Argentina: vía decreto, Macri oficializa modificaciones a la Ley de Medios y defensoría pública pide intervención de la CIDH
Luego del extenso feriado de fin de año, el Boletín Oficial publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) y que fuera anticipado el 30 de diciembre último. El texto echa por tierra el carácter antimonopólico de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA). A partir de ahora será el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) el que determinará que el mercado audiovisual se vuelque una vez más a la concentración mediática terminando, como preveía la Ley de Medios, con la pluralidad de voces y opiniones.
No sólo con eso termina, sino también, como consideran en el equipo del desplazado titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Martín Sabbatella, con la finalización de la democratización de la toma de decisiones tanto en ese organismo como en la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (AFTIC), ente también alcanzado por el DNU.
A partir de ahora ya no existirá más el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (Cofeca), donde estaban representados los gobiernos provinciales, el sector privado, los medios con y sin fines de lucro, los medios públicos, las universidades, las gestoras de derechos, los trabajadores organizados del sector y los pueblos originarios. Eso no existe más.
Tampoco proseguirá la actual integración del directorio porque, según ordena el DNU, estará conformado por un presidente y tres directores nombrados por el Poder Ejecutivo y otros tres, que serán propuestos por la comisión bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual.
De esos tres, uno corresponde a la primera minoría, uno a la segunda y el último a la tercera minoría parlamentaria. Esto será materia de discusión en el Congreso ya que en lo últimos días el oficialismo consiguió el respaldo de otros bloques, al menos en Diputados, para integrar una suerte de nuevo Grupo A con el que pretenden desplazar al FPV de su condición de primera minoría.
Más allá de este detalle lo que importa es que, a diferencia de la Ley de Medios, los miembros del directorio podrán ser removidos de sus puestos sin mediar causa por la cabeza del Ejecutivo.
«La única necesidad de urgencia es la de responder a los intereses de (Héctor) Magnetto y Clarín, de pagarles los favores que le han hecho en campaña y de tener un blindaje mediático por las medidas antipopulares que han puesto en marcha», repitió Sabbatella (ver página 4) ante los pocos medios que quisieron oír su opinión. No es para menos, porque del estudio al articulado del DNU realizado por el equipo de Sabbatella, se desprende que el conglomerado mediático más beneficiado es el Grupo Clarín.
Por caso, el traslado del sistema de televisión por cable a las denominadas tecnologías de la información (TI) y las comunicaciones y de las telecomunicaciones (TIC) ya no obliga a los prestadores a contar con un canal local con producción propia. Esto puede provocar la desaparición de estos canales y, por ende, la pérdida de voces y puestos de trabajos.
El otro tema importante es la finalización de la obligatoriedad de respetar una grilla de programación al levantar señales y, por ejemplo, promover la llegada de señales extranjeras. El dato es de importancia porque si se tiene en cuenta que la penetración del cable es hoy del 85% en la población, al poder manejar a placer la grilla y la no obligatoriedad del canal local el propietario del cable monopoliza el mensaje.
El artículo 10 del DNU también es paradigmático. A partir de ahora el Grupo Clarín podrá acceder a prestar servicios, además del cable, telefonía e Internet en lo que se conoce como el Triple Play. El detalle es que impide por dos años que las empresas Telefónicas y Telecom puedan hacer lo mismo. La otra empresa dejada de lado en este servicio es Direct TV cuando en el artículo 17, que sustituye el 45 de la ley original, dice que este tipo de empresas no podrán acceder a licencias de servicios de comunicación audiovisual y de TIC.
El decreto termina con el artículo 48 que impedía la práctica de concentración indebida, esto es la existencia de vinculaciones societarias entre las diferentes empresas que se constituían una vez que se realizaba la adecuación voluntaria. Esto es lo que provocó que en su momento la AFSCA iniciara la adecuación de oficio del Grupo Clarín y Supercanal. Ahora eso ya no rige más. Tampoco existe el artículo 161 de las tan mentadas adecuaciones. Por lo tanto, a partir de ahora ya no tienen que hacerlo, además de Clarín, los grupos Telefé, Indalo, Supercanal, Cadena 3, Hombre Mil e Inversat.
El DNU no se olvida de los sectores de menores recursos, cuando elimina el artículo 73, que disponía la implementación de un abono social para estos sectores menos favorecidos de la sociedad. En otro orden, modifica los porcentajes en materia de regulación de redes de radio y TV. Antes podían retransmitir hasta un 30 por ciento. Ahora se mantiene el porcentaje para ciudades de más de 1,5 millones de habitantes y se aumenta a un 40% en aquellas que superan los 600 mil y hasta un 50% en poblaciones de menor cantidad.
LEY ARGENTINA DIGITAL
Los cambios a la Ley 27.078 impactan en la autorización del Estado sobre las operaciones que impliquen un cambio de titularidad y la venta parcial y/o total de empresas que tengan licencia de comunicaciones.
Las operadoras telefónicas -fijas y móviles- podrán sumar el servicio de radiodifusión paga después de 2018. El decreto otorga como mínimo diez años la licencia única de comunicaciones a las empresas de cable y radiodifusión.
