México: desde enero, se podrá cosechar marihuana para fines científicos y terapéuticos

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México tendrá en el primer trimestre del 2018 los primeros productos elaborados a base de cannabis, aseguró hoy el titular de la Comisión Federal Para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris), Julio Sánchez y Tepoz.

En una rueda de prensa, detalló que a principios de 2018 se dará a conocer la reglamentación para sembrar y cosechar mariguana con fines científicos y terapéuticos.

El 20 de junio pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que legaliza la mariguana con fines científicos y terapéuticos en todo México, tras lo cual la Cofepris debe emitir la reglamentación en un periodo de 180 días.

El protocolo que deberán presentar los solicitantes de permiso tiene que ser aprobado tanto por un comité científico como por uno de ética, a fin de definir la cantidad de cannabis que se puede sembrar y cosechar.

Según la norma, los productos para uso terapéutico pueden tener 1 por cineto o más de concentración de Tetrahydrocannabinol (THC, sustancia psicoactiva del cannabis).

En tanto, los productos que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del 1 por ciento o menores de THC y que tengan amplios usos industriales podrán comercializarse, exportarse e importarse, cumpliendo los requisitos establecidos en la regulación sanitaria.

La nueva regulación mexicana permitirá el acceso a medicamentos a personas con enfermedades como la epilepsia, la artritis, el alzheimer, el asma, el dolor crónico, algunos tipos de cáncer y glaucoma, entre otras.

Por otra parte, Sánchez y Tepoz precisó que hasta el momento se han dado siete autorizaciones para consumo de cannabis de forma lúdica, pero todas han sido otorgadas por vía judicial, mientras que otras 431 solicitudes ya han sido negadas o desechadas por la Cofepris.

La Suprema Corte de Justicia declaró en noviembre de 2015 inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud y concedió a cuatro ciudadanos amparos para sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y autoconsumir mariguana sin fines comerciales.

El fallo solo aplica para estos cuatro ciudadanos y los demás deben presentar sus propios amparos hasta que el alto tribunal emita cuatro criterios más en el mismo sentido para sentar jurisprudencia.

Sin Embargo

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