Fallo de lesa humanidad – La República, Perú
Los conceptos vertidos en esta sección no reflejan necesariamente la línea editorial de Nodal. Consideramos importante que se conozcan porque contribuyen a tener una visión integral de la región.
Bastó una solicitud de habeas corpus de 5 páginas tramitada por un abogado de apellido Parco, que ya había presentado el pedido ante la justicia de Ica, y fue rechazado en varias oportunidades. El escrito, que según el magistrado Espinosa-Saldaña decía que el exdictador Alberto Fujimori debía quedar libre por sus buenas obras, fue el motivador de un fallo favorable de la máxima instancia constitucional del país.
El ponente Ernesto Blume Fortini tenía un viaje programado, lo que originó que el caso entrase al debate. Previamente, ni siquiera Parco había solicitado el uso de la palabra, por lo que el recurso no figuraba en los radares. Tres magistrados en contra: Marianella Ledesma, Eloy Espinosa-Saldaña y Manuel Miranda. Tres a favor: el presidente Augusto Ferrero Costa, el ponente Blume Fortini y José Luis Sardón. El empate motivó el voto dirimente del principal. Con ello se dio pase a la libertad de Fujimori, que deberá cumplirse de inmediato.
El fallo apunta a anular lo sentenciado por la Corte Suprema del Perú, que determinó que el indulto humanitario otorgado por el Gobierno de PPK fue un acto amañado de arreglo político que se iba a traducir en votos en el Congreso. No se reunían las condiciones para otorgar la excarcelación y a ello vino a abundar lo determinado por la Corte Interamericana de DDHH (CIDH) que refería que no hay lugar a ningún tipo de indulto cuando se trata de delitos de lesa humanidad como los cometidos por Fujimori y por los que recibió una sentencia de 25 años de prisión.
La condena, considerada histórica, sanciona los crímenes de La Cantuta (1992) y Barrios Altos (1991). En ambos casos, a Fujimori se le considera autor mediato. En el primero, 9 estudiantes y un profesor fueron extraídos de la universidad para ser ultimados y luego quemados por un destacamento militar clandestino denominado Colina. En el segundo, un pelotón ingresó a una quinta del centro de Lima y asesinó a 15 personas, entre ellas un niño, bajo la falsa acusación de terrorismo.
Lo acordado por el TC está viciado de origen por la parcialidad de su presidente. Por su propia declaración se sabe que sostuvo una reunión con la hija del sentenciado, un día antes de ser elegido miembro del tribunal. El peligro es, obviamente, que se desnaturalice la labor del TC, dominado por una mayoría que responde claramente al fujimorismo y que puede encontrar en esa institución un túnel de salida para las múltiples acusaciones que pesan en su contra.