Fue reemplazado el artículo 10 que condicionaba la separación en unidades de negocios distintas el contenido y el transporte de contenidos.
El decreto estipula que las transferencias de licencias y de participaciones accionarias sobre sociedades licenciatarias se considerarán efectuadas ad referéndum de la aprobación del Enacom. Este cambio impacta en la compra de Nextel por parte de Cablevisión.
LEY DE MEDIOS
Las empresas no podrán emitir acciones, bonos u obligaciones negociables sin autorización del Enacom cuando de estas operaciones esté comprometido un porcentaje mayor al 30% del capital social.
Las licencias serán susceptibles de una primera prórroga automática por cinco años, ante el mero pedido al Enacom. Las prórrogas posteriores serán de diez años, otorgadas por el nuevo organismo.
Las licencias podrán ser transferidas «a personas que cumplan con las condiciones de admisibilidad establecidas para su adjudicación», y deberán ser aprobadas por el Enacom. Hasta hoy eran intransferibles, con excepciones.
Fija nuevas reglas para la cantidad de licencias. En el orden nacional, se las lleva de 10 a 15 cuando se trate de televisión abierta o radio; y en el provincial, no podrá exceder las cuatro.
Ley de medios: la Defensoría del Público demandó la intervención de la CIDH
La Defensora del Público, Cynthia Ottaviano, solicitó hoy la intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) tras la oficialización del decreto presidencial que creó el Ente Nacional de Comunicaciones e introdujo modificaciones en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que según la funcionaria «vulneran los estándares internacionales en materia de autonomía, independencia y pluralidad de este tipo de autoridades de medios audiovisuales».
Por medio de un comunicado de prensa, Ottaviano consideró que la creación del Ente Nacional de Comunicación, que fusionó a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) y la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Aftic), generó «una situación que amenaza el respeto de los principios que desde el sistema interamericano se han defendido» puesto que se están «vulnerando los estándares internacionales en materia de autonomía, independencia y pluralidad de este tipo de autoridades de medios audiovisuales».
En este sentido, reclamó la intervención de la CIDH, «en el marco de sus facultades» precisó, ya que entiende que leídas en conjunto, las medidas dictadas por el Gobierno Nacional «desarticulan todo el andamiaje institucional que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) había creado para garantizar la autonomía, independencia y pluralismo de la Autoridad de Aplicación y para dar adecuado cumplimiento a los estándares internacionales en la materia»
La solicitud de «urgente intervención» efectuada por la Defensoría al Relator Especial para la Libertad de Expresión de la OEA, Edison Lanza, tiene «el fin de evitar que las medidas adoptadas signifiquen un retroceso en la protección de los estándares interamericanos en materia de libertad de expresión».
Por otra parte, pide al Relator que «arbitre los medios necesarios para convocar a una audiencia con carácter urgente con el objeto de analizar la situación aquí planteada».
“Es un retroceso gravísimo”
La abogada y redactora de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual Graciana Peñafort consideró “absolutamente ilegal” la maniobra mediante la que, por medio de un DNU, el gobierno de Mauricio Macri derogó los artículos antimonopólicos de esa norma que el grupo Clarín había reclamado como inconstitucionales, disolvió a su organismo de control, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), a su organismo representativo, el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, y anunció la elaboración de una nueva norma que la reemplace. “Es peligroso lo que han hecho, es un problema severo para la democracia argentina el abuso de herramientas constitucionales y el absoluto desconocimiento tanto de las normas de la Constitución, la división de poderes y el federalismo”, evaluó Peñafort y analizó la jugada por encima de lo ideológico: “Esto ni siquiera es un liberalismo. Es un abuso de poder de un grupo concentrado”, sentenció.
–¿Por qué considera ilegal el decreto de necesidad y urgencia 267/15?
–De entrada, contraviene una orden judicial. Hay una precautelar establecida por un juez de La Plata (Luis Arias) que determinó que no se podían afectar las competencias de la Afsca hasta que un juez competente interviniera en la cuestión de fondo (N.d.R.: la intervención que el Gobierno impuso semanas atrás para remover a su directorio), algo que Mauricio Macri ha desconocido y que configura un delito penal. El jefe de Gabinete, Marcos Peña, hizo la conferencia de prensa para anunciar este DNU el 30 de diciembre, un día antes de la firma supuesta. En esa conferencia, incluso, dijo que el DNU no estaba firmado. Macri estaba de vacaciones en La Angostura. ¿Firmó de vacaciones? Allí, entonces, habría falsedad ideológica, otro delito. Cambiando la fecha de elaboración no se evita una precautelar: las leyes no son válidas hasta su publicación. Por lo tanto, si aun la hubiesen firmado el 29, no podrían haberla publicado después de haber conocido la precautelar, que se les informó expresamente el 31. Y hay otros incumplimientos: el organismo que crean es descentralizado. La ley 25.152 exige que esa clase de organismos deben ser creados por ley, no por decreto. Y, luego, la necesidad y urgencia tiene que estar acreditada. Lo ha dicho reiteradas veces la Corte: no es un rótulo que se les pone a los decretos para que el Ejecutivo evada el control del Congreso. En este caso, no solo no está acreditada, sino que el propio texto del decreto la contradice en varias oportunidades. Pongo un ejemplo: disuelve el Consejo Federal en donde estaban representadas todas las provincias, y plantea un plazo de 60 días para conformar otro. ¿Dónde está la urgencia?
