Primera condena a un empresario por delitos de lesa humanidad durante la dictadura

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El Tribunal Oral Federal de Salta condenó al ex propietario de La Veloz del Norte, Marcos Levín, a 12 años de prisión por considerarlo partícipe necesario de los delitos de privación ilegítima de la libertad e imposición de tormentos, en contra de un ex trabajador y gremialista de su empresa, y se convirtió en el primer empresario en el país condenado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar.

“Los jueces han demostrado que tienen un alto honor y no tuvieron miedo de dictar una sentencia ejemplar. Esto nos demuestra que tenemos que confiar en la justicia. Se trata de un empresario de mucho poder”, dijo a Télam Víctor Manuel Cobos, el ex empleado de la empresa de Levín y víctima en este juicio.

Las afirmaciones de Cobos fueron formuladas en la sala de audiencia de los tribunales federales salteños, minutos después de escuchar la sentencia en el octavo juicio que por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura se desarrolló en Salta.

“Este es el resultado de 40 años de lucha y espera”, afirmó Cobos, quien fue detenido el 22 de enero de 1977, en la empresa, y desde allí trasladado a la entonces comisaría cuarta, donde fue torturado y obligado a firmar una declaración para acusar a compañeros de una estafa a la empresa.

Este lunes, el tribunal integrado por Federico Díaz, Carlos Jiménez Montilla y Gabriel Casas, condenó en mayoría a Levín, a 12 años de prisión.

Los jueces consideraron al empresario partícipe necesario de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas y por el tiempo de duración, e imposición de tormentos, agravado por resultar la víctima un perseguido político.

En tanto, a los ex policías Víctor Hugo Bocos y Víctor Hugo Almirón los consideró coautores de estos mismos delitos y también les impuso 12 años de prisión, mientras que su par Hugo Enrique Almirón recibió una condena de 8 años de prisión.

Además, los magistrados declararon los hechos analizados en este proceso como delitos de lesa humanidad
El juez Gabriel Casas fue el que votó el fallo en disidencia y consideró a Almirón autor mediato de los hechos, mientras que a Bocos y a Cardozo los encontró autores materiales de los delitos que se analizaban en este juicio, y a Levín cómplice necesario.

En la sentencia, Casas aclaró que para él, a Almirón y Bocos les cabía la pena de ocho años de prisión, seis años para Cardozo y tres años de prisión en suspenso para Levín.

La audiencia final de este juicio -que comenzó en septiembre-, dio inicio a las 15, cuando los jueces les dieron la oportunidad a los cuatro acusados de ejercer el derecho de pronunciar las últimas palabras antes de cerrar el debate.

En la ocasión, tanto Levín como los tres ex policías imputados hicieron uso de ese derecho y coincidieron en un discurso escueto, solo destinado a proclamar sus respectivas inocencias.

Luego, el tribunal se retiró a deliberar y pasadas las 16.30 retornó para dar a conocer el fallo, cuyos argumentos serán dados a conocer el 23 de mayo próximo.

La sala de audiencias se encontraba colmada, y además de familiares de la víctima y representantes de organismos defensores de derechos humanos, estaban presentes funcionarios nacionales y provinciales.

Oscar Rodríguez, de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos de La Plata, dijo a Télam que “Salta tiene que estar orgullosa”, porque éste “es un juicio histórico, que marca un camino en la etapa que se viene de juzgamientos en la Argentina”.

“Nosotros pretendemos que esta etapa sea del sector civil, que no son directamente partícipes sino coautores del genocidio en la Argentina, y esta sentencia me parece que nos marca el camino”, señaló Rodríguez, quien explicó que el fallo “seguramente va a ser motivo de un recurso de casación, y si Casación la confirma los imputados deberán ir detenidos”.

Por su parte, el fiscal federal Francisco Snopek, que solicitó 18 años de prisión para Levín, manifestó que esperaban que “se llegue a la condena, más aun cuando estaba en discusión si se trataba de delitos de lesa humanidad”.

En cuanto a la pena, “si bien no es lo que habíamos requerido nosotros, entendemos que al ser el primer juicio de estas características en la Argentina ha sido una pena buena, así que dentro de todo estamos conformes”.

Cobos, que era integrante de la comisión directiva de la Unión Tranviarios Automotor, fue acusado de una supuesta estafa.

Por ello, lo detuvieron en la empresa y fue trasladado por Bocos –que era subcomisario y empleado de La Veloz del Norte- y por Cardozo, a la comisaría cuarta, que estaba a cargo del entonces comisario Almirón.

Allí lo torturaron y lo obligaron a firmar una declaración acusando a sus compañeros y aceptando el robo a la empresa, tras lo cual fue derivado al penal de Villa Las Rosas y liberado tres meses después.

El querellante David Leiva manifestó que “algunos que salieron a difamar dijeron que esto fue motivado por algún pedido de indemnización que no se hizo, o por alguna defraudación que Levín decía que había sufrido su empresa”.

“Creo yo que esta es una construcción colectiva”, expresó Leiva, quien agregó: “Esta sentencia vino a poner una verdad escrita y formal de algo que nuestros pueblos sabían, que es la complicidad empresarial con la dictadura cívico militar”.

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Las “contribuciones” de Levín

Un emergente clave del alegato de los fiscales en la causa fue la reconstrucción de los “aportes” realizados por el empresario, a partir de datos recogidos a lo largo de la investigación. En ese sentido, mostraron que Levín:

Aportó acción psicológica: es decir creó las condiciones sociales favorables para el accionar represivo. En ese punto, recordaron que, a través de la Federación de Empresarios Salteños de Transporte y de las solicitadas publicadas en los medios de prensa, realizó un pedido público para que se aplicara la ley antisubversiva e intervinieran los militares y las fuerzas de seguridad.

Aportó información de inteligencia sobre los trabajadores. Aquí cuentan: los diagramas de servicio que permitieron conocer los lugares donde detener a los trabajadores y el aporte de los domicilios y datos sobre la actividad gremial. Esto se hizo, explicaron, a través de la colaboración de otras personas, como el entonces subcomisario Bocos, que a la vez cumplía funciones de seguridad dentro de la empresa.

Aportó listas de trabajadores que debían ser detenidos y torturados.

Aportó la denuncia contra los trabajadores para que se desencadenaran los operativos.

Aportó vehículos de línea y automóviles particulares de la empresa que se usaron para los secuestros y traslados.

Aportó personal dependiente de la empresa para los traslados de los detenidos que estaban en Tucumán y la persecución desplegada al interior de la empresa contra los trabajadores más combativos.

Aportó instalaciones de la empresa para que se produjeran los secuestros.

Aportó recursos económicos y dádivas al personal policial para que reprimiera a los trabajadores.

Página12


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