Ecuador | El Congreso decide si avanza o no el juicio político contra el presidente Lasso

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¿Por qué la Asamblea Nacional decide este martes si enjuicia o no al presidente Guillermo Lasso?

Este martes, a las 10:45, el pleno de la Asamblea Nacional sesionará para resolver el llamado a juicio político al presidente de la República, Guillermo Lasso, cuya acusación inicial fue un supuesto delito de peculado.

Según la convocatoria, la sesión tiene lugar luego que no se alcanzaron los votos en la Comisión de Fiscalización a favor del informe, que para el presidente del Legislativo, Virgilio Saquicela, ese documento ya no tiene efectos jurídicos.

Saquicela reiteró que no existe informe sobre el juicio, y por lo tanto, el pleno de la Asamblea Nacional tiene que resolver si se llama o no a juicio al presidente, con mayoría simple, esto es, mitad más uno de los asambleístas presentes en la sala.

Por su parte, este lunes, el presidente de la Comisión de Fiscalización, Fernando Villavicencio, cuestionó que Saquicela siendo abogado tenga la audacia para afirmar que no hay informe motivado sobre el juicio político al presidente Guillermo Lasso. Lo único que está haciendo el titular de la legislatura es “privilegiar sus intereses personales de reelegirse como presidente de la Asamblea y cumplir los acuerdos con Rafael Correa y Jaime Nebot”, indicó.
¿Qué pasa si reúnen los votos?

Si se reúnen los votos, Saquicela anticipó que aplicará el artículo 92 de ley de la función legislativa, que establece los plazos que deben observarse primero para socializar el documento sobre el cual se enjuiciaría al mandatario, y luego la fecha para instalar la sesión para iniciar el juicio y dar paso al debate, y posteriormente llamar a votación y proceder a la censura y destitución, de ser el caso.

“Art. 92.- Orden del Día.- La Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional dispondrá a través de Secretaría General de la Asamblea Nacional la difusión del informe. Transcurridas cuarenta y ocho horas luego de la difusión del informe, la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional, en el plazo de cinco días, deberá incorporarlo en el orden del día para conocimiento del Pleno de la Asamblea Nacional a fin de proceder a la censura y destitución, de ser el caso”, refiere la norma.

En tanto, esta sesión del Legislativo se realizará pese a que hay dos pedidos a la Corte Constitucional para que realice seguimiento al dictamen de admisibilidad del juicio político, y también dejando de lado el pronunciamiento de la Procuraduría General del Estado respecto a que debe haber un solo informe motivado sobre el juicio contra Guillermo Lasso. (I)

El Universo

 

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