Todas las medidas sanitarias que se aplicarán en el plebiscito del 25 de octubre

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Contexto de Nodal
El 25 de octubre Chile celebrará un referéndum que determinará si la ciudadanía aprueba el inicio de un proceso constituyente para elaborar una nueva Constitución y qué mecanismo se utilizará en dicho proceso. El plebiscito contará con dos papeletas. La primera dice «¿Quiere usted una nueva Constitución?» Y las opciones son: «Apruebo» o «Rechazo». La segunda dice «¿Qué tipo de órgano debiera redactar la nueva Constitución?», y las alternativas son: «Convención Mixta Constitucional» (asamblea conformada en un 50% por constituyentes elegidos directamente y 50% por miembros del actual Congreso) o «Convención Constitucional» (asamblea conformada por 100% de constituyentes elegidos). En caso de ganar la opción Apruebo, la elección de los convencionales constituyentes se realizará el 4 de abril de 2021 junto con las elecciones municipales y de gobernadores regionales.

Plebiscito: Conoce todas las medidas sanitarias que aplicará el Servel

Por Érika Cabrera

El Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel) publicó las normas e instrucciones para el buen desarrollo del Plebiscito del próximo 25 de octubre.

Y es que en medio de la pandemia que se vive actualmente, las medidas sanitarias cobran más relevancia que nunca.

1-Uso de lápiz pasta azul

Por primera vez se permitirá el uso de lápiz pasta azul, que debe ser llevado por el elector, para firmar el padrón de mesa y para votar. Si el elector no llevase su propio lápiz pasta azul, la mesa receptora de sufragios contará con lápices para facilitarle, los que serán higienizados entre cada uso.

2-Cámaras secretas sin cortinas

Se elimina el uso de cortinas o puertas a las cámaras secretas, las que deberán ser ubicadas de forma de mantener el secreto del voto.

3-Horario de votación extendido a 12 horas

Las mesas receptoras de sufragios empezarán a funcionar a las 8:00 horas y a las 20:00 horas se podrá declarar el cierre de la mesa, a menos que existan electoras o electores a la espera de sufragar en ella.

4-Horario exclusivo para mayores de 60 años

Desde las 14:00 a las 17:00 horas las electoras y electores adultos mayores de 60 años tendrán un horario exclusivo. Fuera de este horario tendrán trato preferente para votar durante todo el día.

Otros electores y electoras podrán votar en este rango horario, siempre que no haya mayores de 60 años esperando para hacerlo. Entre ellas, mujeres embarazadas, o personas que tengan algún tipo de discapacidad o que requieran ser asistidos en el ejercicio de su sufragio.

5-Vocales protegidos

Los vocales estarán distanciados por un mínimo de, al menos, un metro entre sí y contarán con kits sanitarios provistos por Servel con elementos de protección de alta calidad, debiendo cumplir en todo momento con las medidas que se darán a conocer durante los próximos días en el “Protocolo Sanitario Plebiscito Más Seguro”.

6-Distancia física en todo momento

Se establece la distancia física de, al menos, un metro. Esto, en filas fuera y dentro de los locales de votación, entre los vocales, apoderados y personal con rol electoral.

7-Uso obligatorio de mascarillas

Se estableció el uso obligatorio de mascarillas (propias, no provistas por Servel) para todos los electores, apoderados, medios de comunicación y quienes no cumplan roles o funciones electorales, sea que se encuentren dentro o fuera de un local de votación y colegios escrutadores.

Servel hará entrega de mascarillas y elementos de protección personal a todos quienes desarrollen labores electorales, como son los vocales (que contarán con un completo kit de elementos de protección), delegados, personal de enlace, facilitadores, entre otros.

8-Ingreso a los locales sin acompañantes

Se ha determinado que los electores y electoras deberán ingresar a los locales de votación sin acompañantes. A menos que requieran de asistencia para votar (personas con discapacidad o adultos mayores con problemas de movilidad).

9-Higiene de manos

Los electores deberán hacer uso de su propio alcohol gel o del provisto en los locales de votación para sanitizar sus manos antes y después de votar.

10-Aforo máximo en los locales de votación

Las filas en las mesas receptoras de sufragios podrán contar con un máximo de 10 electores, tanto en espacios abiertos como cerrados, los que entre sí deberán mantener una distancia física de a lo menos un metro. El aforo máximo de un local de votación será el número de mesas receptoras de sufragios que tiene en su interior multiplicado por 10.

