Argentina se convirtió en el quinto país latinoamericano que legaliza el autocultivo de cannabis medicinal
Argentina, entre los cinco latinoamericanos que avalan el autocultivo
Por Mariano Beldyk
Con el decreto que amplió el acceso al cannabis con fines medicinales bajo la opción del autocultivo, la Argentina se consolidó como parte del reducido club de cinco países que habilitaron esta práctica, a nivel latinoamericano, con diversos márgenes de limitación.
Más allá de las trabas políticas que los gobiernos conservadores imponen a los proyectos que se mueven en esta dirección, el próximo mes podría ser uno clave para la comunidad internacional ya que las Naciones Unidas podrían definir el demorado retiro de este cultivo del listado más restrictivo de drogas, eliminando una de las mayores trabas burocráticas para quienes todavía no aceptan las propiedades terapéuticas de esta planta.
Tras el primer impulso de Uruguay, como un caso único en 2013, la mayor parte de la región avanzó en la despenalización y legalización del cannabis a lo largo de los últimos cinco años con modalidades dispares —licitaciones, provisión del Estado, autocultivo y clubes— y limitaciones —número permitido de plantas por persona o productos en farmacias o dispensarios, por caso–.
Colombia, Chile, Paraguay y Uruguay permiten el autocultivo, tal como lo hace la Argentina, mientras que Ecuador, México, Perú y Puerto Rico avalaron el uso terapéutico pero no contemplan la posibilidad de las cosechas personales. Con el decreto publicado, la Argentina corrigió aquella falencia de la ley 27.350 aprobada en marzo de 2017.
México amagó con avanzar hacia el autocultivo con fines recreativos en marzo de 2020 cuando la pandemia detuvo el impulso que había adquirido un dictamen favorable en el Senado para la Ley para la Regulación del Cannabis. Un fallo de 2015 de la Suprema Corte de Justicia de aquel país había dado luz verde en este sentido, si bien nunca se generalizó más allá de los cuatro demandantes implicados.
Para quienes militan una mayor liberalización, el dictamen aprobado no es tan flexible como se presenta. Lo cuestionan porque favorece a los grandes productores por sobre los cultivos domésticos. Así y todo, lo votaron como la mejor opción disponible en las instancias previas del Senado. Luego, la emergencia pausó la media sanción del pleno prevista para el 30 de abril y podría tener lugar recién en diciembre.
El caso de Uruguay es, sin dudas, el que representó todo un quiebre de paradigma para la región y el mundo desde que, en 2013, aprobó el uso del cannabis con fines terapéuticos y recreativos con la posibilidad del autocultivo. Acorde a la última actualización por parte del Instituto de Regulación y Control del Cannabis, correspondiente al 20 de octubre de 2020, hay 42.614 inscriptos para la compra en las 14 farmacias autorizadas.
Mientras que son 9.106 quienes se registraron para cultivar en sus casas y 4.939 los que lo hicieron como miembros de clubes de cultivo. El nuevo decreto en Argentina también apunta a estimular la investigación, tal como ocurre en aquel país, donde el Estado otorgó 19 licencias de este tipo a la par de otras 15 con fines industriales.
A nivel continental, Canadá es el otro ejemplo de un país que adoptó el uso recreativo en 2018, a imagen de Uruguay, y el único miembro del G7 en permitirlo tras concebir el fin terapéutico desde 17 años antes. Hubo un boom mediático que auguraba inversiones millonarias que convertirían al país en poco más que un enorme campo cannábico. Hasta el rapero Snoop Dogg se mostró interesado en desembarcar con su conocida marca Leafs by Snoop. Y lo hizo, aunque el Dorado prometido nunca ocurrió.
