Aborto legal en Uruguay: cómo funciona la experiencia charrúa – Por Azul Cordo

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Aborto legal en Uruguay: cómo funciona la experiencia charrúa

Por Azul Cordo

Al ser un país que se precia de ser laico, en Uruguay no puede hablarse de milagros pero si los hay es por las políticas sanitarias que se desarrollaron desde que se aprobó en 2012 la legalización del aborto hasta las 12 semanas: solo hubo una muerte en 2018 durante una interrupción del embarazo realizada en el marco de la ley 18.987 y dos fallecimientos por abortos realizados en la clandestinidad, en 2013 y 2016. Previo a la ley se estimaban en 33 mil abortos clandestinos por año y actualmente se realizan un promedio de 9 mil en los plazos y condiciones de la ley.

Mientras que en 2001, los abortos provocados en condiciones de riesgo representaban el 28 por ciento de los fallecimientos vinculados a la maternidad, hoy esa cifra se acerca a cero y la mortalidad gestante bajó 50% en general, según este informe de AFP Factual de este año.

La legalidad y la salud pública salvan vidas y la experiencia charrúa es la evidencia. Una ley por sí misma no garantiza el cambio cultural necesario para que no sean estigmatizadas las mujeres y personas gestantes que deciden interrumpir un embarazo, pero sin dudas ampara en derechos sobre los que no se puede retroceder.

El proceso en Uruguay empezó antes de la sanción de la ley: en 2002 un grupo de efectores de salud decidió poner en práctica el programa “Iniciativas sanitarias contra el aborto provocado en condiciones de riesgo” (IS). Se trataba de un modelo de atención basado en la reducción de riesgos y daños en abortos inseguros, en la que el equipo realizaba orientaciones pre y pos-aborto a las mujeres en el hospital Pereira Rossell (la maternidad pública más grande del país). En 2004 se vota un proyecto de ley derrotado por cuatro votos. En ese mismo año, la Ordenanza 369/04 les permitió a lxs ginecólogxs informar sobre el uso del misoprostol como método abortivo. El modelo de IS, con el médico Leonel Briozzo al frente, siguió vigente, fortalecido y ampliado desde 2008, con la ley de Salud Sexual y Reproductiva (18.426) -norma que originalmente incluía la práctica de aborto, pero cuyos capítulos vetó el presidente Tabaré Vázquez, del Frente Amplio.

La insistencia del movimiento feminista uruguayo en no aflojar para conseguir el derecho al aborto en forma libre, segura y gratuita continuó, con la expectativa de que durante el siguiente gobierno frenteamplista de José “Pepe” Mujica (2010-2015) no se vetaría una ley que legalizara y despenalizara el aborto. Para sumar apoyos sociales, sindicalistas, estudiantiles, se combinaron acciones en espacios públicos, visibilidad en la agenda política y cultural (como campañas y desfiles durante el Carnaval) y lobby en el Parlamento.

Si bien el texto original de la actual ley IVE, aprobado con media sanción en el Senado, no despenalizaba el aborto, sin dudas no era tan restrictivo como el que finalmente se aprobó en Diputadxs, con modificaciones negociadas con Iván Posada del Partido Independiente (de centro) para lograr el voto 50 que el FA no garantizó, aunque tenía la mayoría parlamentaria.

Negociar con Posada supuso la inclusión de la objeción de conciencia de ideario (además de la objeción individual para profesionales de la salud), la inclusión de un equipo interdisciplinario (integrado por ginecólogxs, psicologxs y trabajadorxs social) al que la persona que solicita el aborto en el servicio tiene que consultar y pasar por un llamativo “periodo de reflexión” de cinco días para luego ratificar la voluntad de interrumpir el embarazo mediante consentimiento informado. Recién ahí, la persona vuelve a ver al ginecólogx que es el/la únicx profesional autorizadx para recetar mifepristona y misoprostol e ir a la casa a abortar. En excepcionales ocasiones se puede solicitar abortar en el centro de salud, así como pedir aborto quirúrgico (que suele ser legrado).

