La Asamblea aprueba reforma para desaforar a diputados sin sentencia firme
Aprueban reforma para desaforación de diputados sin sentencia firme en Nicaragua
Con 74 votos a favor y 15 presentes, los diputados sandinistas aprobaron en general la reforma a la Ley No. 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo que establece la suspensión de un diputado de sus derechos si está siendo procesado por la supuesta comisión de un delito. La enmienda también fue aprobada en lo particular por mayoría parlamentaria.
El informe de consulta de la comisión de modernización señaló que la iniciativa de reforma a la Ley No. 606 pretende adecuar la Ley orgánica a los “aspectos concurrentes” de la práctica parlamentaria para que este poder del estado consolide supuestamente una “gestión moderna y dinámica” ajustando derechos a los diputados.
Actualmente un legislador queda suspendido en el ejercicio de sus derechos cuando, previa privación de la inmunidad, haya sido condenado mediante sentencia firme a la pena de privación de libertad o de inhabilitación para ejercer el cargo mientras dure la pena, según la Ley.
Sin embargo, la reforma aprobada establece que el diputado quedará suspendido en el ejercicio de sus derechos cuando, previa privación de la inmunidad, «el diputado o diputada esté siendo procesado por la supuesta comisión de un delito».
«Recibida la notificación correspondiente, la Junta Directiva (del Parlamento), en la próxima inmediata reunión, incorporará al suplente al trabajo parlamentario», indica la reforma
Si tras realizarse el juicio la sentencia es absolutoria, se le restituirán todos sus derechos, añade.
En la reforma aprobada se modificaron 16 artículos y se derogó el artículo referido al receso parlamentario.
“Procesos más expeditos lo que redunda en la agilización del proceso de formación de la ley y de la gestión parlamentaria en general, se propone la reforma a 16 artículos y la derogación del artículo referido al receso parlamentario comprendido entre los meses de julio y agosto, la convocatoria a sesiones se reduce 24 horas, el receso parlamentario queda circunscrito al período que inicia el 16 de diciembre y concluye el 8 de enero del siguiente año coincidiendo con el inicio y el fin de la legislatura”, dijo la diputada Maritza Espinales que leyó el informe de consultas.
En el debate de ley, el diputado sandinista y Jefe de la Bancada del FSLN, Edwin Castro, pidió a los legisladores aprobar por unanimidad la reforma “esta reforma tiene como objetivo estar de acorde a los tiempos, en un tiempo tan dinámico no puede este poder del estado estar en una burocracia legislativa innecesaria”
La Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua fue aprobada en el año 2006 entrando en vigencia en enero del 2007 desde entonces ha sufrido seis reformas.