Guatemala | Giammattei decreta estado de prevención por el aumento de contagios

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El presidente Alejandro Giammattei, en Consejo de Ministros, aprobó un Estado de Prevención a nivel nacional para los próximos 15 días. Según la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia (SCSP), en la reunión se conocieron las recomendaciones presentadas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), para contener la escalada de contagios de COVID-19.

Dentro de las limitaciones que fueron previamente anunciadas por el Gobierno estaba prohibir las manifestaciones, sin embargo, estas quedaron reguladas de la siguiente manera:

“No se prohíben las manifestaciones siempre y cuando se cumpla con las medidas de bioseguridad ya establecidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social”, explicó la SCSP.

Además, cuando no cumplan con las medidas de prevención que las autoridades establecieron podrán disolverlas.

“Con relación a la reunión, grupo o manifestación pública que se lleve a cabo sin la debida autorización o, si habiéndose autorizado, se efectuare sin cumplimiento de las medidas sanitarias necesarias, portando armas u otros elementos de violencia, se procederá a conminarlos al cumplimiento de estas conforme lo establecido en la Ley de Orden Público, y a su disolución cuando la salud y seguridad pública lo amerite”, indicó la Presidencia.

LO QUE HABÍA DICHO GIAMMATTEI

Tras una serie de manifestaciones en la Plaza de la Constitución en las que la población ha solicitado la renuncia del presidente, Alejandro Giammattei por el mal manejo de la crisis sanitaria del Covid-19, falta de vacunas y dudas sobre la adquisición de las Sputnik V, este había dicho que decretaría un Estado de Prevención argumentando que las protestas influían en el aumento de casos de coronavirus.

“De lo segundo -pregunta- mejor ni se lo contesto, es darles alas a 150 gentes, una gran manifestación, no, no tiene sentido, nosotros seguimos trabajando, mi denuncia es contra esa gente que está promoviendo que el virus se alborote más, que es lo que ellos quieren, y lo están promoviendo a través de una serie de manifestaciones ilegales”, argumentó en declaraciones a medios de comunicación en Petén.

“Por eso el día de mañana en Consejo de Ministros vamos a emitir un Estado de Prevención a todo el país, porque vamos a limitar ese tipo de cosas, porque yo creo que ya basta, ya es suficiente, pero ahora van a ver ustedes la respuesta. La respuesta, son más vacunas”, agregó.

RESTRICCIONES A EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS

Dentro de las restricciones establecidas por el Gobierno en el Estado de Prevención, aprobado hoy y que cobrará vigencia a partir de este miércoles 14 de julio, se encuentra la regulación del horario para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas.

“Se prohíbe el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas, así como su consumo en la vía pública, establecimientos comerciales abiertos al público, cualquiera que sea su categoría o naturaleza, incluyendo discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios de dichas bebidas, hoteles, moteles o pensiones, supermercados, automercados, abarroterías, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales similares; de lunes a domingo, de las dieciocho horas (18:00) a las seis horas (6:00) del día siguiente”, consignó la Presidencia.

ACTIVIDADES AL AIRE LIBRE

También se limitó la celebración de reuniones al aire libre en aquellos casos en que los asistentes no cumplan con el distanciamiento físico, el uso de mascarilla y medidas de bioseguridad para evitar contagios de Covid-19.

“Se prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos cuyos conductores o pasajeros no cumplan con las medidas sanitarias respectivas, en lugares, zonas y horas que afecten o puedan poner en riesgo la vida y seguridad de las personas, así como el funcionamiento de los servicios públicos”, es otra de las restricciones.

EMITEN RECOMENDACIONES

Además, el Ministerio de Salud recordó las normas sanitarias vigentes como el uso obligatorio de mascarilla en todo espacio o lugar público, establecimientos estatales o públicos, espacio o lugar privado abierto al público, lugares privados de servicios de acceso restringido y de cualquier clase de transporte o tránsito.

La cartera advirtió que el incumplimiento de estas sería sancionado con las medidas administrativas y penales que correspondan. “Se exceptúa del uso de mascarilla a los menores de 2 años y aquellas personas que, por su condición médica, cuenten con una contraindicación certificada por un profesional de la salud”.

A la vez, recomiendan continuar con el distanciamiento físico de por lo menos un metro y cincuenta centímetros, cumplir con limpieza y desinfección frecuente y apropiada de manos con gel que contenga alcohol mayor 60 % o lavado de manos con jabón antibacterial.

La aprobación del Estado de Prevención se realizó en una reunión sin acceso a la prensa y que tampoco fue transmitida por los canales oficiales de Gobierno.

La Hora


Giammattei declara Estado de Prevención a partir de este miércoles

Las disposiciones establecidas en el Estado de Prevención serán publicadas en el Diario Oficial este miércoles.

El Gobierno de Guatemala informó que fue aprobado el Estado de Prevención que fue anunciado por el presidente Alejandro Giammattei, el cual entró en vigencia a partir de este miércoles 14 de julio y tendrá una duración de 15 días.

Este incluye las siguientes limitaciones para evitar el contagio de Covid-19.

* Se prohíbe el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas, así como su consumo en la vía pública, establecimientos comerciales abiertos al público, cualquiera que sea su categoría o naturaleza, incluyendo discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios de dichas bebidas, hoteles, moteles o pensiones, supermercados, automercados, abarroterías, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales similares; de lunes a domingo, de las dieciocho horas (18:00) a las seis horas (6:00) del día siguiente.

* Se limitan las celebraciones al aire libre en aquellos casos en que los asistentes no cumplan con el distanciamiento físico, el uso de mascarilla y medidas de bioseguridad que garanticen el no contagio.

* No se prohíben las manifestaciones siempre y cuando se cumpla con las medidas de bioseguridad ya establecidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

* Se prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos cuyos conductores o pasajeros no cumplan con las medidas sanitarias respectivas, en lugares, zonas y horas que afecten o puedan poner en riesgo la vida y seguridad de las personas, así como el funcionamiento de los servicios públicos.

* Con relación a la reunión, grupo o manifestación pública que se lleve a cabo sin la debida autorización o, si habiéndose autorizado, se efectuare sin cumplimiento de las medidas sanitarias necesarias, portando armas u otros elementos de violencia, se procederá a conminarlos al cumplimiento de estas conforme lo establecido en la Ley de Orden Público, y a su disolución cuando la salud y seguridad pública lo amerite, indicó la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia a través de un comunicado.

Medidas vigentes

En el documento también se recordaron las medidas sanitarias vigentes, tales como: «el uso obligatorio de mascarilla en todo espacio o lugar público, espacio o lugar privado abierto al público, lugares privados de servicios de acceso restringido y de cualquier clase de transporte o tránsito».

Y que «el incumplimiento será sancionado con medidas administrativas y penales que correspondan. Se exceptúa del uso de mascarilla a los menores de 2 años de edad y aquellas personas que, por su condición médica, cuenten con una contraindicación certificada por un profesional de la salud», aseguraron.

También se reiteró el cumplir con el distanciamiento físico de por lo menos metro y medio y la desinfección frecuente de manos con gel o jabón antibacterial.

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