Autoritarismo peruano: ¡Primero madres antes que niñas! – Por Violeta Barrientos Silva

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Los conceptos vertidos en esta sección no reflejan necesariamente la línea editorial de NODAL. Consideramos importante que se conozcan porque contribuyen a tener una visión integral de la región.

Autoritarismo peruano: ¡Primero madres antes que niñas!

Por Violeta Barrientos Silva*

«Es como si las células recordaran físicamente. Como si lo sintiéramos en el cuerpo, todo el tiempo. Y no sé, se podría olvidar, pero no se olvida.” (Testimonio de una mujer víctima de incesto).

El Comité de Derechos del Niño ha emitido un dictamen (CRC/C/93/D/136/2021) haciendo recomendaciones al Estado peruano en favor de proteger a Camila, niña campesina, natural de Apurímac, violada desde los nueve años y embarazada a los trece por su propio padre en 2017. La niña no fue atendida bajo la guía de aborto terapéutico del MINSA ni informada sobre su embarazo de riesgo dada su corta edad.

Más bien, al haber tenido un aborto espontáneo atendido en un hospital distinto al de su localidad, recibió “repetidas visitas del equipo de salud y personal policial (por lo que) se intensificó la presión comunitaria sobre ella, siendo culpabilizada de la pérdida del embarazo y la violencia sexual. Los miembros de la comunidad empezaron a hacer comentarios humillantes sobre el comportamiento de Camila y sobre los motivos por los que era buscada por la policía.

Ante esta situación, Camila se sintió estigmatizada y dejó de asistir a la escuela”. Camila fue procesada por el delito de aborto y condenada en 2018. La condena se revocó en 2019 por la Corte Superior de Justicia de Apurímac.

Al conocer el caso, el Comité recomendó al Perú despenalizar el aborto infantil por varias razones: en primer lugar, un embarazo infantil supone el no consentimiento a una relación sexual, pues en este país la edad de consentimiento es de 14 años. Se considera, por lo tanto, que una relación sexual con menores de 14 años es una violación. En segundo lugar, el embarazo de una menor de 14 años es de alto riesgo para su vida y salud por lo que podría realizarse un aborto terapéutico. La despenalización no implica la “obligación de abortar” sino abrir una posibilidad a la protección de la vida, salud física y mental de la menor. Ello conllevaría a que la Guía de atención del aborto terapéutico hiciera énfasis en una menor de edad por estos motivos. Hasta ahora ese no ha sido el caso en el Perú donde indolentemente se cree que las niñas menores de 14 años embarazadas por sus violadores “deben” dar a luz.

Y es que, una niña embarazada no es considerada “niña” sino “mujer” por las autoridades peruanas. Basta examinar el vocabulario usado por el INEI en relación a las cifras de maternidad de menores: “En el año 2020 se registraron 1158 nacidos vivos de mujeres menores de 15 años de edad” dice una infografía. Las “mujeres” de las que habla el INEI, tenían entre 9 y 14 años. La afirmación parece la celebración de un logro. Nunca se dice que ellas fueron “violadas”, interesa el nacido, no la madre.

Curiosamente, sobre cifras de paternidad y sus perfiles, es poco o nada lo que se registra en el INEI. Esta invisibilización no hace sino reforzar el imaginario popular de ausencia de la figura masculina en el trámite del embarazo y la idea de que “los hijos son solo de las mujeres”. Un vacío importante en la estadística nacional que obstaculiza mayores investigaciones desde las ciencias sociales y nuevas políticas públicas.

