Costa Rica: Congreso aprueba reformas a ley sobre violencia contra la mujer
Dos reformas aprobadas por el plenario legislativo buscan por una parte reconocer la igualdad de género dentro del Primer Poder de la República y en segundo lugar fortalecer la ley de penalización de la violencia contra las mujeres.
Sobre la primera reforma, se trata de una modificación al reglamento de la Asamblea Legislativa que fue acogida y firmada por diputados de diferentes fracciones y permitirá que la Comisión de la Mujer que atiende temas legislativos esté conformada por siete integrantes en lugar de cinco.
Con este cambio al artículo 86 del reglamento, el foro quedará en igualdad de condiciones que otras comisiones como la nombramientos, la de juventud, niñez y adolescencia, la de turismo, la de Derechos Humanos y la de Ciencia, Tecnología y Educación.
Cabe mencionar que ésto se gesta en el marco de la conciencia de género y la necesidad de lograr mayores avances en los temas relacionados con las mujeres, anuado a la gran cantidad de partidos políticos que en la última década han llegado al congreso y no logran tener representación femenina en el Primer Poder de la República.
La diputada del Partido Acción Ciudadana (PAC), Emilia Molina Cruz, quién fue la que presentó la iniciativa manifestó que este es un paso positivo que mejorará el trabajo que realizan éste grupo de mujeres.
“Todos los partidos políticos representados en la Asamblea, reconocen la relevancia de la Comisión de la Mujer como espacio fundamental para la elaboración y la equidad de género”, expresó la legisladora oficialista.
El proyecto de ley 19. 634 fue votado de forma unánime por 41 diputados presentes en el plenario, ésto luego de haber sido dictaminado en la Comisión de Reglamento.
Por otra parte, los legisladores aprobaron en primer debate la reforma a la Ley de penalización de la violencia contra las mujeres, la cual tiene como objetivo principal evitar el trato discriminatorio, esto debido a que con base en la ley actual, la pena a la que se haría acreedora a una mujer por cometer fraude de simulación de bienes gananciales (bienes de pareja), podría ser siete años mayor a la que se impondría a un hombre.
“Con esto evitamos que los plazos de prescripción en uno y otro caso no varíen considerablemente, y así no quede la mujer en una clara des ventaja frente a su esposo ante los tribunales de justicia del país”, indicó la liberacionista Mauren Clarke.
La primera versión de ésta ley fue aprobada por la Asamblea Legislativa en el año 2007, sin embargo fue avalada con clausulas diferenciadas para los sanciones de los hombres y las mujeres.
“No sabemos por qué esto quedó así, pero establecía una discriminación odiosa contra las mujeres, pues el fraude en estas circunstancias es una forma de violencia patrimonial. Había que subsanar este error”, señaló el jefe de Fracción Frenteamplista, Edgardo Araya Sibaja.
Con la reforma aprobada, la pena deja de establecerse en 8 meses para pasar a ser de 2 meses a 3 años si el monto defraudado no excede 10 veces el salario base y de 6 a 10 años si excede los 10 salarios base.