Perú | El Congreso aprobó pensión vitalicia al exdictador Alberto Fujimori
Congreso aprueba pensión vitalicia para Alberto Fujimori, pese a que no le corresponde por ser sentenciado
Por Narda Saavedra
El Congreso declaró procedente pedido del exdictador Alberto Fujimori para recibir pensión vitalicia por su periodo como jefe de Estado (1990 -2000). El beneficio económico será de S/15.600 y se otorgó en respuesta a una solicitud de la defensa legal del expresidente en abril último. Contradictoriamente, ese mismo Parlamento decidió no otorgar un remuneración mensual al exmandatario Pedro Castillo por tener, al igual que Fujimori, una acusación constitucional en su contra.
«La Ley N.º 26519, establece pensión para los expresidentes, para cuyo efecto, establece dos reglas en sus artículos 1° y 2°; siendo la primera, la de ostentar la calidad de expresidente constitucional de la República; mientras la segunda es no encontrarse acusado constitucionalmente, ‘salvo que la sentencia judicial los declare inocentes’», se lee en el documento.
Posteriormente, el escrito indica: “La suspensión de la pensión es instrumental, pues se halla condicionada a posterior de la acusación constitucional a la declaratoria de inocencia. La exigencia de esta declaratoria de inocencia podría vulnerar el derecho a la presunción de inocencia, reconocido por el literal e) del numeral 24 del artículo 2° de la Constitución […] En consecuencia y luego de la verificación antes mencionada, la solicitud […] resultaría procedente”.
Tras esta explicación, la resolución de la Oficina Legal y Constitucional del Congreso determinó que la solicitud «resultaría procedente».
De esta forma, se hizo efectivo el pedido realizado el último 24 de abril por la defensa legal del exmandatario. Solicitud que se realizó tan solo cuatro meses después de salir en libertad por orden del Tribunal Constitucional, que le restituyó el indulto otorgado por el exdignatario Pedro Pablo Kuczynski en el 2017.
Alberto Fujimori no puede recibir pensión vitalicia por acusación constitucional
Sin embargo, el artículo 2 de la Ley 26519 establece que este recurso no puede ser otorgado a un expresidente que ha sido acusado constitucionalmente y, en ese contexto, es encontrado culpable de la comisión de un delito.
En el caso concreto de Alberto Fujimori, el 30 de noviembre del 2000 el Congreso planteó una denuncia constitucional en su contra por una serie de delitos por los que, posteriormente, fue hallado culpable. En ese momento, el proceso de antejuicio siguió su curso y, el 23 de febrero del 2001, se inhabilitó a Fujimori del ejercicio de la función pública hasta por 10 años. Por ende, quedó aprobada la acusación constitucional en su contra.
Después de esto, el 7 de marzo del 2009, el Poder Judicial sentenció al expresidente Alberto Fujimori a 25 años de prisión por autoría intelectual de los crímenes de 15 personas, incluido un niño de 8 años, en Barrios Altos y de los ocho estudiantes y un profesor de La Cantuta.
Así, se cumplen los dos requisitos por los cuales el Congreso no debió otorgar la pensión vitalicia al exdictador.
Antecedente
Además, un antecedente respalda esta afirmación. En mayo de este año, el Congreso rechazó el requerimiento de pensión vitalicia solicitado por la defensa del expresidente Pedro Castillo argumentando que dicho beneficio se suspende si el Parlamento ha formulado acusación constitucional.
Así lo explica la resolución: «Estando a la denuncia constitucional contenida en la Resolución Legislativa del Congreso N° 006-2022-2023-CR del 17 de febrero de 2023 aprobada por el Congreso de la República, el señor José Pedro Castillo Terrones se encuentra incurso en la suspensión del derecho a percibir la Pensión para ex Presidentes Constitucionales de la República establecida en el artículo 2º de la Ley N° 26519».
Expertos confirman que Fujimori no debería recibir pensión vitalicia
El exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado confirmó a La República las razones por las cuales el exdictador no puede recibir una pensión vitalicia. «Me parece que no procede. Fujimori no solo fue acusado y destituido por el Congreso (…) Fujimori está incluso en una situación muy grave, pues supera ese estándar. Además, fue condenado por graves delitos, que constituyen graves violaciones de derechos humanos», manifestó.
De la misma forma, el exprocurador José Ugaz respaldó el sustento legal que impide al líder de Cambio 90 recibir más de S/15.000 al mes. «Es un exfuncionario público legalmente indigno y, por lo tanto, no cabe que el Estado le reconozca ningún derecho que por ejercicio del cargo pudo haber tenido o tiene quien ha cumplido con su función sin defraudar al Estado», explicó.
Por su parte, el procurador general del Estado, Javier Pacheco, resaltó que Fujimori no fue declarado inocente. “Él fue sentenciado por siete casos. De los cuales, tres están vinculados a corrupción y uno de estos fue el famoso pago de la CTS a Vladimiro Montesinos por 7 millones. Entonces, respecto a eso, se le impuso, en suma, un total de 27 millones de soles, dentro de los cuales, más los intereses al día de hoy, suman 57 millones, de los cuales no ha pagado ni un sol”, refirió.
‘Pensión vitalicia debería ser embargada’
En esa línea, Ugaz subrayó que el expresidente tiene una deuda pendiente de 57 millones de soles por concepto de reparación civil y que cualquier beneficio económico que se le otorgue sería embargado.
«(Alberto Fujimori) tiene una deuda millonaria, por lo que, en el supuesto negado que se le reconociera algún derecho económico, tendría que ser incautado hasta cubrir el monto de la reparación civil», finalizó.