Estados Unidos no se queda atrás en la vecindad. En las últimas elecciones, hace diez días, no hubo el mismo final cabeza a cabeza de Donald Trump y Joe Biden respecto a la pregunta sobre legalizar o no el cannabis: Arizona, Nueva Jersey, Montana y Dakota del Sur se pronunciaron por el «Sí» en sus respectivos referéndums en paralelo a los comicios presidenciales y legislativos. De este modo, se sumaron a la capital del país, DC, y los once estados –Illinois, Vermont, California, Alaska, Colorado, Washington, Maine, Massachusetts, Michigan, Nevada y Oregón– que ya comprendían esta posibilidad con distintos márgenes. Los especialistas creen que Nueva York y Pensilvania podrían seguir la misma dirección.
Al 20 de octubre de 2020, en Uruguay se registraban 42.614 inscriptos para la compra en las 14 farmacias autorizadas. Mientras que son 9.106 quienes se registraron para cultivar en sus casas.
A nivel mundial, la lista es aún más amplia y ronda los 30 estados. Difieren respecto a los mecanismos aunque, en esencia, priorizan el fin medicinal. Alemania, Dinamarca, Francia, Australia, Italia, Luxemburgo, Nueva Zelanda, los Países Bajos, República Checa, Reino Unido, Sudáfrica, Tailandia y Sri Lanka se ubican dentro de este conjunto de países con una mirada más liberal sobre el cannabis. En el resto de los estados, subsisten trabas políticas y, donde no, burocráticas, relacionadas con la clasificación de este cultivo a nivel internacional como parte de las drogas más peligrosas.
Por caso, nueve países latinoamericanos no permiten el cannabis bajo ningún concepto, ni siquiera el medicinal: Bolivia, Brasil –siendo su principal mercado, según el reporte Cannabis in Latin America: The Regulations and Opportunities–, Cuba, Guatemala, Honduras, Nicaragua, El Salvador, Dominicana y Venezuela. Sigue siendo ilegal pese a que, en muchos de ellos, hay iniciativas, campañas y hasta proyectos de ley con grado diverso de maduración para modificar la prohibición. Panamá y Costa Rica son los que más se acercan a cambiar su concepción.
Hoy, el cannabis figura en dos de las Listas de estupefacientes acorde a la clasificación de las Naciones Unidas. En la I, donde se reconoce el poder terapéutico de las drogas listadas, y en la IV, consideradas las más restrictivas. Allí convive con, por ejemplo, la heroína. En marzo, y siguiendo una recomendación de la Organización Mundial de la Salud a través de su Comité de Expertos en Drogodependencias, la ONU iba a eliminar el cannabis de la Lista IV. Al final, la decisión, a cargo de la Comisión de Estupefacientes, se aplazó hasta el último mes del año. Los ojos ahora están puestos en diciembre.
Cannabis medicinal: autocultivo y acceso gratuito, las claves de la nueva reglamentación
La nueva reglamentación de la ley de Uso Medicinal del Cannabis (27.350), publicada este jueves en el Boletín Oficial, amplía su utilización más allá de la epilepsia refractaria, permite el autocultivo, garantiza la provisión para pacientes, fomenta la investigación y autoriza la producción pública y privada de aceite y otros derivados, lo que fue celebrado por pacientes, familiares y organizaciones.
La nueva reglamentación -que deroga el Decreto N° 738/2017- surgió a partir de la construcción de consensos entre las autoridades sanitarias, las sociedades científicas, los organismos públicos involucrados y las organizaciones no gubernamentales.
«Es la reglamentación que esperábamos en marzo de 2017. No podemos más que celebrar que en un contexto como éste el Gobierno nacional haya escuchado el pedido de la sociedad y haya visto que la marihuana no sólo no es un flagelo sino que puede ser una solución para muchas personas», indicó a Télam la fundadora y presidenta de Mamá Cultiva, Valeria Salech.
A través del Registro del Programa de Cannabis (ReProCann), los pacientes podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada.
En este sentido, la fundadora de la organización que lucha por la legalización de esta planta con fines de salud, indicó que «la reglamentación viene a reconocer también un trabajo porque no solamente se le va a permitir el cultivo a los individuos sino también a organizaciones sociales y de cultivadores».
