Perú: salud y el retorno a las cavernas – Por Víctor Zamora

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Los conceptos vertidos en esta sección no reflejan necesariamente la línea editorial de NODAL. Consideramos importante que se conozcan porque contribuyen a tener una visión integral de la región.

Víctor Zamora *

 “El gobierno de Dina Boluarte clasifica a las personas trans como enfermos mentales”

. Ese es el titular del diario El País en su edición del 14 de abril. El sector salud peruano vuelve a ser puesto en una situación de vergüenza internacional gracias al descuido o la ineptitud de la gestión actual del ministro Vásquez. La última vez había sido con el pésimo manejo operacional y de comunicación que produjo las fechas de vencimiento de las vacunas COVID19.

Todo se origina con la emisión del Decreto Supremo N° 009-2024-SA el viernes 10 de mayo, un decreto más bien opaco, de carácter técnico y aparentemente inocuo, salvo para los interesados en conocer si su enfermedad o condición ha sido incluida en el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS).

El PEAS es el plan mínimo de beneficios que se recibe al afiliarse a un seguro de salud público, privado o mixto; es una lista priorizada de condiciones asegurables e intervenciones que las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud deben financiar a todos los asegurados. En otras palabras, si tu enfermedad o condición está en el listado, entonces tu seguro está en la obligación de cubrirla financieramente. Para muchos pacientes, el que su enfermedad o condición sea incluida en el listado les alivia de enormes gastos de bolsillo en medicamentos y procedimientos médicos.

Las enfermedades o condiciones incluidas en el PEAS están organizadas usando el Clasificador Internacional de Enfermedades, el cual se encuentra en su versión 11 (CIE 11), vigente desde hace 3 años. El Perú aún utiliza la versión 10. Migrar de la versión 10 a la 11 se dice fácil, pero en realidad es un proceso costoso y lento. Si estuviese en las prioridades sectoriales, ya hubiésemos dado algunos pasos significativos en su implementación.

La modificación del PEAS, aprobado por Decreto Supremo 009-2024-SA, generado por el MINSA y refrendado por la presidenta Boluarte, incluye “el transexualismo, el travestismo de rol dual, el trastorno de la identidad de género en la niñez, otros trastornos de la identidad de género, el travestismo fetichista y la orientación sexual egodistónica” como problemas de salud. Puesto en lenguaje común, ahora si eres transexual (u otra de las condiciones señaladas), padeces una enfermedad y, por tanto, requerirían ser tratadas. Uno se pregunta: ¿Cuál tratamiento?

El PEAS es un documento complejo y fue gracias a miradas atentas que el tema fue identificado y ganó rápida atención, escalando a nivel de denuncia pública, llegando ahora a ser un escándalo internacional. Demás está decir que múltiples voces han solicitado su inmediata derogación.

Sin embargo, 48 horas después, el MINSA publica un críptico comunicado en el cual no solo no hay viso alguno de autocrítica o de enmienda, sino que intenta justificar su medida, argumentando que fue hecho para “garantizar que la atención de salud mental a estas poblaciones esté garantizada”. En otras palabras, “no entiendo de qué te quejas, si esto lo he hecho para tu bien”.

Y eso es efectivamente lo que está pasando: las personas involucradas en la formulación de este documento (funcionarios), las personas encargadas de servir de filtro (asesores), tanto del MINSA, como de la PCM, todos muestran su pobre formación en materia de derechos humanos, enfoque de género y en legislación sanitaria.

La norma obvia el hecho de que hace 34 años la Organización Mundial de la Salud eliminó, por ejemplo, la homosexualidad de la Clasificación Internacional de Enfermedades y a partir de este hecho el mundo moderno y que respeta los derechos humanos no ha hecho sino avanzar y eliminar en toda forma de discriminación de las personas LGBTIQ+, incluida la de género y, por el contrario, se han producido grandes avances en reconocer sus derechos.

Estos avances han hecho posible que se acelere el proceso de retirar, en incluso prohibir, los “tratamientos de conversión”, medidas sin base científica alguna que pretendían, vía incluso la tortura, en “recuperarse de la enfermedad de la homosexualidad” a los que eran sometidos a estas prácticas medievales.

Es más, el decreto de marras, aunque lo pretendan negar las autoridades de salud, es abiertamente estigmatizante.

Es evidente, pues, que el decreto supremo ha sido elaborado por gente que desconoce o sabe aplicar el enfoque de derechos, el enfoque de género y los progresivos avances desarrollados en la salud internacional, encabezados por la propia OMS, para eliminar toda acción contraria a esta comunidad.

El vano intento de escudarse en tecnicismos y salvaguardas burocráticas, como la del retraso en la implementación del CIE11, no hace sino revelar aún más su incompetencia. En este caso vale el uso del refrán «No aclares que oscureces”, el cual normalmente se usa para decirle a alguien (en este caso al MINSA) que complica un asunto al tratar de justificarse con excusas.

Y eso que estoy hablando de desconocimiento o ignorancia; sin embargo, tomando en cuenta las medidas tomadas desde el congreso y del ejecutivo para minar los avances logrados en el país en materia de derechos y género, no hay que dejar de lado la posibilidad de que haya sido una medida ejecutada con ese propósito.

Solo le queda un camino a la autoridad sanitaria, regresarnos a la modernidad y alejarnos de la era de las cavernas. Reconocer el descuido y la falta de diligencia y derogar esa norma, especialmente las secciones, que son una abierta violación del derecho a la no discriminación por parte de la comunidad LGTBI+.

* Profesor Escuela de Gobierno y Políticas Públicas – PUCP

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