El texto aprobado en Uruguay no saca al aborto del Código Penal (vigente desde 1938), sino que establece como punibles a las mujeres que aborten o a quienes las ayuden a abortar por fuera de las circunstancias, plazos y condiciones definidas por la ley. Es decir: fuera de las 12 semanas de gestación, fuera de los servicios de salud y a aquellas migrantes que tienen menos de un año de residencia.

La experiencia uruguaya sirve para pensar el debate en Argentina y no darle tanto margen de maniobra al poder médico hegemónico. Ese es el mayor aprendizaje que puede tomarse a ocho años de la aplicación de la ley charrúa.

Que la autorización de la práctica haya quedado solo en manos de ginecólogos (ni siquiera una suerte de dispersión del poder entre enfermeras o parteras) hizo que el cuello de botella para ejercer el derecho a un aborto libre, seguro y gratuito, se estreche y las consecuencias apremien sobre los plazos legales, expulsando muchas veces a nuevas prácticas clandestinas -con un crecimiento del mercado y la venta ilegal de misoprostol-.

“El modelo de reducción de riesgos y daños no fue pensado como una medida temporal -dice Lilián Abracinskas en Abortus Interruptus-, sino como una alternativa a un cambio legal de reconocimiento del derecho a decidir. Allí radica la influencia del poder médico en la resolución legal del 2012, además de la de Tabaré Vázquez en el 2008. (…) se demuestra que hasta el más progresista de los médicos consideró que las mujeres deben ser tuteladas en sus decisiones y que la maternidad tiene un valor superior”, como dice claramente el artículo 1º de la ley. Por eso, la activista recuerda que el objetivo de la ley debería ser “evitar la práctica insegura”, no perpetuar “la injerencia médica en la decisión de la mujer”.

Esta concentración corporativa de los ginecólogos en habilitar (mediante la receta de un medicamento, al fin y al cabo) una decisión tomada sobre un embarazo no deseado, puede verse como cierta forma de mantener “prestigio” en una práctica denostada en el mundo médico por la que encima, con esta ley, ni siquiera cobran acto médico comercial. Quizás el aborto en clínicas clandestinas ya no sea redituable y, de hecho, parte del apoyo que tuvo entre los médicos la legalización del aborto fue que la práctica dejara de criminalizarles.

Mientras tanto, la formación y sensibilización de profesionales de la salud pública a nivel primario (a través de la Red de Atención del Primer Nivel-RAP) garantiza el cumplimiento de los plazos legales en policlínicas barriales, aunque la RAP de Montevideo presentaba 53% de sus ginecólogxs objetores de conciencia en 2017.

Vale decir que para descomprimir las carreras que muchas mujeres corren contrareloj en el sistema de salud para llegar a abortar dentro del plazo legal, y considerando que a tantos ginecólogxs les molesta autorizar abortos, es una pena que no se haya considerado la oferta hecha por la Sociedad Uruguaya de Medicina Familiar y Comunitaria) en 2015, tras el fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo-TCA a favor de un grupo de objetores de conciencia: “modificar el decreto reglamentario de la IVE desde el Ministerio de Salud, cambiando la especificación de la especialidad médica que puede intervenir en determinadas etapas”, para que médicxs de familia puedan reemplazar a ginecólogxs en los equipos interdiciplinarios y en la administración del misoprostol, considerando además que ya participan -habilitados legalmente- de “la primera consulta que desencadena el proceso de IVE y del control post IVE”. En esa propuesta establecían que, si bien la objeción de conciencia es un derecho de los profesionales, “puede vulnerar los derechos de las mujeres”y que incluir a médicxs comunitarios en el proceso de IVE permitiría “preservar el enfoque de derechos y el acceso a la salud integral”. La corporación no recogió este guante.

