Chile | Se reanuda la campaña de cara a las elecciones constituyentes de mayo
¿Qué pasó?
El Servicio Electoral (Servel) confirmó que este jueves 29 de abril se reanudarán las campañas y propagandas electorales, tras la suspensión de las elecciones de constituyentes, gobernadores, alcaldes y concejales, que fueron aplazadas para el 15 y 16 de mayo.
El Servel detalló que se retoma la campaña y la propaganda electoral en:
1. Prensa escrita y radioemisoras.
2. Plazas, parques u otros espacios públicos.
3. Por activistas o brigadistas en la vía pública.
4. Medios de comunicación social, plataformas digitales, redes sociales, aplicativos y aplicaciones de Internet, pagados o a título oneroso.
Asimismo, explicó que “se reanudan los aportes de campaña a las candidaturas o partidos políticos, ya sea en dinero o valorizados”.
¿Qué se considera propaganda electoral?
El Servicio Electoral acaró que “se considera propaganda electoral los eventos o manifestaciones públicas y la publicidad radial, escrita o imágenes, en soportes audiovisuales u otros medios análogos, siempre que promueva a una o más personas o partidos políticos, con fines electorales”.
“Así, caen en esta clasificación los anuncios o spots radiales; avisos, clasificados y publirreportajes en revistas, diarios o periódicos; afiches, letreros o carteles en la vía pública, y entrega de objetos informativos mediante brigadistas o voluntarios”, añadieron.
Financiamiento de campañas
También aclararon que “las campañas electorales pueden financiarse con recursos públicos y privados. El Estado contribuye mediante un anticipo fiscal, que reciben los partidos y candidatos independientes para solventar los gastos de campaña, y luego de las elecciones se les reembolsa los gastos electorales en función de los votos que obtuvieron”.
“El Servel es el organismo que vela por el buen uso de estos recursos y examina todas las rendiciones de cuentas, a fin de comprobar la veracidad de la información y el cumplimiento de los requisitos legales para su procedencia. La falsedad de las rendiciones constituye un delito”, complementaron.
En la misma línea, explicaron que “en materia de aportes de privados, éstos deben efectuarse a través del sistema de recepción de aportes del Servicio Electoral, mediante transferencia electrónica o depósito bancario. Todos serán públicos, salvo aportes menores de baja cuantía definidos en la ley, en los que se mantendrá sin publicidad la identidad de los aportantes”.
Finalmente, detallaron que “no está permitido que realicen aportes de campaña personas jurídicas, sean con o sin fines de lucro, ni personas que tengan nacionalidad extranjera y residan en el extranjero. En ningún caso podrán utilizarse recursos públicos para fines de campaña”.