Argentina: Macri inaugura sesiones con el eje en el aborto, la reforma laboral y el plan económico

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El presidente Mauricio Macri inaugurará el su tercer periodo ordinario de sesiones. Como en las oportunidades anteriores el discurso no será extenso. La expectativa estará puesta, entre otras cosas, en lo que el jefe de Estado diga sobre el debate por la despenalización del aborto.

Además, según pudo averiguar Tiempo, el Presidente también abordará la anunciada reforma laboral y anticipara el esquema sobre el que deberá trabajar el parlamento en ese tema.

Los datos económicos también serán parte del discurso. Macri aprovechará un trabajo publicado por chequeado.com y mencionará los datos económicos positivos en relación con las promesas realizadas.

El Presidente aprovechará su tiempo en el recinto para ratificar el rumbo económico y destacar la necesidad del continuar con el gradualismo para reducir el déficit fiscal.

Además, le pedirá a los legisladores nacionales que le den sanción a los tres proyectos de ley que replican el Mega DNU de “desburocratización” del Estado.

Dentro del discurso, que no se extenderá más allá de 40 minutos, también habrá un referencia a las relaciones exteriores en relación con la realización de la cumbre del G20 en Argentina este año.

Macri matizará los datos duros y los anuncios concretos con su habitual repertorio de frases de “autoayuda”. Remarcará la necesidad de “dar vuelta la página” y de construir el futuro en base a “decirnos la verdad” para «generar confianza» y que el «diálogo» sea la base en la búsqueda de “consensos básicos”.

La sesión de apertura de sesiones comenzará a las 10. Allí los diputados y senadores designarán a los integrantes de la Comisión de Interior y Exterior que recibirán al Presidente en el Palacio Legislativo.

Está previsto que Macri arribe a la explanada del Congreso poco antes de las 10.50. Luego, como marca el protocolo, firmará el libro de honor, atravesará el salón de las provincias y el salón de los pasos perdidos hasta llegar al recinto.

A las 11 en punto Macri debería estar sentado en la presidencia de la Cámara para comenzar su discurso.

Tiempo Argentino


En qué contexto ingresa el debate sobre el aborto al Congreso Nacional

Cambiemos se declaró dispuesto a abrir en la Cámara de Diputados una discusión sobre la despenalización del aborto. Sin embargo, tanto en el PRO como en el radicalismo la posición mayoritaria rechaza este proyecto impulsado la organización la “Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito”.

Por ello, resulta importante destacar cual es el contexto en el que se enmarca este debate. Según la OMS y su Guía técnica “Aborto sin riesgos”, se practican 22 millones de abortos inseguros. El 98% de ellos en países en vías de desarrollo. Se calcula que en la Argentina se realizan entre 370 y 522 mil interrupciones de embarazo por año.

En los países donde el aborto legal está sumamente restringido, es posible que se dé un acceso desigual a un aborto sin riesgos. En estos contextos, los abortos que cumplen con los requisitos de seguridad se convierten en el privilegio de los ricos, mientras que las mujeres de escasos recursos no tienen otra opción que acudir a profesionales no seguros, que provocan discapacidades y la muerte.

A su vez, resulta fundamental tener presente que ningún método anticonceptivo es 100% eficaz. Por ello, a pesar de su utilización, se prevé que unas 33 millones de usuarias padezcan un embarazo accidental cada año mientras usan métodos anticonceptivos.

La OMS estima que cada año quedan embarazadas 208 millones de mujeres. El 41 % (u 85 millones) de los embarazos no son deseados. De esta manera, el uso exclusivo de anticonceptivos no logra eliminar la necesidad de las mujeres de acceder a servicios para un aborto sin riesgos.

Este contexto no se modifica con la penalización de esta práctica. La condición legal del aborto no produce ningún efecto sobre la necesidad de una mujer de tener un aborto, pero afecta dramáticamente su acceso a un aborto sin riesgos. Según estima la OMS, aproximadamente 47 000 muertes relacionadas con el embarazo son provocadas por complicaciones de un aborto inseguro. Además, se estima que 5 millones de mujeres sufren incapacidades como resultado de las complicaciones de un aborto inseguro.

Otra estadística que destaca la OMS y que agrava la situación de las mujeres es que una de cada cuatro mujeres sometidas a un aborto inseguro probablemente desarrolle una incapacidad temporal o permanente que requiera atención médica. Por cada mujer que solicita atención posterior al aborto en un hospital, existen varias que se sometieron a un aborto inseguro pero que no procuran atención médica, ya sea porque consideran que la complicación no es algo serio o porque carecen de los medios económicos necesarios oporque temen al abuso, al maltrato o a una represalia legal.

En nuestro país, en el año 2011 se registraron 47.879 egresos hospitalarios por aborto, de los cuales el 19% correspondió a mujeres menores de 20 años. En 2012 murieron en nuestro país 33 mujeres a causa de embarazos terminados en aborto. Dos de ellas eran adolescentes menores de 20 años y 7, jóvenes de entre 20 y 24 años.(DEIS, 2013)

En Argentina el aborto se encuentra penado por el Código Penal, excepto por dos causales: que corra riesgo la vida de la mujer o si el embarazo es producto de una violación.

Según el protocolo de atención del Ministerio de Salud (2015), se considera como causal por riesgo para la vida de la mujer cuando el embarazo representa un peligro y este peligro no pueda ser evitado por otros medios.

