La Asamblea Nacional aprueba proyecto de ley que garantiza la identidad de género
La Asamblea Nacional del Ecuador aprobó este jueves el Proyecto de Ley Orgánica del Servicio Nacional de Gestión de la Identidad y Datos Civiles que garantiza los derechos de las mujeres, los grupos LGBTI, los ecuatorianos residentes en el Ecuador y los extranjeros que viven en el Ecuador.
Con 77 votos a favor, 2 en contra, uno en blanco y 20 abstenciones se aprobó el proyecto de esta nueva ley que es mucho más armónica con la Constitución del Ecuador aprobada en 2008. La ley vigente data de 1976 y tiene varios problemas en lo que se refiere a garantía de derechos.
El asambleísta Richard Calderón, ponente del proyecto de Ley y presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización Territorial, aseguró a Andes que el objetivo es generar un servicio más ágil y eficiente y proteger los datos de las personas.
La nueva ley además permite establecer las garantías que determina la Constitución en cuanto a derechos como la igualdad de extranjeros en el territorio ecuatoriano, la no discriminación y desarrollar las características de la identidad tales como la nacionalidad y la procedencia familiar.
Uno de los cambios fundamentales es que las personas podrán elegir si en la Cédula de Ciudadanía conste su sexo o su género, un derecho que está garantizado en la propia constitución que asegura que no puede existir discriminación por identidad de género.
“La ley vigente solo permite que se ubique en el documento de identidad el campo sexo lo que se ha propuesto en el proyecto de ley es que voluntariamente, a los 18 años, una persona puede cambiar el campo sexo por género y así pueda auto determinarse porque el sexo es biológico y el género es social”, señaló Calderón.
Otro avance importante es que los niños sean inscritos con el apellido de la madre si así lo deciden los padres. Es decir las parejas podrán elegir cual apellido iría primero en el nombre de su hijo siempre que haya un consenso. Actualmente está determinado que primero se coloque el apellido del padre y luego el de la madre.
La unión de hecho se garantiza y se puede celebrar en el Registro Civil entre personas del mismo sexo. Además será un juez el que determine si estas parejas pueden adoptar un bebe.
Este nuevo documento permite además que ciertas competencias del Registro Civil puedan ser ejecutadas por el cónsul o el representante diplomático para los ecuatorianos que viven en otros países.
La Dirección de Registro Civil cambiaría su nombre por Dirección de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, esto porque la institución no solo se encarga de remitir la Cédula sino que oficia matrimonios y otras actividades relacionadas con la identidad de las personas.
El ejecutivo tiene 30 días para establecer el veto, la Asamblea deberá tratar el veto y después de ello la ley pasaría a registro oficial.