Brasil | Una jueza le negó el aborto a una niña violada y la alentó a elegir el nombre del bebé
Una jueza le negó el aborto a una niña violada y la alentó a elegir el nombre del bebé
Por Pablo Giuliano
Una jueza brasileña Joana Zimmer fue ascendida a un cargo más importante luego de haberle negado el derecho al aborto legal a una niña de 11 años que quedó embarazada producto de una violación y enviarla a un instituto de menores, retirándola de su casa familiar para evitar la interrupción del embarazo, lo que generó un escándalo que obligó a una camarista a invalidar la decisión de primera instancia y regresar a la niña a su casa, con lo que se abre de nuevo la opción de abortar.
El escándalo por el caso, ocurrido en el estado de Santa Catarina, se incrementó cuando el Poder Judicial informó que la semana pasada la magistrada de la pequeña comarca de Tijucas fue ascendida como jueza de la ciudad de Brusque.
Este martes intervino la camarista Claudia Lambert de Faria, que determinó que la decisión de la jueza Zimmer ya no tenía validez y ordenó que la niña vuelva a su casa, con lo cual está todavía en condiciones de hacerse un aborto, ya que la ley le permite esa práctica a raíz de que fue víctima de violación.
La jueza intentó junto con la fiscalía de menores convencer a la niña de que desistiera de la interrupción del embarazo con esas conductas manipuladoras, como preguntarle durante un interrogatorio en el que le preguntó si ya había pensado el nombre del bebé, según se ve en el video de la audiencia revelado por el sitio The Intercept Brasil.
«¿Podrías esperar dos o tres semanas más para que ese bebé pueda ser entregado a una pareja en adopción? ¿No tenés expectativa de quedarte con el bebé?», son algunas de las preguntas que hizo la jueza Zimmer a la menor.
El caso llevó a la Corregiduría (Asuntos Internos del Poder Judicial) a abrir una investigación sobre el comportamiento de la magistrada.
En Brasil el aborto es legal cuando hay riesgo de vida de la madre y cuando es producto de una violación, pero el procedimiento fue negado a las 22 semanas de gestación por parte de los médicos del Hospital Universitario de Santa Catarina, en Florianópolis, que argumentaron que necesitaban una orden judicial.
El caso se inscribe en las recomendaciones lanzadas desde el Ministerio de Derechos Humanos, Familia y Mujer que condujo hasta mayo la pastora evangelista Damares Alves, candidata a senadora y la líder más importante del país en criminalizar los casos de aborto permitidos por el Código Penal.
El caso ocurrió en Tijucas, un municipio ubicado entre Florianópolis, capital de Santa Catarina, y el Balneario Camboriú.
La jueza escribió en su fallo que la madre de la niña violada quería realizarle el aborto.
«En lugar de proteger a su hija, la quería someter a un homicidio», afirmó la jueza, que indicó que el aborto solamente sería posible con 22 semanas de gestación, cuando actualmente transcurre la semana 29, de acuerdo con la cadena Globo.
Entonces, Zimmer retiró de la casa familiar a la niña y la internó en un hogar de menores.
«Si ella se quedaba con la madre, el aborto iba a ser realizado sin tener en cuenta la vida del bebé», afirmó la juez en su fallo.
La fiscal del caso, Mirela Dutra, fue la que le pidió a la jueza internar a la niña y reconoció que no tiene estructura biológica apta para un embarazo.
La fiscal, en el interrogatorio a la víctima el 9 de mayo, le dijo a la víctima que lo recomendable es seguir con el embarazo.
«En lugar de dejarlo morir -porque el ya es un bebé, un niño- en lugar de sacarlo de tu vientre para verlo morir, porque Brasil no está de acuerdo con la eutanasia, él va a nacer llorando, no le vamos a dar un remedio para que se muera», dijo la fiscal en la audiencia.
«Tu bebé está completo, ya es un ser humano», le dice la fiscal Dutra a la niña en el video de la audiencia, además de proponerle «esperar dos o tres semanas más» para que pueda nacer sano y entregarlo en adopción.
La audiencia está grabada y el video fue divulgado por The Intercept Brasil, el mismo portal de noticias que reveló el escándalo de manipulación de causas en la Operación anticorrupción Lava Jato.
