Nicaragua instaura la cadena perpetua para el delito de femicidio

NI3006. MANAGUA (NICARAGUA), 08/03/2017.- Manifestantes participan en una marcha con motivo del DÌa Internacional de la Mujer hoy, miÈrcoles 8 de marzo de 2017, en Managua (Nicaragua). Cientos de mujeres nicarag¸enses se manifestaron hoy en Managua a favor de la igualdad de gÈnero, de mayores oportunidades y de respeto a sus derechos, en ocasiÛn del DÌa Internacional de la Mujer. EFE/Jorge Torres
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La reforma al Código penal de Nicaragua, fue publicada este lunes 25 de enero en La Gaceta, diario oficial; a partir de hoy se aplicará en delitos graves calificados “crímenes de odio”.

La ley fue presentada el pasado 19 de enero, con carácter “urgente” por diputados de la bancada sandinista y forma cambios en los artículos: 47, 49, 51, 75, 82, 131, 133, 139 y 140 correspondiente a la ley número 641 del Código penal de Nicaragua.

De acuerdo a los Parlamentarios, a partir de hoy se castigará con cadena perpetua crímenes con agravante de “odio”, tales como: parricidio, asesinato agravado y femicidio.

No puede ser aplicada a delitos cometidos antes de la entrada en vigencia

“Ya está en vigencia, ya puede ser aplicada por hechos constitutivos de delitos acaecidos a partir de hoy. No puede ser aplicada retroactivamente a delitos cometidos antes de su entrada en vigencia”, expresó el abogado José Pallais a La Prensa.

También, se modificó el artículo 9 de la Ley 779, Ley Integral Contra la Violencia Hacia las Mujeres, la cual castiga con cadena perpetua, para quien prive de la libertad, tras “haber pretendido infructuosamente mantener o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima”.

Parricidio y femicidio

Asimismo, se castigará con prisión perpetua a los que cometan los delitos de Parricidio y femicidio; en los que la víctima tenga señales de asfixia, incendio, explosión, veneno, flagelación, mutilación o descuartizamiento en el cadáver.

Del mismo modo, si en cualquiera de los casos, si el asesinato fue presenciado por un menor de edad, si la victima misma es menor de edad o si ocurre después de una violación.

“Cuando la persona sea especialmente vulnerable por razón de enfermedad o discapacidad física o psíquica para resistir, o se trate de una mujer embarazada o persona mayor de 65 años de edad”, cita La Gaceta, diario oficial de Nicaragua.

Cadena perpetua de carácter “urgente”

La reforma al Código penal fue presentada y aprobada por diputados del FSLN en un proceso acelerado con carácter “Urgente”.

La vigencia de cadena perpetua completa el combo de leyes (Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, la Ley Especial de Ciberdelitos, la Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, Soberanía y Autodeterminación para la Paz, y la cadena perpetua) las cuales pretenden amonestar a opositores de Ortega-Murillo, apropósito del año electoral, según detractores.

La Costenísima

 

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