Corte de Apelaciones aumentó penas contra militares que asesinaron a Víctor Jara

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En la sentencia, la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago –integrada por el ministro Alejandro Rivera y las ministras Gloria Solís y Ana María Osorio- condenó a Raúl Jofré González, Edwin Dimter Bianchi, Nelson Haase Mazzei, Ernesto Bethke Wulf, Juan Jara Quintana y Hernán Chacón Soto a penas de 15 años y un día, en calidad de autores de los homicidios, y a 10 años y un día de presidio, como autores del delito de secuestro calificado de ambas víctimas.

En tanto, el exoficial Rolando Melo Silva deberá purgar 5 años y un día de presidio, como encubridor de los homicidios, y 3 años y un día de presidio como encubridor de los secuestros.

«Nos satisface plenamente que se dicte una sentencia con penas proporcionales a los delitos cometidos», dijo el abogado querellante en la causa, Nelson Caucoto, quien las calificó como «penas importantes que están en sintonía con las que se dictan en otras latitudes para crímenes de lesa humanidad».

Asimismo, resaltó que «este fallo es importante además porque se vence ya definitivamente la impunidad que amagó estos crímenes durante tantos años. Es una gran alegría para los familiares de Víctor y Litré, porque su larga lucha comienza a fructificar. Alegría que alcanza al pueblo de Chile, que no ha olvidado a sus hijos asesinados por la dictadura».

«Víctor y Litré fueron chilenos en los que se simboliza la peor cara de la tortura. Fueron literalmente masacrados, y mantenidos como verdaderos trofeos de guerra al interior del Estadio Chile. Ambos fueron muy importantes en sus respectivos ámbitos políticos, laborales y sociales (…) El proceso judicial de ambos ha dado un nuevo paso para obtener una justicia ansiada y esperada por tantos años», sostuvo el jurista.

El fallo sostiene que «las víctimas fueron secuestradas sin que mediara orden alguna de autoridad competente; luego, fueron mantenidas en precarias condiciones y sometidas a interrogatorios ilegales y maltrato físico permanente entre el 12 y el 15 de septiembre de 1973».

«En el caso de Víctor Jara Martínez, se le refiere en ese mismo período como visiblemente deteriorado física y anímicamente, con su rostro hinchado con innumerables hematomas, manos ensangrentadas y deformadas, cuyos dedos evidentemente fueron quebrados o fracturados, puesto que se doblaban con facilidad», sostiene la resolución.

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