Uruguay | Agua para todos: la justicia suspendió el Proyecto Neptuno – Por Luvis Hochimín Pareja

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Los conceptos vertidos en esta sección no reflejan necesariamente la línea editorial de NODAL. Consideramos importante que se conozcan porque contribuyen a tener una visión integral de la región.

Luvis Hochimín Pareja*

El juez en lo civil de noveno turno, Alejandro Recarey, ordenó a la estatal Obras Sanitarias del Estado (OSE)  que “no suscriba contrato con el Consorcio Aguas de Montevideo” hasta que “no se verifique resolución judicial expresa en sentido contrario”.

Ese consorcio está a cargo del proyecto Neptuno, una planta potabilizadora de agua tomada del Río de la Plata en la zona de Azaratí, para abastecer la demanda de agua potable de Montevideo y su área metropolitana y lo conforman las empresas privadas Saceem, Ciemsa, Berkes y Fast.

El proyecto, apoyado desde 2022 por el presidente derechista Luis Lacalle,  supondría una inversión superior a 200millones de dólares, pese a que la Constitución uruguaya señala explícitamente que «El agua es un recurso natural esencial para la vida… El servicio público de saneamiento y el servicio público de abastecimiento de agua para el consumo humano serán prestados exclusiva y directamente por personas jurídicas estatales”.

El proyecto tomaría agua del Río de la Plata, con el objetivo de aportar un 30% del volumen de agua potable para la zona metropolitana, y también contempla la construcción de un pólder o laguna artificial, con una capacidad de 4.0 hectómetros cúbicos.Inicialmente, se anunció como uno de los proyectos de inversión de agua potable más grandes en los últimos 150 años, pero desde sus inicios, la iniciativa generó un conflicto ambiental en beneficio de empresas privadas.

Desde el punto de vista medioambiental la realización de esta obra y el funcionamiento de la planta supondrían un impacto negativo, con pérdida de biodiversidad animal y vegetal, daño en áreas protegidas, daño en las dunas y contaminación de aguas subterráneas, entre otros. Otros problemas que podrían surgir son la elevada salinidad del agua del Río de la Plata y la alta presencia de cianobacterias.

Edgardo Ortuño,  director de OSE por la oposición, dejó sentados sus reparos al proyecto calificado como un intento de privatización del agua, y señaló que el mimo «se aprobó con falta de transparencia» y que su costo en asociación con privados es más caro que si se hiciera de forma estatal.

Recarey emitió una resolución en la que ordenó a OSE «no innovar» y que «no suscriba» el contrato con Aguas de Montevideo, que se iba a encargar de la obra en Arazatí, en la costa del Río de la Plata en San José, para realizar el proyecto Neptuno. De esta forma quedó suspendida la obra para una planta potabilizadora, un proyecto que generó rechazo en la oposición política y algunas organizaciones sociales ambientalistas.

El magistrado consideró que «hay extremos indiciarios serios» de que «podría estar optándose por servir a la población de la zona metropolitana un agua de menor calidad de la que podría disfrutar» si la toma se hiciese en fuentes más limpias. Además, señaló que «no surge que se haya discutido a fondo y con la necesaria transparencia pública las posibilidades que pudiera haber de sobrecostos gravosos en las tarifas del agua».

Varias partes involucradas como OSE, los ministerios de Ambiente y de Salud Pública apelaron la decisión del juez Recarey. La resolución será revisada por un Tribunal de Apelaciones. En caso de que ratifique la decisión del juez y finalmente se inicie el juicio por el tema de fondo, la instancia podría demorar años. El proyecto y la licitación habían sido se aprobados y se adjudicó al consorcio, pero no se firmó el contrato.

Organizaciones sociales cumplieron

De esta forma Recarey dio lugar a la medida cautelar de “no innovar” que había presentado en agosto de 2023 la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida (CNDAV) y el colectivo Tucu-Tucu, conformado por posibles afectados por el proyecto Neptuno y asesorados por la Clínica de Litigio Estratégico de la Universidad de la República.

