Colombia: Tribunal administrativo frena temporalmente la destitución del alcalde de Bogotá

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Tribunal de Cundinamarca suspendió por 10 días el proceso de destitución mientras falla de fondo.

Cuando todo el país estaba pendiente de la decisión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre las medidas cautelares pedidas por el alcalde Gustavo Petro, una de las cerca de 800 tutelas interpuestas por los seguidores del mandatario abrió un nuevo capítulo en el accidentado proceso de su destitución por la Procuraduría.

Apenas horas después de que el procurador Alejandro Ordóñez dejó en firme la sanción contra el Alcalde por el lío de las basuras en Bogotá, el magistrado del Tribunal de Cundinamarca José María Armenta Fuentes le ordenó al Gobierno que “se abstenga de darle cumplimiento” al fallo, mientras decide de fondo una tutela interpuesta por un oficial retirado de la Policía que es contratista del Distrito.

Más allá de las consideraciones de fondo, advierten magistrados consultados por EL TIEMPO, la tutela no tendría futuro jurídico por una razón que ha sido reiterada por la Corte Constitucional: que este tipo de acciones de amparo no proceden frente a decisiones de los órganos de control que pueden ser cuestionadas a través de demandas administrativas. (Lea también: ‘Petro se va por mal alcalde’: Ordóñez)

Pero si se impone la tesis de Armenta y la tutela en favor de Petro quedara en firme, podría incluso forzar la realización de la revocatoria de su mandato, que está prevista para el próximo 2 de marzo y cuya cancelación definitiva dependía apenas de la notificación oficial de la destitución.

Este martes en la noche, el registrador nacional, Carlos Ariel Sánchez, afirmó que el proceso para votar la revocatoria del mandato del alcalde Petro “sigue vivo”, pero señaló que la fecha del 2 de marzo “podría modificarse frente a eventualidades, como por ejemplo la suerte de la actual discusión jurídica”.

Tutela le da oxígeno a Petro en la Alcaldía

Con la tutela en juego, la suspensión, en principio, es por 10 días y mientras tanto se congela el proceso en su etapa actual: es decir, se suspenden también los términos para notificar a Petro por edicto y al Gobierno para que proceda a nombrar Alcalde encargado.

La tesis del magistrado que ordena la suspensión, que decidirá el caso con dos de sus colegas del tribunal, es que se estaría frente a una grave violación del debido proceso porque, en su concepto, la Procuraduría no puede investigar ni sancionar a funcionarios elegidos por voto popular.

Es una tesis polémica porque va en contravía de lo que dicen las normas legales, incluida la Constitución, y de la jurisprudencia. De hecho, el reciente fallo de esa Corte, que dejó en firme la destitución de la exsenadora Piedad Córdoba, reiteró que el Procurador puede disciplinar a los elegidos popularmente. Este martes, el Tribunal de Cundinamarca analizaba la posibilidad de que la tutela, por su trascendencia jurídica, sea fallada en la Sala Plena, integrada por 30 magistrados.

Por ahora, la defensa del alcalde Petro ha ganado 10 días en su carrera por quedarse en el Palacio Liévano. Hasta el lunes, sin la tutela y sin eventuales medidas cautelares de la CIDH, se calculaba que el decreto de reemplazo no se expediría antes de tres semanas. Este martes, otro de sus abogados le pidió al Tribunal de Bogotá que suspenda la sanción mientras la Fiscalía resuelve la investigación contra el Procurador por supuesto prevaricato en el proceso de Petro.

Demandante es contratista del Distrito

José Gotardo Pérez Soto, coronel (r) de la Policía y actual contratista del Distrito, fue quien instauró la tutela que tiene frenada temporalmente la destitución de Gustavo Petro. Desde el 2011 hasta el 2013, Pérez ha firmado cuatro contratos con el Distrito por un valor de 184 millones de pesos. El contrato, que tiene vigente, con el Fondo de Vigilancia y Seguridad, vence en abril. Pérez le dijo a EL TIEMPO que su condición de contratista no tuvo que ver con la decisión de defender al alcalde destituido.

¿Por qué instauró la tutela?

Para defender mi derecho a elegir y salvaguardar la Constitución. En mis 35 años como Policía siempre lo hice.

¿Quién los asesoró en la elaboración de la tutela?

Un amigo abogado.

¿Es de la Alcaldía ?

Tengo muchos amigos abogados. Solo he visto a Petro en un Consejo de Seguridad.