Para saber cómo funcionan los servicios de aborto ha sido clave contar con un monitoreo desde la sociedad civil, ya que la información oficial desde el Ministerio de Salud Pública ha sido escueta, tardía e incompleta. El Observatorio Nacional en Género y Salud Sexual y Reproductiva en Uruguay de Mujer y Salud en Uruguay (MYSU) ejerce el derecho ciudadano de exigir el acceso a la información pública y construyen también datos propios a partir de metodologías de las ciencias sociales, cuyos resultados han sido tomados y valorados por las autoridades públicas.

De estos monitoreos surgieron los altos porcentajes de objetores de conciencia que han sido noticia incluso a nivel internacional, cuando se revisa el modelo uruguayo. Las objeciones alcanzan el 40% del total de ginecólogx en todo el país -según datos oficiales, a 2016- y el 100% en algunas ciudades y departamentos -según MYSU, con el tristemente emblemático caso del departamento de Salto donde se registró en 2013 (y durante varios años) un 100% de ginecólogxs objetores. Esto restringe muchísimo el acceso a los servicios de IVE, en tiempo y forma, y genera otro gran obstáculo: el que las mujeres que decidan abortar deban trasladarse (por sus propios medios) a otro departamento (generalmente a Montevideo) para acceder al servicio. O bien, como fue el caso de Salto, que una ginecóloga no objetora se trasladase una vez por semana de Montevideo a Salto para habilitar IVE. Esto ponía un cartel luminoso sobre quienes concurrían a los servicios de salud sexual y reproductiva ese día en que llegaba “la doctora que viene de Montevideo”. Una doble estigmatización: sobre quienes decidían abortar y sobre la médica.

En otras ciudades registraron que entre el 50 y 80% de lxs ginecólogxs eran objetores, lo que generaba saturación de servicios en otra ciudad del mismo departamento donde no hubiera objetores o el traslado a otro departamento, como ya señalamos, con la complejidad y trastocamiento que implica para la vida cotidiana de la mujer que deba moverse para acceder a este derecho, gestionando cuidados de otros hijos, licencia laboral, qué decir a la pareja sexual si ese embarazo era no deseado y además fruto de una relación violenta, entre miles de posibilidades.

¿Cómo se traducen estos números? En el departamento de Rocha, por ejemplo, de los tres servicios IVE que existen, en el Hospital de la ciudad de Castillo hay un ginecólogx y ésx profesional es objetorx; por lo tanto, la persona que decida objetar puede ser derivada a Chuy, donde hay dos ginecólogxs -ningunx objetorx-, o a Rocha, la capital, donde no hay datos cuántos ginecólgxs atienden. O en Cerro Largo, donde dos de tres ginecólogxs objetaron conciencia; o en Paysandú, donde 11 de 13 son objetorxs. Estos datos pueden verse en la página 46 de la última sistematización de monitoreos de MYSU de 2017 en 10 de 19 departamentos del país.

Desde entonces, “nada indica que las cifras de objetores hayan tenido modificaciones sustanciales”, dice Santiago Puyol, investigador del Observatorio, a LatFem. “No hemos podido acceder a cifras de objeción de conciencia y no se encuentran disponibles en el MSP, entre otras cosas porque, tras el fallo del TCA en 2015 y la normativa vigente elaborada en 2016, la nómina de objetores es privada”, añadió el politólogo.

Otros resultados llamativos que el equipo Mujer y Salud pudo relevar con entrevistas en profundidad a profesionales de la salud fue constatar (hace cinco años) que algunxs ginecólogxs, que trabajan en más de un centro de salud, objetaban en un servicio y en otro no. Esta discrecionalidad cae directamente sobre las usuarias de los servicios de salud quienes tampoco tienen acceso a la lista de objetores del servicio de salud público o mutualista de la que son socias.