Entonces, según el video, la conversación retoma la idea de que el embarazo debe continuar para que el niño pueda ser entregado en adopción.
La siguiente es la conversación que se aprecia en el video de la audiencia entre la jueza y la niña víctima de violación.
– ¿Cuál es la expectativa que tenés respecto del bebé? ¿Querés que nazca?, pregunta la juez
– No, respondió la niña.
En el video aparece un crucifijo en la sede del Poder Judicial.
– ¿Te gusta estudiar?
– Sí.
– ¿Creés que tus estudios estarán afectados en tu condición?
– Sí.
Como se acercaba el cumpleaños de la niña, la jueza aprovechó para inducirla a hablar del bebé y no del aborto.
– ¿Tenés algún pedido especial para tu cumpleaños? Podés hablar sin problemas. ¿Querés elegir el nombre del bebé?
– No, respondió la niña, de nuevo.
En la audiencia, la jueza llama al violador como «padre del bebé».
-¿Creés que el padre del bebé estaría de acuerdo en entregarlo para adopción?
– No sé-, responde la niña.
La audiencia con la madre de la víctima apunta a la salud del bebé y no de la víctima.
La jueza le dice en la audiencia de 14 minutos a la madre de la víctima que «hay tecnología actualmente para salvar al bebé» porque «tenemos 30.000 parejas que quieren el bebé y aceptan el bebé, la tristeza de usted y de su hija será la felicidad de una pareja».
La madre le responde, llorando, a la jueza: «Es una felicidad para ellos, porque no están pasando lo que estoy pasando».
«Ustedes le hacen estas preguntas a ella que ni sabe ni responder sobre lo que pasa. La crie yo sola, con ayuda de mis padres», aseguró.
El 12 de mayo, ante el pedido de la familia, un juez del tribunal de segunda instancia determinó el aborto legal a raíz de que los médicos del caso habían advertido sobre los riesgos para la vida de la víctima.
Pero al día siguiente la fiscalía apeló ese fallo diciendo que la niña ya estaba en manos de la justicia de menores y en instituto para resguardar su vida.
Una cámara de apelaciones también rechazó el caso, con lo cual la víctima fue sacada de su casa familiar y está en soledad esperando terminar con la gestación.
La Orden de Abogados de Brasil, principal organismo de derechos humanos del país, anunció que interviene en el caso buscando la protección integral de la víctima de violación, que tiene derecho a un aborto legal.
Una de las expertas del derecho de las mujeres en Brasil, la exjueza Maria Berenice Dias, vicepresidente del Instituto Brasileño de Familia, calificó la audiencia con la víctima como «una aberración nunca vista en 50 años de carrera».
«El laudo médico indica que estaban listos para interrumpir el embarazo pero la jueza y la fiscal resolvieron que no. La jueza decidió que era mejor que el bebé naciera para darlo en adopción, intentando convencer a la niña con lenguaje perverso, como ‘hijito, ‘bebito’, preguntando si quería elegir el nombre», afirmó la especialista Dias.
A juíza errou: o que diz a lei brasileira sobre aborto, estupro e proteção de crianças
Por Nara Lacerda
Uma das principais justificativas usadas para impedir a interrupção da gravidez de uma menina de 11 anos em Santa Catarina, o tempo de gestação, não tem nenhum respaldo na lei brasileira. A criança foi encaminhada para um abrigo e afastada da família por determinação da juíza Joana Ribeiro Zimmer, que tentou convencer a menina a não dar prosseguimento ao aborto.
Em audiência com a vítima, Zimmer chegou a afirmar que manter a gestação seria uma opção, “porque já é um bebê, já é uma criança, em vez de a gente tirar da tua barriga e ver ele morrendo e agonizando».
O discurso de convencimento foi acompanhado pela promotora Mirela Dutra Alberton. Ela e a juíza propuseram que a gestação fosse mantida por mais «uma ou duas semanas» pra que o feto pudesse sobreviver a um parto antes da hora e fosse colocado para adoção.
Divulgada em reportagem publicada pelo The Intercept Brasil e pelo Portal Catarinas na segunda-feira (21), a gravação da conversa chocou o país. O caso revela um sistema que deveria proteger a criança, mas não deu garantias legais a ela.