¿Alguien le pidió que la interpusiera?

Fue iniciativa mía.

Pero usted es contratista del Distrito…

Entré desde la época de Clara López, como asesor de la Secretaría de Gobierno. Y tengo contrato hasta abril.

 

http://www.eltiempo.com/justicia/tutela-le-da-tiempo-a-gustavo-petro-en-alcaldia_13360175-4

 

Sentencia completa del Tribunal Superior de Cundinamarca

http://www.caracol.com.co/noticias/judiciales/conozca-la-sentencia-del-tribunal-de-cundinamarca-que-da-un-respiro-a-petro/20140114/nota/2054865.aspx

 

¿Quién es el hombre que ‘salvó’ a Gustavo Petro?

José Gotardo León es quien interpuso la acción judicial que tiene, por ahora celebrando a los Progresistas. Se trata de un coronel retirado de la Policía y excomandante de esa institución en Huila en 1993.

El 26 de diciembre de 2011 fue condecorado por la Alcaldía, en cabeza de Clara López Obregón, por “por sus valiosos aportes al Distrito Capital en temas de seguridad”.

Según la condecoración, rotulada por el decreto 644 de 2011 y denominada “Medalla Cívica ‘Ciudad de Bogotá’”, José Gotardo es un ciudadano que ha contribuido con el desarrollo en materia de seguridad en la capital de la República.

La entonces alcaldesa designada, tras la suspensión de Samuel Moreno, hizo entonces un “justo reconocimiento a quienes se han convertido en ciudadanos ejemplares por su compromiso con la seguridad de los capitalinos”, según el decreto.

Pero no es todo. El oficial retirado, según el portal de la Contraloría de Bogotá también es contratista con el Distrito.

Desde 2011 hasta 2013 ha firmado cuatro contratos por un valor de 184 millones de pesos en temas primordialmente de seguridad.

El último contrato, con vigencia en el año pasado y por 80,6 millones de pesos tuvo como objeto “prestar servicios profesionales, brindando apoyo al comando de la Mebog (Policía Metropolitana de Bogotá).

Ello, agrega en contrato, “en lo relacionado con la gestión de temas de seguridad y convivencia, articulados con las acciones que adelante la Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaria de Gobierno y Cámara de Comercio de Bogotá entre otros, así como ejercer supervisión sobre los contratos que le sean asignados”.

De Gotardo no se sabe más. Solo que esta persona fue la que frenó, al menos por el momento, la decisión que determinaba la salida de Gustavo Petro del Palacio Liévano.

 

http://www.semana.com/nacion/articulo/jose-gotardo-leon-salvo-gustavo-petro/370864-3

 

Revive la revocatoria contra Petro

Un día después de que el procurador Alejandro Ordóñez dejara en firme la destitución contra el alcalde de Bogotá Gustavo Petro, el Tribunal Superior de Cundinamarca le sumó un nuevo ingrediente que aumenta la incertidumbre sobre la suerte del propio alcalde y la de la administración de la capital.

El Tribunal admitió una de las tantas acciones de tutela que se presentaron para revertir la decisión administrativa de la Procuraduría en contra del burgomaestre, en este caso la que interpuso José Gotardo León alegando que la decisión disciplinaria vulnera el derecho de elegir y ser elegido del alcalde Petro y de los ciudadanos que votaron por él.

La sentencia no tiene consecuencias diferentes a la “suspensión provisional” de la destitución, hasta tanto el propio Tribunal no se pronuncie de fondo, situación que deberá resolverse en un plazo de 10 días a partir de la notificación de la sentencia.

Así lo considera el exprocurador y constitucionalista Jaime Bernal Cuellar al señalar que el fallo del tribunal es una medida cautelar o provisional que es de obligatorio cumplimiento hasta tanto la sala plena de esta corporación se pronuncie de fondo sobre esta tutela. “El efecto es que no se puede ejecutar la destitución”, la cual tampoco podía ejecutarse de forma inmediata porque falta la notificación a Petro, y la comunicación que el procurador tiene que enviarle al presidente, que debe ser posterior a la notificación del alcalde.

Por esa razón Bernal Cuellar califica de «inoperante» esta suspensión provisional en razón al trámite de notificación de la destitución de Petro. Según el código único disciplinario, el alcalde tiene 8 días para notificarse, los cuales empiezan a correr desde el mismo momento en que Ordóñez ratificó su sanción. De no notificarse, como ha sido su estrategia, la Procuraduría deberá notificar a Petro durante los siguientes tres días y enviarle la decisión al presidente Santos para que proceda a ejecutarla.

