Bolivia | Gobierno promulga ley que declara imprescriptibles los delitos por feminicidio, Infanticidio y violación

2.669

Presidente promulga Ley de Protección de Víctimas de Feminicidio, Infanticidio y Violación con sanciones más fuertes para agresores y malos operadores de justicia

El presidente Luis Arce promulgó este lunes la Ley de Protección a las víctimas de feminicidio, infanticidio y violación de infante, niña, niño o adolescente.

“Hoy promulgamos un Ley que consolida el trabajo de manera permanente para cuidar la vida de las mujeres en nuestro país, la Ley de Protección de Víctimas de Feminicidio, Infanticidio y Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente establece mecanismos que precautela lo derechos de las víctimas”, indicó el primer mandatario durante el acto central realizado en la Casa Grande.

Explicó que con esta norma se pretende poner un freno y sancionar “severamente” a los actos de prevaricato y la conformación de consorcios que pretendan beneficiar a violadores o feminicidas.

Recordó este tipo de violencia deshumanizada se producen en una sociedad que aún no ha salido de los moldes del patriarcado, por lo que la indignación social es grande y consideran que no hay castigo suficiente para quienes perpetran esos delitos.

“Es verdaderamente dramático tener que afrontar estos hechos que nos conmueven y que nos llenan de ira e impotencia. Vemos que este problema debemos enfrentarlo de manera decidida, porque no es un simple tema policial y mucho menos atañe a la comisión de un delito, sino es una pervertida muestra de abuso y de ejercicio de un falso poder”, indicó la autoridad.

Arce convocó a la población sumarse a las acciones decididas y asumidas del gobierno nacional para luchar contra la violencia. Exhortó a los administradores de justicia dar, precisamente, justicia a las víctimas de estos delitos.

“Que este crimen sea castigado sin ninguna excusa, es también un llamado a todos y todas los que tienen que ver con estos lamentables casos, como abogados que por codicia no vacilan en prestar sus servicios a muchas de estas personas que han cometido este tipo de delitos y que se han escudado en vacíos legales para salir bien liberados”, acotó.

Aseveró que esta norma es un esfuerzo que se hizo con la Asamblea Legislativa Plurinacional para poner las cosas claras mostrando la voluntad de transformar la justicia para que sea un instrumento de defensa de las víctimas de estas aberraciones.

“No más impunidad, no más jueces prevaricadores, queremos una justicia sensible a esta problemática y que permita sentar precedentes para mejorar como sociedad en su conjunto”, recalcó el jefe de Estado.

Remarcó que es vital que los administradores de justicia «administren justicia» y «que los jueces no tengan opción para favorecer a delincuentes» como se vio en el caso del feminicida serial Richard Choque, que pese a que tenía una condena fue liberado por malos operadores de la justicia y tras la investigación se develó la existencia de varios hechos similares.

Esta Ley es producto del trabajo que realizó la Comisión de Revisión de Casos de Violación y Feminicidio durante 120 días para promover cambios estructurales y dar justicia a las víctimas de estos delitos y sancionar a los malos operadores de justicia.

ABI


¿Qué establece la Ley de Protección a las Víctimas promulgada por el Presidente?

Tal y como estaba anunciado, el presidente Luis Arce promulgó este lunes la Ley de Protección a las Víctimas de Feminicidio, Infanticidio y Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente en un acto realizado en la Casa Grande del Pueblo.

“No más impunidad, no más jueces prevaricadores, queremos una justicia sensible a esta problemática y que permita sentar precedentes para mejorar como sociedad en su conjunto. Desde la fundación de Bolivia, no se produjo una norma de protección más clara para evitar la violencia contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes”, destacó Arce.

Pero ¿qué establece la nueva normativa? Según el ministro de Justicia, Iván Lima, “esta ley es el punto inicial de cosas que debemos hacer en el sector justicia” porque, en primer lugar, lo que hace es agravar la pena en contra de quien “ose ir contra la vida” de las mujeres y los menores.

Pues, “a partir de esta ley, el juez que decida actuar en contra de la ley y de la Constitución va a merecer una pena de hasta 20 años de cárcel; estas son decisiones políticas que se están asumiendo para evitar que (…) la Justicia favorezca a quienes cometen estos delitos”, enfatizó el ministro.

Lima agregó que el delito de consorcio –que es cuando fiscales, jueces, policías y la administración judicial actúan en contra de las víctimas– también subió su pena de cinco a 10 años de privación de libertad.

Además, “habíamos identificado que hay muchas personas con medidas cautelares, que iban al mismo domicilio donde estaba la víctima, les decían que la detención domiciliaria deberían cumplir en el mismo lugar donde estaba su víctima, (pero) esto no va a ocurrir más”, señaló.

Pues, según la autoridad, la nueva normativa está determinando que no habrá detención domiciliaria en los casos de feminicidio, infanticidio y violación de niños. Es decir, “no van a tener la posibilidad de salir de la cárcel quienes sean sujetos a medidas cautelares de detención preventiva”, insistió.

Lo propio, de acuerdo con el ministro, la cesación de las medidas cautelares no podrá ser revisada en función de la demora que pueda haber en la Justicia. “Se ha visto que la chicana, que la demora innecesaria de los procesos, hacía que muchas personas terminen de dejar los centros de privación de libertad”, lamentó.

Además, “cuando haya una sentencia y un auto de vista que declaren culpable a un feminicida, éste va a empezar a cumplir la privación de libertad, no se va a esperar el auto supremo; la decisión de doble conforme será la que determine la detención, ya no preventiva, sino el cumplimiento de la condena para que ya no exista, en el tiempo largo que Sucre decide o revisa los casos, ninguna liberación de feminicidas”, sostuvo.

Asimismo, indicó que se ha identificado un problema estructural en los tribunales departamentales de Justicia, que demoran años en resolver los casos de feminicidio, infanticidio y de violación.

Frente a esa situación, “se ha establecido un procedimiento por el cual las partes podrán pedir el pronto despacho de los procesos en un plazo de 10 días; si luego de esos 10 días los tribunales departamentales no emiten el auto de vista será incumplimiento injustificado de los plazos y dará lugar a que se considere esta actitud como una falta grave de responsabilidad disciplinaria y penal del funcionario negligente”, advirtió.

Por tanto, según Lima, quienes quieran administrar justicia en los tribunales departamentales deben estar seguros “que ya no podrán esperar años” para asumir la correspondiente decisión. Incluso, “lo que vamos a hacer nosotros es iniciar los procesos penales por retardación de justicia. Hoy ya no se puede tolerar que el feminicidio, el infanticidio y la violación sigan durmiendo en los tribunales departamentales”, insistió.

El ministro añadió que, por otro lado, los condenados por estos tres delitos van a tener que cumplir su pena hasta el último día de su sentencia porque ya no habrá “ninguna de las medidas de libertad condicional por enfermedades graves o de detención domiciliaria en ejecución”.

“Finalmente, la determinación que se ha tomado en esta ley tiene que ver con algo que nos han reclamado todas las organizaciones (…) y es por eso que no se va a permitir más de ninguna manera actuados que constituyan la revictimización”, enfatizó.

En ese sentido, indicó que incluso se están modificando las leyes de la Organización Judicial, del Ministerio Público y del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana.

Esta decisión fue asumida porque “se ha visto que la revictimización era una regla y ahora estamos estableciendo expresamente que va a tener duras sanciones cualquier forma de revictimización”, apuntó.

La Razón

Más notas sobre el tema