En mayo de 2024 el Tribunal de Apelaciones en lo Civil admitió la demanda presentada por la CNDAV y Tucu-Tucu. El Tribunal consideró que las organizaciones sociales tienen legitimidad para reclamar medidas de no innovar en un caso en el que está en juego la protección del ambiente.

La medida pretendía suspender la adjudicación de la licitación pública del emprendimiento, pero como -sin embargo- esto se realizó, hubo que solicitar la no firma del contrato, lo que ahora el juez ordenó, y se trata del paso previo a iniciar un juicio contra OSE. Ahora las organizaciones tienen 30 días para presentar una demanda por el fondo del asunto, que es la construcción o no de la planta potabilizadora.

Los objetivos de la demanda eran la de asegurar que se cumpla la Constitución, que dictamina que el servicio de abastecimiento de agua debe ser prestado exclusivamente por el Estado; que se establezca una planificación de los recursos hídricos de acuerdo a los estándares internacionales y nacionales del derecho humano al agua, con la realización de un estudio de impacto ambiental y de ordenamiento territorial, con la participación real en el ámbito de los Consejos Regionales y Comisiones de Cuenca.

Asimismo que se ofrezcan garantías que se han contemplado los aspectos socio-ambientales respaldadas por la comunidad científica acerca de la sustentabilidad socio-ambiental de las obras y la calidad del agua potable del Río de la Plata a suministrarse con Neptuno.

Luego de realizadas las audiencias el 21 y 24 de junio, en las que fueron presentados como testigos numerosos representantes de la comunidad científica del Uruguay, el juez Recarey reafirmó en la sentencia la “legitimación activa” de CNDAV para presentar la medida cautelar y que existen “bases para suponer que puede estarse ante un proceso de privatización parcial del suministro público de agua potable en infracción constitucional”.

Asimismo, el juez consideró que “podrían existir severos riesgos de contaminación” del acuífero Raigón y áreas aledañas con Neptuno, y que “no surge que se haya discutido a fondo y con la necesaria transparencia pública las posibilidades que pudiera haber sobrecostos gravosos en las tarifas de agua”, entre otras cosas.

CNDAV, impulsora del plebiscito de 2004 que determinó que el agua es un derecho humano y que los servicios de agua y saneamiento deben ser prestados por empresas públicas, advirtió que el proyecto Neptuno es inconstitucional y no es una solución a la problemática del agua.

Ahora la justicia les dio la razón y brindó la oportunidad de que se abra un período para estudiar si Neptuno es la mejor opción o si es el momento de dar una discusión pública bien informada tal como lo dice el Artículo 47: los usuarios y la sociedad civil participaran en todas las instancias de planificación gestión y control de los recursos hídricos. Finalmente, los derechos de los/as consumidores/as y posibles afectados/as han sido protegidos por la justicia uruguaya.

Carolina Cosse, precandidata del Frente Amplio a la Presidencia de la República, celebró la decisión y dijo que aún hay una serie de preguntas sin resolver, por ejemplo «cómo van a transportar» el agua, «cómo van a responder a la salinidad» del Río de la Plata y «cómo van a asegurar la potabilidad».

Horas después de que se conociera el fallo del Recarey, que hizo lugar a un recurso de amparo y obligó a suspender la firma del contrato para la construcción del Proyecto Neptuno. OSE aseguró que el gobierno apelará la decisión judicial y el tema lo laudará un Tribunal de Apelaciones.

Mientras, la Federación de Funcionarios de OSE (FFOSE) reclamó un mes atrás a las autoridades tanto de OSE como del Ministerio de Salud Pública que se expidan con claridad sobre la calidad del agua y expresen si la misma es o no potable, y que se implementen soluciones económicas para la población que no puede afrontar los costos del agua embotellada.

*Periodista uruguayo, analista asociado al Centro Latinoamericano de Análisis Estratégico (CLAE, www.estrategia.la)

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