“Es urgente analizar trayectorias de acceso al aborto que exponen a las mujeres a situaciones de violencias en una ley que es medicalizante y tutelante, porque su entramado legal le da potestades enormes al poder médico, sin que se haya ningún tipo de contralor con la objeción de conciencia; de hecho, en otros países ya no se habla de objeción de conciencia para aborto, sino de obstrucción de acceso”, señaló Lucía Berro, abogada e investigadora asociada al Núcleo Interdisciplinario “Adolescencia, Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos” de la Universidad de la República (UdelaR). Ella advierte: “Tenés un sistema pensado para que la mujer sea un objeto tutelado y que su cuerpo siga siendo un campo de batalla del poder médico. Pasamos de poner el cuerpo de las mujeres bajo el poder y la vigilancia del derecho criminal a ponerlo bajo el poder y la vigilancia del poder médico. A la mujer se le dan muy pocas potestades; no se la reconoce como un sujeto pleno de derechos”.

Despenalizar la palabra para acabar con el estigma

Tras la defensa sostenida de la ley IVE, con un fuerte apoyo de la opinión pública y el consecuente rechazo popular a que sea refrendada en plebiscito en 2013, pero registrando a la objeción de conciencia y los traslados debido a esas objeciones como los principales obstáculos para la implementación de la ley IVE, estos ocho años han permitido recordar que una ley no protege de la penalización social aún aquí, donde la Iglesia y el Estado son asuntos separados en la Constitución desde 1918.

Una ley ampara en derechos. En este caso es más la ley que tenemos que la que queremos, es perfectible. Pero habrá que defenderla una vez más contra el avance de grupos antiderechos. A ciertos grupos evangélicos se suma esta agenda el partido militar Cabildo Abierto, con representación parlamentaria desde este año, con el ex jefe del Ejército, Guido Manini Ríos, como máximo referente.

Cabildo Abierto “no solo emergió como actor nuevo en las elecciones pasadas, sino que se ha vuelto uno de los actores con discursos antigénero más visibles, entre sus líderes y figuras parlamentarias”, afirma Puyol. “Hemos estado analizando quiénes son, cómo se mueven, qué estrategias tienen, y prestando atención a qué fenómenos son nuevos y cuáles de larga trayectoria”.

Pero, por otro lado, lo que se habilitó también es animarse a hablar por fuera de la clandestinidad sobre las experiencias de abortos legales, aunque estos relatos no sean lo que se escucha habitualmente cuando aplauden la ley uruguaya: en los últimos cinco años, de a poco, han aparecido las voces de las protagonistas de esos nueve mil abortos anuales. Y lo que tienen para decir es:

“Las mujeres continuamos siendo violentadas por abortar y no recibimos toda la información necesaria de forma detallada y clara. La gran mayoría de nosotras desconocemos cuáles son exactamente los efectos del misoprostol. Los médicos, en lugar de limitarse a hacer su trabajo, todavía juzgan moralmente a quienes decidimos abortar. La obligatoriedad de las consultas con el equipo multidisciplinario no tiene más sentido que limitar nuestro derecho sobre nuestro cuerpo”.

   

En esa crónica se detalla el periplo para abortar, las opiniones sobre las decisiones autónomas, la falta de perspectiva de género y de derechos en la atención sanitaria. En los testimonios recogidos por Mujeres en el Horno o en el proyecto Contá Conmigo lo que aparece es el estigma social que pesa sobre las mujeres.

La abogada Berro, que coordina Contá Conmigo donde han participado desde adolescentes de 16 años hasta mujeres de 44, dijo a LatFem que en los testimonios registraron “una serie de violencias dentro de los procesos de acceso al aborto”. Muchos testimonios en los que, al momento de hacer la ecografía, se dejó el sonido de los latidos o que les han dicho “qué pena, tan lindo, el bebé sería igualito a vos”; o violar la privacidad de la usuaria, gritando su nombre en la sala de espera aclarando que la llaman para la atención por aborto.

“Estas violencias se dan por el modelo medicalizante que requiere la intervención de ginecólogos -incluso en abortos muy tempranos-, absolutamente innecesaria para recetar misoprotol y mifepristona, y la objeción de conciencia, que no tiene contralor, ninguna manera de monitorearse, ni espacios donde las usuarias puedan denunciar que se configura violencia en este servicio”, criticó Berro. Las denuncias por violaciones a los derechos de usuarixs de salud se presentan todas en un mismo correo del MSP, sin distinción de servicios ni de urgencias por el tipo de demanda.

