los votos de 63 diputados oficialistas. 17 parlamentarios votaron en contra.

El nuevo decreto titulado «Disposiciones especiales y transitorias de suspensión de concentraciones y eventos públicos o privados» es diferente al aprobado en julio pasado en el que se suspendieron vía decreto únicamente las concentraciones referidas a conciertos, mitínes, fiestas patronales y eventos deportivos. Aún así, este decreto terminó siendo inaplicado en los partidos de la selección nacional en el que se permitió el aforo total en el estadio pese a la contraindicación de expertos y médicos.

En contravención con el decreto de julio, el decreto aprobado esta tarde deja por fuera de la suspensión las actividades artísticas, culturales y deportivas.

El artículo 7 de la Constitución establece como parte de los derechos fundamentales y garantías de la persona el derecho a asociarse libremente y a reunirse pacíficamente y sin armas para cualquier objeto lícito, así como el artículo 6 da el derecho de expresar y difundir libremente sus pensamientos sin ser objeto de censura.

Además, el artículo 29 establece que estos derechos solamente podrán suspenderse mediante la declaración de un Régime de Excepción, el cual no puede durar más de 30 días.

Las protestas multitudinarias de los salvadoreños ya obtuvieron frutos, siendo uno de estos que la Presidencia diera marcha atrás y retrasara la presentación de una reforma de pensiones. El 15 de septiembre, Bukele había dicho que en treinta días presentaría una, es decir, el 15 de octubre, pero desistió y ha dicho que será dentro de unas «semanas».

El fin de semana, el día en que fue convocada la marcha contra los abusos del Gobierno, el Ejecutivo desplegó retenes policiales en las carreteras, quienes se encargaron de parar unidades de transporte, bajar a los pasajeros y someterlos a revisiones. También hubo denuncias de que quitaron las llaves a los conductores para impedir que se desplazaran a la capital, donde se desarrollaban las protestas.

¿Qué contiene el decreto aprobado?

El nuevo decreto aprobado por el oficialismo contiene seis artículos. El primero establece:
«Suspéndase hasta el ocho de diciembre a partir de la vigencia del presente decreto, toda concentración de personas en actos de carácter público o privado que impliquen concentraciones masivas, sin distanciamiento social, donde participen personas sin esquema completo de vacunación y en donde no se respeten los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y el Gobierno de El Salvador».

El argumento utilizado es evitar la propagación del covid-19. En los considerandos establece que se tiene habilitada una tercera dosis de la vacuna contra el covid-19 y no aclara si el esquema completo de vacunación se tomará como cumplido teniendo dos o tres dosis de la vacuna.
En el mismo artículo se le da facultades al Ministerio de Salud (MINSAL) y a la Policía Nacional Civil (PNC) de «la suspensión de los eventos o prohibición de entrada a los mismos a cualquier persona, organizador o asistente, que no cumpla con los requisitos antes mencionados».

Además, en un segundo artículo indica que el MINSAL puede hacer excepciones sin embargo estas deberán pasar por una evaluación previa en las que evaluarán la «cantidad de personas asistentes» y el «espacio donde se realice dicha concentración», el «tiempo de duración», entre otros, y dependiendo de esto «podrá autorizar la realización del mismo».

Con el cuarto artículo se busca procesar no solo a los organizadores de las concentraciones de personas, sino también a quienes las promuevan o convoquen, y las consecuencias serían no solo penales sino también incluyen una multa de hasta «cien salarios mínimos», que equivale a unos $35 mil.

«La Fiscalía General de la República actuará de oficio ante el incumplimiento», dice la iniciativa de Castro.

«Dependiendo del caso, el infractor incurrirá en delito de desobediencia de particulares y será sancionado conforme a lo establecido en el artículo 338 del Código Penal», dicta.

Dicho artículo del Código Penal establece que la desobediencia a una orden dictada por ley se castiga con prisión de uno a tres años y una multa de hasta cien días multa.

Si una persona es acusada de dicho delito, es la Fiscalía la encargada de presentar el requerimiento y la persona se enfrenta a un proceso en el que un juez decide si es culpable o no. Actualmente la Fiscalía es manejada por Rodolfo Delgado, impuesto por los diputados oficialistas tras la destitución de Raúl Melara y el golpe ha alcanzado el órgano judicial con la destitución de cientos de jueces para la imposición de nuevos mediante una reforma tachada por los jueces de inconstitucional.

La Sala de lo Constitucional, quien podía declarar inconstitucional dicha reforma, o atender las demandas de un ciudadano que denuncie ilegalidades en su proceso penal, también es controlada por magistrados impuestos por el oficialismo el pasado 1 de mayo tras la destitución de los anteriores magistrados.

La Prensa Gráfica

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