Desde este punto de vista, la salud se entiende como física, mental-emocional y social. La afectación de la salud mental incluye al dolor psicológico y al sufrimiento mental asociado con la pérdida de la integridad personal y la autoestima. Además, debe considerarse como una la posibilidad de afectación de la salud. No se exige una determinada intensidad del peligro. Alcanza con la potencialidad

Por otra parte, cuando el embarazo proviene de una violación no se exige presentar denuncia policial o judicial. El único requisito es que la mujer o su representante legal realicen una declaración jurada en la que afirme que el embarazo que cursa es producto de una violación.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación sentó precedente en este caso a raíz del dictado del fallo conocido como “Fallo F.A.L” en el año 2012. En el escrito, se afirma que  “[…] no puede ni debe ser obligada a solicitar una autorización judicial para interrumpir su embarazo, toda vez que la ley no lo manda, como tampoco puede ni debe ser privada del derecho que le asiste a la interrupción del mismo ya que ello, lejos de estar prohibido, está permitido y no resulta punible”

Por otra parte, se especifica que el Estado tiene la obligación “[…] de poner a disposición de quien solicite la práctica, las condiciones médicas e higiénicas necesarias para llevarlo a cabo de manera rápida, accesible y segura”.

De esta manera, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como autoridad suprema del pronunciamiento que se deriva del carácter de intérprete último de la Constitución nacional y de las leyes que posee el Tribunal, tomó intervención y estableció que:

  • La realización de una ILE no está supeditada a ningún trámite judicial. Ello es innecesario, ilegal y pasible de sanción. Se considera un acto de violencia institucional conforme la Ley 26.485.
  • No se requiere denuncia penal, ni prueba de violación ni sentencia judicial
  • Se garantice la información y la confidencialidad a la mujer
  • Exhortó al Estado Nacional y a las Provincias a dictar protocolos hospitalarios para la atención de ANP, removiendo barreras administrativas o Fácticas.
  • Objeción de conciencia. Expresarla al momento de dictar el protocolo o al ingreso a la institución hospitalaria. No hay objeción de conciencia Institucional.
  • Se debe brindar un ambiente cómodo, seguro, que brinde privacidad, no revictimizar, asistencia psicológica y asesoramiento legal, de ser solicitada.

Por esta razón, se elaboró el protocolo de atención por parte del Ministerio de Salud de la Nación. Este Protocolo es de “aplicación obligatoria en todo el territorio argentino y debe ser puesto en práctica por todas las instituciones sanitarias, tanto públicas como privadas”.

¨La causal salud incluye el peligro para la salud y el peligro para la vida. Según la OMS, la salud implica el “completo estado de bienestar físico, psíquico y social, y no solamente la ausencia de enfermedades o afecciones”. Una atención adecuada y completa de situaciones que habilitan la ILE implica necesariamente una visión integral de la salud.

El peligro para la salud debe ser entendido como la posibilidad de afectación de la salud. No requiere la constatación de una enfermedad y, en este sentido, no debe exigirse tampoco que el peligro sea de una intensidad determinada. Bastará con la potencialidad de afectación de la salud de la mujer para determinar el encuadre como causal de no punibilidad para el aborto.

La afectación de la salud mental puede resultar en un trastorno mental grave o una discapacidad absoluta, pero incluye también el dolor psicológico y el sufrimiento mental asociado con la pérdida de la integridad personal y la autoestima

En el año 2010, el Comité de Derechos Humanos de la ONU expresó si preocupación por la legislación restrictiva del aborto contenida en el artículo 86 del Código Penal, así como por la inconsistente interpretación por parte de los tribunales de las causales de no punibilidad contenidas en dicho artículo. (Artículos 3 y 6 del Pacto)

De esta manera, el Comité instó al Estado Parte a modificar su legislación de forma que la misma ayude efectivamente a las mujeres a evitar embarazos no deseados y que éstas no tengan que recurrir a abortos clandestinos que podrían poner en peligro sus vidas. El Estado debe igualmente adoptar medidas para la capacitación de jueces y personal de salud sobre el alcance del artículo 86 del Código Penal.

Es en este contexto en el que el debate por la despenalización del aborto ingresará una vez más al Congreso de la Nación gracias a la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. En esta oportunidad, estará en mano de los y las legisladoras abordar esta temática con responsabilidad, teniendo siempre en cuenta que no importan las creencias individuales sino que se trata de una problemática de salud pública que afecta a miles de mujeres en todo el país.

Diario Femenino


Convocamos al ¡Migrantazo!

Lunes 5 de marzo, 15hs, frente al Congreso de la Nación.

Los y las migrantes reunidos ayer en Reunión Abierta, analizamos la enorme avanzada contra la migración del gobierno de Mauricio Macri. El proyecto de ley presentado por un grupo de diputados oficialistas para cobrar los “servicios” de salud y educación a extranjeros no sólo representa la enorme xenofobia de este gobierno que pretende culpar a lxs migrantes de la crisis, sino también desenmascara el verdadero propósito de Cambiemos, privatizar sectores de la salud y la educación para todxs, es decir, también para las y los argentinos.

Por eso desde la campaña Migrar no es delito convocamos este lunes 5 de marzo al ¡Migrantazo! a las 15hs, frente al Congreso de la Nación; previamente se desarrollará una Conferencia de Prensa en la Legislatura Porteña a las 12hs.

¡Esperamos a todos y todas!

¡Migrar no es delito, es un derecho, la salud y la educación también!

#AnulacionDelDNU70
#MigrarNoEsDelito

Migrar no es delito

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