FM Dos


Apruebo o Rechazo: ¿Qué implica cada alternativa del Plebiscito 2020?

Este 25 de octubre un total de 14,8 millones de personas podrán definir la posibilidad de contar o no con una Nueva Constitución. Estos son los alcances y límites de las dos opciones que marcarán una consulta inédita en la historia de Chile.

Dos papeletas recibirán el próximo 25 de octubre las más de 14,8 millones de personas que decidan ser parte del Plebiscito que definirá la posibilidad de contar o no con una Nueva Constitución y cuál será el organismo a cargo de formular un nuevo texto, en caso de que se imponga la opción del «Apruebo».

Se trata de un proceso inédito en la historia de Chile donde la posibilidad de cambiar o no la Constitución recaerá en nadie más que la ciudadanía.

Por otro lado, el proceso tendrá medidas sanitarias nunca antes vistas en la historia de los procesos eleccionarios de Chile, debido a la pandemia del Coronavirus: distancia entre electores, obligación de usar mascarilla y la posibilidad de sufragar con un lápiz propio son solo algunas.

A continuación, te contamos qué procesos se activan en caso de que triunfe el Apruebo y qué pasa si se impone el Rechazo:

¿Qué pasa si gana el “Apruebo”?

Se iniciará el proceso para la redacción de una nueva Constitución, el que estará a cargo de una Convención Constitucional (integrada en un 100% por ciudadanos electos para este propósito, y cuya composición será paritaria entre hombres y mujeres) o una Convención Mixta (integrada por 86 ciudadanos electos para este propósito y 86 parlamentarios que designará el Congreso). El órgano será definido por la Ciudadanía en el mismo plebiscito del 25 de octubre, en una segunda papeleta. Para conocer más detalles de las diferencias las convenciones, ingresa a este enlace.

La elección de los integrantes del órgano constituyente se realizará el 11 de abril de 2021, mismo día en que se elegirá a alcaldes, concejales y gobernadores regionales.

Una vez que se conforme el organismo, la instancia tendrá un plazo de nueve meses para lograr una propuesta, el que podrá prorrogarse por otros tres meses más (o sea, a fines de 2021 o inicios de 2022). En caso que no logren arribar a una propuesta, se mantendrá la Constitución de 1980.

Posteriormente será el Presidente de la República quien deberá convocar a un plebiscito ratificatorio o de salida, donde la ciudadanía deberá aprobar o rechazar el texto propuesto por la convención, sea mixta o constitucional. En este caso, de ganar el Rechazo, se mantendrá el texto vigente. Si gana el Apruebo, se promulgará un nuevo texto constitucional.

La fecha de esta elección -que será con voto obligatorio- será 90 días después, pero el día exacto dependerá de una serie de factores. Revisa más detalles ingresando a este enlace.

¿Qué pasa si gana el “Rechazo”?

Si triunfa la opción “rechazo” el proceso constituyente llegará hasta ese punto y seguirá vigente la Constitución actual. Nada más ni nada menos que esto.

Pero existen otros dos escenarios en que se podría descartar la posibilidad de una nueva Constitución: que el organismo constituyente no logre consensuar una propuesta, o que el nuevo texto sea rechazado en el plebiscito ratificatorio o de salida que se realizará al finalizar este proceso.

¿Se puede cambiar la Constitución si gana el «Rechazo»?

Uno de los principales argumentos de los comandos por el Rechazo es que estarían dispuestos a realizar reformas a la actual Constitución a través del Congreso, y sin la necesidad de montar una nueva institución paralela al Poder Legislativo, y que implicará gasto.

Sin embargo, como explican los académicos de la UDP Claudio Fuentes y Domingo Lovera en el libro «Manual para la ciudadanía constituyente», la posibilidad de reformar la actual constitución en caso que triunfe el rechazo dependerá «del interés que tengan los actuales congresistas y el gobierno de iniciar proyectos de ley para reformar la Constitución».

Junto con esto, advierten que se debe considerar que con el sistema presidencial chileno -establecido en la actual Constitución- todas las reformas que impliquen gasto por parte del gobierno deben ser iniciadas por el Ejecutivo.