Ir despenalizando la palabra permite empoderarnos como usarixs de los servicios de salud. Una persona que ha transitado una IVE “sin complicaciones” se pregunta “por qué le informaron sobre todo lo que puede salir mal en un aborto y no en un embarazo”, repasa Berro, de entre los testimonios que pueden encontrarse en el instagram y el librillo del proyecto. Expresarnos y reunir estos testimonios es utilizar fisuras del sistema para cuestionarlo y cambiarlo. Hacia dónde dirigir la potencia de tantos testimonios emocionantes, dolorosos, removedores, es todavía un desafío.

“La manera como estamos regulando y legalizando el aborto contiene en sí misma el estigma -sigue Berro-. Es una ley que excepcionaliza un servicio de salud, que lo restringe a uruguayas o a residentes con más de un año en el país, que requiere un período de reflexión, que sigue hablando del aborto como algo ‘a reducir’, en vez de normalizarlo como un servicio accesible para todxs”.

También se han registrado varios testimonios donde hay un encarnizamiento en el método, donde se ha llegado a repetir el procedimiento medicamentoso cinco veces (un total de 20 pastillas de misoprostol) para lograr el aborto. “Esto se percibe todavía como un efecto secundario de la ley y no como violencias de género que sufren las mujeres que ejercen su derecho”, dice la abogada.

Por último, Berro aceptó que “sería muy injusto no reconocer los beneficios que la ley tiene y lo que ha significado para Uruguay la reducción de la morbi-mortalidad materna”, pero a la vez interpela: “¿Como sujeta de derechos, lo único que puedo esperar de una ley es que yo no me muera en el proceso? ¿O puedo, en un marco de derechos humanos, pedirle mucho más al Estado? Pedirle un acceso digno, no estigmatizante ni violento a los sevicios de salud. En nuestro sueño feminista de acceso al aborto no podemos seguir apostando solo a un modelo medicalizante y tutelante”.

Este lunes 30 de noviembre, la Intersocial Feminista de Uruguay manifestó en redes sociales que acompañan y apoyan el proyecto ingresado el 18 por el Poder Ejecutivo al Congreso, con el orgullo que produce desde esta orilla del Río de la Plata “el activismo feminista y el rol las defensoras de derechos humanos en Argentina, cuyo temple e insistencia dará pronto sus frutos, generando uno de los avances fundamentales e imprescindibles para garantizar los derechos humanos de las niñas, mujeres y personas gestantes no solo en ese país, sino también en la región y en el mundo”.

En Argentina ya hay muchas redes tejidas para que la ley le dé amparo y garantías algo que ya ocurre. La calle está ganada y a la clandestinidad no volvemos. Pero sabemos que, con ley, la lucha sigue. En Uruguay cada tanto volvemos a levantar las manos naranjas bien arriba, como escudos, ahora atadas a pañuelos verdes en solidaridad y sororidad.

Entre la ley y los hechos: claves para pensar su implementación

En Uruguay, la difusión de los servicios de salud sexual y reproductiva (incluidos los de aborto) son escasos o nulos. No hay campañas de difusión pública en los centros de salud y, si bien no se registraron públicamente mayores complicaciones o alteraciones en la atención a las usuarias durante la pandemia, tampoco hubo campañas o materiales específicos en estos meses sobre SSR y COVID-19 elaborados desde el Ministerio de Salud Pública, sino apenas una serie de recomendaciones para la atención en embarazo, parto y puerperio. “Este año, atendiendo a las barreras que ya habíamos identificado y previendo dificultades que pudiera haber con la pandemia, elaboramos un folleto que explica la normativa de IVE en Uruguay y el uso de medicación abortiva para subsanar vacíos de información sobre los servicios y la propia realización de un aborto”, dijeron desde MYSU.

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