–¿Cuáles son los ejes de la LSCA que anula el DNU?
–Este decreto modifica los artículos que el Grupo Clarín peleó en la Corte y que no pudo defender con argumentos. Tartamudeaban sus abogados. Lo que necesitaban y lograron fue el ejercicio abusivo del poder. En general, el DNU suprime todo tipo de control del Estado y de la ciudadanía en materia de medios de comunicación. Deja sin efecto los límites a la concentración, anula las herramientas anitimonopólicas de la ley. Y eso es contrario a los estándares internacionales en materia de libertad de expresión. Se ha dicho desde diferentes organismos internacionales que tiene que haber una regulación que evite la concentración en materia de medios de comunicación porque ésta altera, vulnera, lastima, la libertad de expresión. Si hasta Estados Unidos, país liberal si los hay, tiene límites a la concentración mediática. Esto ni siquiera es un liberalismo, esto es un abuso de poder de un grupo concentrado.
–¿Qué plantea en cuanto a la tenencia de licencias?
–Eso también es importante. Hasta antes de este decreto, un licenciatario podía tener hasta 10 licencias con uso de espectro. El DNU permite 15. Si tenemos claro que el espectro es finito, que no se estira como chicle, también sabemos, entonces, que para que alguien tenga más, otros deben no tener. Esas cinco, antes del decreto, estaban en manos de otras que ahora pasarían a no tener nada. Pero además de esto hay otra cosa gravísima: la LSCA establece audiencias públicas para la renovación de licencias. El DNU aplica la renovación de licencias automática, anulando la participación ciudadana. Están sacando al público, a las audiencias, su posibilidad de participar. Además, hacen cosas que implican la claudicación del poder de policía del Estado. Ellos determinan que la compra de licencias se debe informar al nuevo organismo. Si el Estado se demora 90 días en responder, se considera aprobada esa transacción. Hace años, la Sigen a propósito de un informe sobre lavado de dinero presentado pro Elisa Carrió, había recomendado que el Estado debía controlar profundamente las transacciones de medios por la utilización de dinero proveniente de lavado en ellas. Pues ahora el Estado no va a controlar más nada.
–¿No hay otro organismo del Estado a cargo de controlar el lavado?
–Sí. Se pueden investigar compraventas con dinero sucio, pero la compraventa ya va a estar consolidada.
–¿Entiende las modificaciones como un retiro del Estado?
–Absoluta falta de control sobre las adquisiciones de medios, sobre las condiciones de compra, saneamiento de transacciones violatorias a la norma vigente, absoluta falta de control antimonopólico: el Estado deja de participar. El efecto es una violación absoluta a la libertad de expresión. Hay monopolios en otros ámbitos, pero en los medios no puede haberlos porque tienen efectos directos en la vida institucional de un país. La concentración de medios moldea la opinión pública en una sola visión: desaparecen temas, desaparecen perspectivas, propicia un discurso hegemónico que termina en planteos como el de “La crisis causó dos nuevas muertes”. Tan sencillo y siniestro como eso.
–¿Considera que el DNU es una devolución de favores a Clarín?
–No. Es una manera de entender la política. El gobierno cree que la política es que los medios no muestren ciertas cosas y que hagan negocios. Así, cercenan la libertad de expresión a través de la clausura de la pluralidad de voces. Esto es un retroceso institucional gravísimo. Es peligroso lo que han hecho, tanto como intentar nombrar a jueces por decreto. Es un problema severo para la democracia argentina el abuso de herramientas constitucionales y el absoluto desconocimiento tanto de las normas de la Constitución, la división de poderes y el federalismo. No puede gobernar sin obedecer al Congreso, sin seguir las órdenes del Poder Judicial e ignorando la trayectoria que del 83 a esta parte el Estado nacional ha consolidado en materia de derechos humanos. Este decreto es una clara violación a los derechos humanos de toda la ciudadanía.
–¿Qué herramientas tiene la ciudadanía para evitar esta situación?
–Accionar judicialmente. Cualquier ciudadano puede reclamar ante la Justicia que sus derechos han sido violados. Yo además hago un llamado a la política, a los movimientos sociales y al público en general para defender a una ley que nos representa a todos. Hay que marcar un límite. Macri ha decidido gobernar sin Congreso, sin Constitución y sin tratados de derechos humanos.
–Hasta tanto generen la nueva ley…
–Si vos necesitás verdaderamente una nueva ley llamás a extraordinarias o esperás a marzo. Sacar un decreto modificando la existente mientras trabajás en una nueva ley es fingir una democracia que no ejercen y lo hacen con un nivel de cinismo impresionante.