«Esta medidas tienen que atacarse y cumplirse, pero por razón del trámite de notificación de la sanción y el envío al presidente el cual tiene diez días son unas medidas inoperantes, porque no en ese termino no se habrá ejecutado la decisión (…). Y como el tribunal también tiene diez días para fallar de fondo, en ese tiempo la sanción no alcanzaba a ejecutarse», dice Bernal Cuellar.

Otra cosa es si el tribunal, en el fallo de fondo, decide suspender definitivamente la destitución de Petro. En ese momento una decisión judicial abriría un nuevo panorama en este ‘novelón’ político en el que se ha convertido la destitución de Petro.

Porque si 24 horas atrás había la certeza de que el único camino que tendría el presidente Juan Manuel Santos sería el de acatar el fallo disciplinario y ordenar la convocatoria a las elecciones para elegir al sucesor del alcalde, hoy el escenario parece cambiar.

Aunque la tutela corresponde al fallo del procurador del pasado 9 de diciembre, también afecta la decisión de segunda instancia que ratificó dicha decisión. En consecuencia la destitución ordenada por una autoridad administrativa quedó suspendida por un tribunal judicial.

De momento la primera consecuencia es que el registrador Carlos Ariel Sánchez, quien en lunes afirmó que el proceso de revocatoria al mandato de Gustavo Petro quedaba suspendido a partir del momento en que se ejecutado por el presidente, ahora tendrá que revivir la revocatoria, sencillamente porque no hay destitución en firme.

Estas elecciones fueron convocadas por la Registraduría para el próximo 2 de marzo, por lo que el proceso quedaría vigente, ya que no hay una decisión de destitución que afecte esta convocatoria.

En todo caso, el escenario político que se advierte en la capital es que los ciudadanos van a tener que acudir a las urnas este año. Si un día antes se advertía que serían para definir el sucesor de Petro, ahora las motivaciones cambian, pues los comicios serían únicamente para revocar su mandato o ratificarlo en el mismo. O en palabras de los petristas, podría constituirse en una refrendación de su mandato.

A la vez, la otra consecuencia de esta decisión es que el alcalde Petro gana tiempo en su intención de buscar un fallo definitivo que le permita mantenerse en la alcaldía hasta el 2015, o por lo menos detener la decisión del procurador más allá del 2 de marzo, para que primero la ciudadanía pueda pronunciarse sobre la permanencia en el cargo, mediante voto popular, circunstancia que de tener un resultado a favor deslegitimaría la sanción del procurador. Un escenario que a la luz de las movilizaciones en respaldo al alcalde, y la indignación que ha generado el fallo de Ordóñez, favorecen las aspiraciones de Petro, ya que hoy el ambiente está más a la contra de la revocatoria.

Por eso, las únicas consecuencias reales de este sorpresivo fallo de tutela es que de momento Petro consigue más días en el calendario para defenderse en su cargo. Un calendario que cada vez parecía estar corriendo en contra de los intereses del alcalde, pero que ahora le da mayor tiempo de maniobra.

Además la suspensión de la destitución también abre el margen de acción para Petro a la hora de esperar las reclamadas medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos –CIDH-. Estas medidas son un mecanismo de emergencia para que este organismo adscrito a la OEA, y en una situación de “gravedad y urgencia” le pide a un Estado que se adopten medidas que eviten un daño irreparable, por lo general se refieren cuando la integridad física y la vida de quién las reclama están en evidente e inminente riesgo.

Los abogados de Petro argumentan que los derechos políticos son derechos fundamentales, y por eso esperan que la CIDH se pronuncie de forma diligente y no dilate una decisión, que en teoría podría demorar algunos años.

De otro lado el Ministerio Público tiene la posibilidad de interponer el recurso de impugnación a la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. El competente para resolverlo sería el Consejo de Estado.

Sin embargo, todo este nuevo escenario podría reversarse nuevamente si en 10 días, la Sala de decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca se pronuncia de fondo y si ordena la suspensión definitiva de la destitución al alcalde.

Mientras tanto Petro seguirá convocando ciudadanos a manifestaciones de respaldo, con lo que busca ganar respaldo en caso de que llegue el 2 de marzo, fecha en la que estaba pactada la convocatoria.

 

http://www.semana.com/nacion/articulo/petro-de-nuevo-estaria-ante-la-revocatoria/370874-3

 

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