«El Gobierno entendió que el cambio se viene dando de abajo para arriba porque la reglamentación tiene una mirada regional, además también prioriza la producción pública», agregó.
El proyecto avanzó sobre cinco aspectos centrales de la ley que habían quedado fuera de la reglamentación anterior: el acceso, la posibilidad de inclusión de otras patologías, la gratuidad, la investigación y la calidad.
En referencia al acceso y la gratuidad, el artículo 7 de la reglamentación estableció que los y las pacientes «podrán adquirir especialidades medicinales elaboradas en el país, importar especialidades medicinales debidamente registradas por la autoridad sanitaria o adquirir formulaciones magistrales elaboradas por farmacias autorizadas u otras presentaciones que en el futuro se establezcan».
Y añadió que «aquellas personas que no posean cobertura de salud y obra social, tienen derecho a acceder en forma gratuita».
La normativa dice que, «en caso contrario la cobertura deberán brindarla las Obras Sociales y Agentes del Seguro de Salud del Sistema Nacional, las demás obras sociales y organismos que hagan sus veces creados o regidos por leyes nacionales, y las empresas o entidades que presten servicios de medicina prepaga».
A diferencia de lo que pasaba con la reglamentación anterior, que sólo contemplaba la epilepsia refractaria, «en el contexto del ReProCann va a haber planteadas otras patologías en base a la evidencia disponible y la indicación médica», explicó a Télam el coordinador del Programa Nacional de Investigación sobre los Usos Medicinales del Cannabis, Marcelo Morante.
Este funcionario señaló que «en relación a la investigación y la calidad, la reglamentación amplía la posibilidad de investigación básica y en las universidades».
En este sentido, Catalina Van Baren, profesora de la cátedra de farmacognosia de la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la Universidad de Buenos Aires (UBA) -que forma parte del Instituto de Química y Metabolismo del Fármaco (Iquimefa) que también pertenece a Conicet- señaló que «con la reglamentación anterior todo eran trabas, había que obtener permisos que costaban muchísimo, lo que esperamos es que a partir de ahora esto se facilite».
Van Baren, cuyo equipo de investigación trabaja en distintas líneas con cannabis que van desde analizar todo tipo de muestras tanto plantas como aceites, resinas, cremas o cualquier otra formulación hasta la evaluación de la toxicidad en el organismo de las personas, celebró la incorporación del autocultivo y sostuvo que «es un gran paso para los pacientes y sus familias, para que no sean perseguidos ni criminalizados».
«Estas modificaciones son el resultado del impulso de pacientes y sus familias, la investigación no avanzó en el mismo sentido porque fue durante muchos años una planta prohibida, esperamos que esto comience a cambiar», señaló la bioquímica.
Y entre los desafíos puntualizó que «ahora tenemos que lograr que todos los laboratorios tengamos los elementos para poder medir los cannabinoides en los preparados, mejorar los procesos de calidad y establecer criterios estandarizados para esas mediciones».
En referencia a la producción, Morante describió que «el objetivo es potenciar a la producción regional y la realizada en los laboratorios públicos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (Anlap)» y aclaró los productores privados podrán hacerlo realizando los debidos procesos de registración.
La nueva reglamentación fue impulsada por el ministro de Salud, Ginés González García, quien junto a la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti y la subsecretaria de Medicamentos e Información Estratégica, Sonia Tarragona, encabezaron el proceso de diálogo y articulación para la construcción de consensos con todos los actores implicados en la temática.
«Este enfoque fue prioritario para las autoridades sanitarias, teniendo en cuenta que es una temática controversial, pero absolutamente relevante para una importante cantidad de personas que atraviesan una situación de necesidad que demanda un Estado presente, rector, que los reconozca y no los penalice», concluyó la cartera sanitaria en un comunicado.