Ingresa a la Cámara de Diputados proyecto que busca habilitar el voto en el extranjero

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A la Cámara de Diputados ingresó el proyecto de ley que regula el ejercicio del derecho a voto de los chilenos en el extranjero. La iniciativa, que fue firmada por la Presidenta Michelle Bachelet el viernes, establece los procedimientos para que los residentes en el exterior puedan sufragar en elecciones presidenciales, primarias para esos comicios y plebiscitos nacionales.

En el mensaje que acompaña el proyecto de La Moneda se dan algunos detalles de un proceso inédito: la propaganda electoral más allá de nuestra fronteras. Es así que se anuncia que se restringirá para estos fines los espacios públicos del país extranjero y se señala que las condiciones quedarán establecidas por el Servel.

“La propaganda electoral en el extranjero se efectuará a través de los medios más idóneos que consideren las características y circunstancias del país respectivo, de conformidad a lo establecido mediante resolución fundada del Servel, asegurando la igualdad de condiciones entre los distintos candidatos”, dice el proyecto.

Además, se indica que esta propaganda también se imputará al límite de gasto electoral de cada postulante.

También se señala que los cónsules o funcionarios de las oficinas diplomáticas “no podrán realizar ni participar, en calidad alguna, en actos de propaganda electoral”. Estos -dice el texto- “deberán limitarse a hacer disponible la información electoral y su difusión en los términos que determine el Servel”. Esto dice relación con candidatos en disputa, lugares y horarios de votación, etc.

Respecto de los procedimientos, se plantea que la inscripción podrá realizarse en los consulados, oficinas de extranjería o de policía internacional y se fija como límite 140 días antes de los comicios. Así, se establece que el padrón electoral en el exterior deberá estar conformado a más tardar 60 días antes de la elección o plebiscito.

Si bien los locales de votación estipulados como “preferentes” serán los respectivos consulados, el proyecto también deja abierta la opción de que se establezcan otros lugares. En este caso, serán definidos por el Servel, a más tardar 90 días antes de la votación, tomando en cuenta la presencia de chilenos habilitados para ejercer el voto. Esto en el entendido nuestro país no cuenta con embajadas o consulados en todos los países en los que tiene algún tipo de representación diplomática o comercial de alto nivel.

Sobre el desarrollo de los comicios, se señala que estos se llevarán a cabo en la misma fecha que en Chile, sin embargo, se ajustarán al huso horario de cada país.

Además, las mesas de votación sólo podrán cerrar después de las 18.00 (hora chilena) y el escrutinio será realizado cuando todas las mesas en territorio nacional estén cerradas.

En tanto, se especifica que quienes actúen como vocales de mesa serán los propios chilenos en el extranjero. Aquí, la Junta Electoral establecida en cada consulado seleccionará al azar tres electores, quienes al igual que en Chile, percibirán el bono destinado al cumplimiento de esta función en la moneda correspondiente.

Ya finalizada la votación, será el cónsul quien se encargará de hacer entrega de los resultados al Servel y al Tribunal Calificador de Elecciones. En primera instancia, el cómputo deberá ser entregado vía telefónica y por correo electrónico. De igual manera, los documentos oficiales tendrán que ser enviados a través de valija diplomática.

La Tercera

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