La Corte Constitucional aprueba la sentencia que avala el matrimonio igualitario
Con la aprobación de la ponencia positiva presentada por el magistrado Alberto Rojas Ríos la Corte Constitucional aprobó definitivamente el matrimonio entre parejas homosexuales en Colombia y dictaminó que los jueces y notarios no podrán negarse a realizar estas uniones.
La votación fue de seis votos contra tres y después de un intenso debate en el máximo tribunal constitucional se impuso el argumento de la protección a los derechos fundamentales a la igualdad, la libertad y la dignidad humana.
La ponencia de Rojas señaló que el matrimonio no puede considerarse exclusivamente como la unión de un hombre y una mujer y que es una figura que se debe aplicar sin distinción de género. También dictaminó que el matrimonio entre una pareja homosexual tendrá los mismos efectos jurídicos y vinculantes que uno de una pareja heterosexual.
Para la Corte, no se puede seguir perpetuando formas de discriminación que impidan a una población el goce efectivo de sus derechos por su condición sexual.
«Hombres y mujeres forman parte de la especie humana, la igualdad implica dar trato igual a los que son iguales (…) Todo ser humano, por el hecho de serlo, le asiste el derecho fundamental a contraer matrimonio sin ninguna clase de discriminación (…) La propuesta de fallo es una oportunidad perdida para remediar una situación de discriminación secular contra una minoría sexual en Colombia, en términos de dignidad humana, libertad e igualdad para contraer matrimonio en las mismas condiciones que usualmente lo celebran las parejas heterosexuales», expuso el magistrado Rojas ante la Sala.
Sin embargo, la intención de elevar el matrimonio a derecho fundamental, que venía contemplado en la ponencia, fue derrotado durante el debate.
El pasado 7 de abril la Corte Constitucional había dado vía libre al matrimonio de parejas homosexuales al hundir, seis votos contra tres, la ponencia negativa presentada por el magistrado Jorge Pretelt que buscaba restringir a los homosexuales su derecho a casarse.
Para el director de Caribe Afirmativo, Wilson Castañeda, la ponencia tiene tres elementos contundentes: Dejar válidos los matrimonios de personas homosexuales celebrados desde 2013, que según la oficina de supernotariado y registro son entre 50 y 55; advierte que el ejercicio del matrimonio igualitario, así como ocurre con el matrimonio heterosexual puede realizarse en cualquier juzgado y notaría; y en tercer lugar aclara contundentemente que ni jueces ni notarios se pueden negar al matrimonio aduciendo objeción de conciencia.
«Para Caribe Afirmativo la decisión de hoy jueves 28 de abril ratifica la decisión tomada el pasado 7 de abril y está cerrando el ciclo garantizando la igualdad real. En la ponencia del magistrado Rojas leemos el reconocimiento de que las parejas homosexuales son iguales a las heterosexuales, un reconocimiento sustentado en la constitción. También encontramos en la ponencia encontramos elementos jurídicos para blindar el matrimono», afirmó Castañeda.