A começar pela decisão do hospital onde a menina buscou atendimento, acompanhada da mãe. A unidade de saúde informou às duas que, como a gravidez já tinha mais de 20 semanas, era preciso uma ordem judicial para autorizar o aborto.
As alegações do hospital foram reafirmadas pela juíza, que se referiu a uma nota técnica do Ministério da Saúde para afirmar que não era possível a interrupção da gravidez após 22 semanas de gestação.
No entanto, a lei brasileira que trata do tema não determina nenhum tipo de prazo. O Código Penal considera o aborto crime, com exceção de três situações: quando existe risco para a mãe, em situações de bebês anencéfalos, e para gravidez decorrente de estupro.
“Esse é o texto do código penal. Não existe prazo nem de dias, nem de semanas, nem de meses e nem de coisa nenhuma”, afirma a advogada criminalista Tania Maria de Oliveira, da coordenação executiva da Associação Brasileira de Juristas pela Democracia (ABJD).
Ela explica que recomendações ministeriais, regulamentações regionais ou normas internas de unidades hospitalares não podem se sobrepor ao que diz a lei. “O princípio é que o aborto é permitido em caso de estupro. Quando a própria lei não fala em prazo, não fala em limitação, não existe regulamento posterior que possa impor essa limitação, sob pena de contrariar a própria lei.”
Mas esse não foi o único ponto ignorado pelo sistema que deveria ter protegido a criança. A legislação brasileira também prevê que qualquer tipo de ato sexual com menores de 14 anos é estupro. Portanto, a vítima não tem que comprovar a violência para conseguir interromper a gravidez.
“Alguns hospitais deixam de realizar o procedimento recusando a palavra da vítima sob desconfiança de que não houve estupro. É totalmente absurdo e, no caso de crianças, isso não existe. A violência é presumida. Uma criança grávida foi vítima de estupro e não precisa se cogitar nenhum debate, como eles submetem muitas mulheres vítimas a esse constrangimento” alerta Tania Maria de Oliveira.
A própria audiência com a menina feriu legislações recentemente aprovadas no Brasil. A Lei 13.431 de 2017, por exemplo, estabelece que crianças que vivenciam situações de violência serão ouvidas por meio de escuta especializada ou depoimento especial. Ela limita os relatos ao estritamente necessário para o cumprimento de sua finalidade.
“Essa lei foi editada justamente em proteção à infância diante do sistema de justiça. Define que será necessário, quando possível, uma única audiência, com profissionais especializados para fazer a narrativa em uma situação confortável e acolhimento para aquela criança. Nenhum desses procedimentos foi respeitado pela juíza e pela promotora», pontua a advogada.
Além disso, no ano passado passou a valer a lei 14.245 de 2021, que pune atos praticados contra a dignidade vítimas e testemunha de violência sexual em atos judiciais.
Segundo Tania Maria de Oliveira, a norma tem justamente o objetivo de coibir intimidação por parte de agentes públicos, «como nesse caso, que foi completamente invasivo, que faz a vítima reviver violência ou ser alvo de estigmatização, em situação que possa resultar ainda em mais sofrimento sem necessidade. Essa criança foi submetida a um sofrimento muito grave. A metáfora triste de tudo isso, é que é como se fosse a continuidade do estupro que ela já sofreu.»
Os procedimentos adotados no caso também violam o que é determinado pelo Estatuto da Criança e do Adolescente, lei brasileira que é considerada uma das mais avançadas do mundo para garantia de direitos dessa parcela da sociedade.
Ela determina que é dever da família, da comunidade, da sociedade em geral e do poder público assegurar direitos para essas fases da vida com absoluta prioridade. Isso inclui o direito à saúde, à dignidade, ao respeito, à liberdade e à convivência familiar e comunitária.
“Foi um descumprimento total do Estatuto da Criança e do Adolescente. Longe de ser a prática de um dever que o estado tem de velar pela dignidade da criança e do adolescente quando a salva de qualquer tratamento desumano, violento, aterrorizante ou mesmo constrangedor, foi o estado juiz que fez todas essas práticas. Então, não é simplesmente ignorar o ECA, é descumprir e agredir o ECA. Essas questões precisam ser trazidas a um julgamento. É inimaginável que uma pessoa tenha o poder do estado para esse tipo de postura que constrange, que violenta, que desumaniza uma criança”, conclui a advogada.