Observemos que pese a reconocerse la violencia sexual y condenarse al padre de Camila a cadena perpetua, la justicia en primera instancia estigmatizó y condenó a la víctima de la violación como autora de un aborto espontáneo. ¿Cómo puede tener lugar semejante incongruencia? El Estado castiga la violación, pero impone un embarazo forzoso a las mujeres así sean niñas. Esto ocurre porque en el ámbito jurídico no se reconoce la violencia reproductiva como concepto. Una cosa es la violencia sexual por la que se fuerza la libertad sexual de alguien y otra es la violencia reproductiva, en que sin consentimiento se toman las células reproductivas de un sujeto -hombre o mujer- y en el caso de las mujeres, además, se aloja en sus cuerpos a un nuevo ser en gestación. Los embarazos forzosos ya han sido condenados por el derecho penal internacional en caso de guerra pues son una conocida estrategia de genocidio y forma de tortura, y un embarazo forzoso lo es, sea en tiempo de guerra o de paz.

Pese al dictamen del Comité del Niño en el caso de Camila, el Poder Legislativo con su actual talante autoritario y su alejamiento del respeto a los derechos humanos, insiste en forzar los embarazos de las niñas violadas. El Proyecto de Ley 785 de “Protección al concebido”, de la pastora y congresista provida Jáuregui Aguayo fue aprobado por insistencia en la Comisión de Justicia pese a haber sido devuelto con observaciones por el Ejecutivo. El Ejecutivo había rechazado promulgarlo pues no se especificaba el concepto de “concebido” –“término acuñado por profesionales no médicos”-; que, al ser equiparado a un niño/a ya nacido/a impediría el acceso al aborto terapéutico, a los anticonceptivos de emergencia y otros servicios de salud reproductiva.

Según cita el dictamen del caso de Camila, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha establecido que si bien el que aún no ha nacido tiene un derecho a la vida, éste está implícitamente limitado por los derechos e intereses de la madre. Nada de esto es tomado en cuenta por congresistas como Edwin Martínez que hasta apelan a conjuros mágicos por sobre el derecho de las personas: “un niño puede sanar esas heridas, esas heridas, esas cicatrices, esas secuelas dejadas por esos malditos violadores que hacen daño a muchas niñas”.

La “protección” del ser en gestación emprendida desde los grupos provida quiere pasar por encima de cualquier consentimiento de los sujetos, de allí su violencia y autoritarismo.

El incesto y las violencias sexuales contra menores son una realidad de tremendas dimensiones, tanto para las víctimas como para la sociedad. Las víctimas arrastran un sufrimiento en silencio por años, a causa de la vergüenza. Causa horror, por lo tanto, que estas violencias no sean consideradas daño, ni objeto de medidas de prevención y adecuada atención en nuestro país, anclado en su tradición gamonal donde las vidas de los más débiles no importan.

Las consecuencias traumáticas acompañan toda la vida. Hay testimonios nacionales y extranjeros de víctimas, familias y hasta hijos de una violación o incesto que los legisladores deberían conocer antes de insultarnos con aberrantes proyectos de ley. En contraste, países europeos toman en cuenta esta realidad muy seriamente.

Esta semana en Francia, la Comisión independiente sobre el incesto y las violencias sexuales hechas a menores (CIIVISE) reveló que los costos causados por dichas violencias suman casi diez mil millones de euros, entre acompañamiento, servicios de policía, procesos judiciales, consultas médicas, daños físicos y mentales vinculados a conductas de riesgo cometidas por las víctimas a lo largo de sus vidas como secuela de su agresión, pérdida de productividad de las mismas pues se cuentan entre las personas que sufren más desempleo.

El énfasis se ha puesto en la prevención: información y educación sexual, alerta pronta a partir de la familia, escuela u otras instituciones, y separación de los niños y niñas en peligro.

Por último, el autoritarismo provida, escondido tras el estandarte de la vida, contiene en sí una posición que hace peligrar al derecho familiar. ¿Para qué un derecho de familia si se defiende el incesto y se legitima fundar una familia sobre la violencia reproductiva y no sobre la unión voluntaria de las partes que se aman y acuerdan qué hijos tener? Tengamos en cuenta que la cruzada autoritaria ha empezado con mujeres, niños y niñas -figuras con menos poder económico y político- sin embargo, “viene por más” de nuestros derechos en esta débil democracia.

*Escritora y abogada feminista.

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