El Salvador | Jueces demandan a Nayib Bukele y piden invalidar reforma judicial
Jueces demandan al régimen de Bukele y piden invalidar reforma
Dos abogados mayores de 60 años han presentado una demanda en contra de la Asamblea Legislativa, el Presidente de la República y la Corte Suprema de Justicia por las reformas a la Ley de la Carrera Judicial, y en ella piden como medida cautelar o de protección que sean inaplicadas dichas reformas, las cuales entrarían en vigencia el próximo 26 de septiembre, pero además que la Corte Suprema se abstenga de nombrar jueces sustitutos.
Las reformas, aprobadas por el Legislativo el pasado 31 de agosto, obligan a los jueces y fiscales con 60 años de edad o con 30 años de servicio a retirarse. Serían unos 100 jueces y jueces en la zona oriental los afectados con esta reforma y 250 a nivel nacional.
La demanda, que se fundamenta en los derechos constitucionales y en los artículos 75 inciso primero y el 78 de la Ley Procesal de Familia, ha sido presentada por el abogado Ricardo Vladimir Montoya Cardoza ante la Cámara de Familia de la zona oriental en nombre de Rosvinda Portillo Matute, de 61 años, y de Geofredo Campos Rosa, de 66, ambos también abogados de profesión.
“Solicitamos medidas cautelares urgentes con el propósito de que los magistrados de familia suspendan la vigencia de las reformas inmediatamente porque si estas reformas entran en vigencia, la Cámara estaría permitiendo la consumación de estas grandes violaciones a los derechos humanos de las persona mayores”, expresó el Juez Primero de Sentencia de San Miguel, Sidney Blanco, sobre la demanda.
Basados en que hay elementos suficientes para decir que hay vulneración a derechos y el peligro en la demora, consideran la “necesidad urgente” de adopción de medida cautelar en vista de la pronta vigencia de las reformas, a fin de evitar que se produzca un daño.
“La casi inmediata vigencia de las reformas a Ley de la Carrera Judicial produciría un impacto muy grave en los derechos identificados, por lo que solicitamos como medidas cautelares, que a la brevedad ordene la suspensión de la vigencia de dichas reformas e indique a las autoridades – Consejo Nacional de la Judicatura y Corte Suprema de Justicia que deberán de abstenerse de aplicar el contenido de tales reformas hasta que haya un pronunciamiento de fondo en el presente caso”.
Como efecto de las medidas cautelares, piden que los jueces y juezas, magistrados y magistradas deberán continuar en sus cargos; que la Corte Suprema se abstenga de nombrar y trasladar jueces. “Que los abogados y abogadas con expectativa de ocupar las plazas que según las reformas quedarían vacantes, deberán abstenerse de aceptar los cargos, en virtud de una orden judicial que suspende la vigencia de las citadas reformas”.
Además piden a los magistrados de la Cámara, que “en caso de que la Corte Suprema desatienda la medida cautelar y proceda a nombrar jueces y magistrados ilegalmente, las actuaciones que estos realizaren en los despachos ocupados de manera inconstitucional, no producirán efectos jurídicos algunos y sus decisiones carecerán de valor”.
El Juez Blanco señaló a aquellos candidatos a jueces que no cumplan con los procedimientos establecidos contemplado en la constitución como personas “antiéticas” por atreverse aceptar cargos basados en la nueva reforma ya que a su juicio cometerán ilegalidades y sus actos no producirían ningún efecto jurídico.
“Estos eventuales jueces abogados que nombren no tendrán ese respaldo constitucional y que por lo tanto estamos frente a particulares usurpando a una autoridad judicial. Todas las resoluciones que ellos puedan emitir, estos 250 eventuales abogados que de manera antiética aceptarán un cargo así, sus decisiones podrán ser impugnadas y anuladas cuando en algún momento volvamos a la racionalidad en esta vorágine en que nos ha metido el presidente de la república”, agregó el juez.
Los demandantes le recuerdan a la Cámara que “si la Constitución otorga a todos los jueces la potestad de declara inaplicable las leyes contrarias a la misma (art. 85) con mayor razón puede, en un estado democrático y constitucional de derecho, impedir las violaciones que ocasionaría la entrada en vigencia de una ley, como el caso que hoy venimos a plantear ante su autoridad”.
Los derechos violados
En su escrito presentado ante la Cámara, los demandantes fundamentan que las reformas aprobadas mediante trámite de urgencia el 31 de agosto y sin haber sido consultadas, son violatorios del derecho a gozar de los demás derechos que les reconoce la Constitución, los tratados internacionales ratificados por El Salvador y demás leyes que le garanticen su protección.
“Que el decreto entra en colisión con varias normas contenidas en artículos de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”, dice la demanda, por lo que consideran que con dicho decreto, la Asamblea Legislativa “ha incumplido su compromiso adquirido en dicho tratado de abstenerse de adoptar cualquier medida legislativa que sea incompatible con dicho tratado”.
En su escrito, también apuntan una serie de violaciones a los derechos de las personas adultas como el derecho al trabajo, y argumentan que las reformas son “discriminatorias de las personas adultas mayores que ejercen los cargos de Magistrados de Cámara, Jueces de Primera Instancia y de Paz”.
Además, consideran que se les viola”el derecho de los adultos mayores a vivir con dignidad en un ambiente que les proporcione tranquilidad”, como también “es violatorio del derecho de las personas adultas mayores a ser oídas, atendidas y consultadas en todos aquellos asuntos que fueran de su interés y asegurarles la participación y comunicación en actividades de la comunidad que preserven su auto imagen de personas útiles a las sociedad”.
En el escrito también destacan la responsabilidad del presidente de la República en las violaciones de sus derechos, al sancionar y mandar a publicar el decreto, el cual está plasmado en el Diario Oficial del 14 de septiembre pasado, “con lo cual avaló todas las violaciones a los derechos a las personas adultas mayores que ejercen la judicatura en el país, transgrediendo con ello la Convención antes mencionada y los derechos consagrados en el Código de Familia…”.
Además señalan a la Corte Suprema de Justicia de haber realizado una sesión extraordinaria el pasado 17 de septiembre con lo cual “se unió a las transgresiones a los derechos antes mencionados, haciendo una aplicación anticipada, acordando con 9 votos otorgar una indemnización de veinticuatro salaros a los magistrados y jueces que renuncien antes de la entrada en vigencia de las reformas a la Ley de la Carrera Judicial, contenidos en el referido decreto.
“Es notorio que con dicha activación la Corte Suprema de Justicia avala las transgresiones hechas por los otros poderes, pues lo que debió haber hecho es inaplicarlo por las razones expuestas”, señalan.
Partiendo de la protección que da a las personas de la tercera edad el Código de Familia y los derechos fundamentales establecidos en el artículo 2 de la Constitución, los demandantes argumentan que ante la negación del derecho por parte de tales entes administrativos, corresponde la tutela al Órgano Judicial por medio de los jueces y magistrados que lo integran, por tanto son “quienes deben frenar los actos de particulares o estatales cuando atentan contra tales derechos”.