Contrato Minera Panamá: hartazgo del pueblo ante el saqueo y destrucción del patrimonio panameño – Por Carlos Jenkins
Los conceptos vertidos en esta sección no reflejan necesariamente la línea editorial de NODAL. Consideramos importante que se conozcan porque contribuyen a tener una visión integral de la región.
Carlos Jenkins*
El día 20 de octubre del año en curso la Asamblea General de Panamá tras 72 horas de deliberación dio la aprobación a la ley 406, lo que desencadenó de inmediato el llamamiento a un paro nacional por parte de la organización civil, al que se unieron de manera progresiva aunque no lineal organizaciones de trabajadores y gran parte del población. A pesar de que la decisión del pleno fue resultado de un proceso de más de dos meses de consulta pública con las distintas comunidades aledañas a la minera, además de que fueron agregadas otras observaciones a mitad del proceso bajo recomendación de la Comisión de Comercio, el proyecto de ley nunca logró condensar las necesidades esenciales y calmar las inquietudes del pueblo panameño por la misma razón de que la creación del mismo no fue pensada para su beneficio, sino para el de los grandes capitales extranjeros.
¿De dónde proviene la inconformidad?
Los 24 días de protestas han sido la prueba de la inconformidad del pueblo panameño —cuyo génesis no es la aprobación de un contrato ley de carácter entreguista—, la reacción nacional es el reflejo del hartazgo de décadas de injusticia, por repetidas promesas de cambio de la clase política, por proyectos abandonados cada cambio gobierno que solo sirven para el desvío de recursos, del encarecimiento constante del nivel vida que no ha ido de la mano de un proyecto de nación que vele por las necesidades esenciales de las mayorías. Según el Instituto Nacional de Estadística (INEC), la tasa de desempleo es de 8.9% con un aumento de 32% entre 2019 y 2023. No hay suficientes programas sociales, la caja del seguro social no cuenta con los medicamentos necesarios, la generación de oportunidades laborales es insuficiente y el aumento salarial se queda en propuestas. En resumen, los costos para una vida digna son cada vez mayores, las oportunidades de movilidad social son mínimas incluso con estudios universitarios y la corrupción es la única variable ininterrumpida. El contrato minero fue sólo la gota que derramó el vaso.
Los panameños decimos basta a la misma historia de enriquecimiento de unos cuantos grupos a costa del sudor del pueblo, y ahora, del patrimonio de las siguientes generaciones, porque eso es lo que está en disputa en el escenario actual. De acuerdo con el Banco Mundial, Panamá se encuentra entre los 20 países con la peor distribución de ingreso en el mundo. Las protestas con sus características específicas (vandalismo, marchas pacíficas, cierre de calles, huelgas de hambre) muestran la urgencia y necesidad de una redistribución más equitativa de la riqueza del país, que en la última década ha seguido concentrándose en un reducido porcentaje de la población.
Las marchas pacíficas han sido muestra del crecimiento de la sociedad civil organizada y de la politización de un considerable grupo de la población en algunos centros urbanos (Panamá, David, Las Tablas), algo que ha ayudado a visibilizar la situación a nivel internacional, multiplicándose también en distintas regiones del país como en la península de Azuero y en las provincias de Colón, Coclé y Bocas del Toro. Otro aspecto relevante es la representación de la quema de llantas en los cierres de vías públicas, que de manera simbólica funge como una ruptura con el tiempo cotidiano del capital —como señaló Henri Lefebvre al hablar sobre el significado del carnaval— al convertirse en una forma de resistencia colectiva que es acompañada de música, siendo a la vez una muestra cultural del panameño que hace de la fiesta un acto subversivo.
Por otro lado, el vandalismo ha proliferado al aprovecharse de la situación en distintas partes del país, pero existe una relación directa entre estos acontecimientos, las zonas en las que se concentran en su mayoría y sus autores, debido a que han sido (sobre todo) en las zonas más precarizadas y donde prolifera población joven desempleada o con empleo informal; según el diario La Estrella de Panamá, la Policía Nacional ha detenido 1082 personas por delinquir, saquear o cobrar peaje por paso, cabe señalar que el 10% de los detenidos son menores de edad y por lo menos en la provincia de Colón la mayor parte de estos infractores no contabilizados son jóvenes que no rebasan los 35 años.