Si gana el Apruebo: ¿El órgano constituyente podrá cambiarlo todo? ¿Podrá disolver el Congreso?
Es una de las frases que circula en redes sociales: la posibilidad de que la propiedad privada se pueda ver afectada en caso de que se decida dar curso a una nueva Constitución, o que el organismo constituyente asuma otro tipo de facultades, pudiendo reemplazar, por ejemplo, al Congreso, o limitar el rol de los tribunales.

Nada de eso es cierto.

Tal como explica Sebastián Soto -académico de la UC y representante de la UDI en la mesa técnica que elaboró la propuesta de ley para concretar el Plebiscito- «en caso de que se imponga el Apruebo la Convención Constitucional o Mixta tiene una serie de limitaciones».

«En primer lugar, tiene una limitación de tiempo, no está permanentemente funcionando. En segundo lugar, tiene una limitación de objetivo: su único objetivo es redactar una nueva Constitución», agrega.

En este sentido, explica que el organismo «no puede atribuirse otras facultades, otros poderes de otros órganos del estado. Y además tiene limitaciones materiales, como por ejemplo, debe respetar el régimen democrático, debe respetar las sentencias judiciales, los tratados internacionales».

«En ese sentido, la convención tiene autoridad, tiene poder para redactar una nueva constitución pero no puede usurpar los poderes de otros órganos del estado ni tampoco ir más allá de aquello que es su mandato: redactar una nueva constitución», explica.

¿Para qué sirve la Constitución?

Una Constitución es un texto que regula la organización del Estado, su funcionamiento y los derechos o libertades que se le reconocen a sus ciudadanos.

«Toda sociedad moderna precisa de reglas de convivencia. Estas normas básicas permiten a las personas contar con mínimas certezas de su posición con respecto a los demás», explica el académico de la Universidad de Chile Francisco Soto junto a Sofía Brito, Maximiliano Klenner, José Ledesma y Alexander Núñez en el libro «La Constitución en Debate».

En esta misma línea, el académico de la UC Sebastián Soto explica que la carta fundamental sirve ·para establecer derechos fundamentales, para fijar ciertos principios y también para repartir el poder. Para establecer poder, para dar poder y repartirlo entre distintas institución, fijando límites al poder y fijando también los derechos fundamentales básicos.

Tal como explican Claudio Fuentes y Domingo Lovera en su libro «Manual para la ciudadanía constituyente», la constitución regula aspectos como el derecho a la educación, a la salud, la libertad de reunión, e incluso aspectos como quiénes se consideran como parte de nuestra República y quiénes pueden ejercer el derecho a sufragio.

«La Constitución afecta directa e indirectamente nuestras vidas», enfatizan.

Pero también, explican, hay aspectos que no forman parte del actual texto, como el derecho a una vivienda digna, normas específicas sobre derechos a la participación efectiva de las mujeres, o derechos de los pueblos indígenas.

Por otro lado: ¿Ha pensado alguna vez en que le gustaría que se le consultara sobre alguna medida, como un alza de impuestos, o beneficios sociales? Bueno, nuestra carta fundamental no contempla procesos como plebiscitos o consultas ciudadanas para este tipo de iniciativas, salvo casos muy específicos como el del 25 de octubre, el que incluso tuvo que necesitar un acuerdo político amplio.

T13


Minsal informó 1.554 nuevos casos, llegando a 473.306 contagiados totales con Covid-19 en Chile

Durante la mañana de este martes, el Ministerio de Salud (Minsal), entregó un nuevo balance respecto del estado de la pandemia del coronavirus Covid-19 en Chile a través de sus redes sociales, informando que hubo 1.554 nuevos casos, llegando a un total de 473.306 contagiados desde el inicio de la pandemia.

En detalle, 1.019 pacientes presentaron síntomas, mientras que 500 fueron asintomáticos. En tanto, 35 no fueron informados. Por su parte, hay 14.818 activos y 445.418 recuperados totales.

Junto a lo anterior, se reportaron 33 fallecidos inscritos, llegando a un total de 13.070 personas muertas.

En tanto, se indicó que durante las últimas 24 horas se realizaron 26.316 exámenes PCR, llegando a un total de 3.529.067 tests desde el inicio de la emergencia sanitaria.

En cuanto al estado de la red de salud, se informó que hay 847 hospitalizados, 645 en ventilación mecánica, y 113 en estado crítico.

De la misma manera, se encuentran 483 respiradores disponibles en todo el país, y 10.554 cupos en residencias sanitarias.

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