Como lo muestra el informe Panamá Cuéntame de la Cámara de Comercio, Industrias y Transporte, el 20% de panameños entre 15 a 29 años de edad se encuentran desempleados, así como 48.92% de las plazas son informales. Los actos delictivos no se justifican ya que no es la única alternativa al problema —al final es el pueblo que pierde su consciencia de clase robándole al mismo pueblo— aunque es necesario darle lectura como reacción a una violencia sistematizada de gobiernos que se han olvidado de la mayor parte de la juventud y que comparten la responsabilidad.
Contrato inconstitucional e intereses en disputa
Especialistas en el tema como Raisa Banfield han desenmascarado el encanto que los promotores del contrato se han encargado de producir, al hacer una crítica dimensionando los reducidos beneficios económicos frente a las consecuencias ambientales que dejaría la explotación de la mina al país. Mientras abogados como Silvio Guerra, Juan Ramón Sevillano o Roberto Ruiz Díaz han sostenido que el contrato viola en varios sentidos la constitución panameña.
Acá se recopilan cinco razones por las que Ley 406 es inconstitucional: primero, las 17 mil hectáreas que se establecen en el contrato no fueron parte de una concesión publica como lo establece la carta máxima, ya que para el arrendamiento de tierras es necesario seguir este proceso; segundo, la elección de Minera Panamá para la explotación no fue fruto de una licitación, al igual que el contrato de 1997 que fue dictaminado como inconstitucional en 2017; tercero, según el artículo 258 de la constitución no es posible que ninguna persona privada pueda apropiarse ni aunque sea por medio de contratos de rivieras, playas, puertos o mar territorial; cuarto, la cláusula 46 del contrato permite a la empresa quedar por fuera de futuras legislaciones que prohíban la minería o que le cobren impuestos y por tanto pone al contrato ley por encima de la constitución; quinto, varias empresas afiliadas a Minera Panamá tienen vínculos directos con otros Estados, como es el caso de Korean Panama Mining Corporation cuyo 50% de acciones pertenecen a la empresa estatal coreana Komir, y de acuerdo al artículo 290 de la constitución no es posible que ningún ente estatal o semioficial pueda adquirir dominio sobre ninguna parte del territorio nacional.
Sobre el último punto es necesario ahondar un poco para entender lo que hay detrás del mismo, ya que para que la compañía pudiese hacer este movimiento primero se tuvo que adecuar el código minero, cuya modificación en Julio de este año se justificó como una necesidad para la operatividad de la industria y con la idea de que se contribuya con mayores regalías a programas de desarrollo. Fue así como la reforma del código minero permitió la injerencia de entes estatales o semioficiales por medio de un apoderado certificado en Panamá. Además, el contrato establece que la empresa debe informar sobre su composición accionaria a la Dirección Nacional de Recurso Mineros del Ministerio de Comercio e Industrias, sin embargo, señala que solo se publicaran a las personas con un porcentaje accionario mayor a 10% y que se abstendrán de informar a quienes tengan un porcentaje menor a 10% o aquellas personas jurídicas con un porcentaje mayor a 10% que coticen públicamente en una bolsa de valores reconocida por la bolsa de valores de Panamá. Lo que muestra la complejidad con la que se pensó este doble movimiento para mantener en la opacidad a los beneficiarios que como se mencionó pueden ser personas privadas o entes estatales, para nadie es un secreto que el propio presidente, Nito Cortizo, es también accionario en la minera.
Importancia del cobre panameño, la vulnerabilidad climática no se puede dejar de lado
Para entender la relevancia de la mayor mina de cobre de Centro América a escala mundial, es preciso tener en cuenta que el cobre es parte de los minerales critico estratégicos de las nuevas tecnologías de vanguardia como la tecnología 5G, inteligencia artificial, computación en la nube y Big Data. Como es esencial también para la fabricación de microprocesadores, microchips y ordenadores. Con la aparición de la 5G, el aumento del uso de otras tecnologías lingüístico-comunicativas y la construcción de la ruta digital de la seda la demanda de cobre ha crecido los últimos 5 años, como lo indica la Agencia Internacional de Energía, la demanda de metales críticos se ha duplicado entre 2017 y 2022. Al relacionar lo anterior con el hecho de que el principal mercado del cobre que First Quantum Minerals ha extraído de Panamá es China, aunado a que así como el gobierno de Corea del Sur, el de China y Singapur también son accionarios en filiales de Minera Panamá se hace más claro el vínculo entre ambos procesos, ya que si bien la región de Asia Pacifico dentro de la división internacional del trabajo y la cadena de suministros es en donde se fabrican las tecnologías antes mencionadas, estos países también tienen iniciativas de desarrollo tecnológico para las que este mineral es esencial.
Los discursos del presidente tras las protestas fueron vacíos, en los cuales demostró el desconocimiento de la magnitud de la inconformidad nacional, lo que aumentó el disgusto social, ante esto su solución fue la de promover una ley para prohibir futuros contratos de minería metálica y ofrecer una consulta popular para decidir si derogar o no el contrato ley, no obstante, la opción más favorable, aunque no la única, en la que Panamá no estaría en peligro de pagar las consecuencias de violar el contrato es mediante el fallo de la Corte Suprema que puede dictaminar la inconstitucionalidad del mismo. Más allá de las arbitrariedades que se establecen en el contrato, como que cada hectárea de terreno sea concesionada por solo 10 dólares o que la empresa quede exenta de pagar impuestos los primeros 10 años de extracción, lo más preocupante a largo plazo son las consecuencias por su impacto ambiental, especialistas han advertido la ausencia de un estudio actualizado en tiempo real de contaminación ambiental categoría tres, necesario para poder dimensionar las consecuencias directas de la mina a los ecosistemas.
Para entender la vulnerabilidad climática de Panamá sólo hace falta situarnos desde lo que ha padecido el país en el año reciente, que ha resentido en lo económico la ausencia de lluvias por el fenómeno del niño debido al aumento de temperatura que se ha registrado a escala mundial, al verse afectada la capacidad del Canal de Panamá debido al bajo nivel del lago Gatún y vulnerar la seguridad alimentaria por las afectaciones a la agricultura y la ganadería, como ejemplo está el arroz, base de la comida panameña que tuvo que importarse por las prolongadas sequías.
Lo anterior es solo a nivel macro, a nivel micro, para la mayoría de la población representó un aumento considerable en el pago de electricidad y comida, por el mayor uso de abanicos electrónicos, aire acondicionado y por el alza de precios de la canasta básica que de por sí ya venía en aumento. Si las consecuencias del cambio climático ya generan un impacto considerable en el país es irracional que se apueste por una inversión que magnificará el problema hasta volver la situación inviable, siendo que la cuenca hidrográfica de la que depende el Canal de Panamá se ve afectada y que además no brinde tan siquiera los recursos necesarios para algún tipo de solución real. La realidad es que el contrato ley 406 es la muestra de que tanto el ejecutivo como el legislativo no están al servicio de la patria y que se doblegan ante la presión de los intereses económicos transnacionales.
¿Tendrán los miembros de Corte Suprema el patriotismo y la ética torrijista que el actual gobierno no tuvo para invalidar el contrato minero? Y, de entrar en vigor dicho contrato ley ¿Hasta qué instancia llegará la reacción del pueblo para obtener su derogación? Los países latinoamericanos deberían estar atentos a la respuesta de la Corte Suprema de Panamá, la cual ha comunicado que entrará en sesión permanente después del 24 de noviembre que se hayan recibido los alegatos para dar una respuesta. La importancia de este caso es que puede marcar un precedente sobre la forma en que los grandes capitales transnacionales alrededor de las nuevas tecnologías de vanguardia influyen en los Estados periféricos para la obtención de recursos critico-estratégicos en el continente, nada es fortuito cuando la supremacía tecnológica está en disputa y además es el factor determinante en un contexto de capitalismo cognitivo.
*Internacionalista por la Universidad Nacional Autónoma de México especialista en temas de Escenarios Regionales, Tecnología y Geopolítica.