Grupo de Puebla sobre arresto de Uribe: “Demuestra la fortaleza de la institucionalidad democrática”

1.275

DECLARACIÓN DEL GRUPO DE PUEBLA SOBRE LA RECIENTE DECISIÓN DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE COLOMBIA

La decisión de la Corte Suprema de Justicia de Colombia de ordenar la detención domiciliaria del expresidente y senador Álvaro Uribe Vélez, en un proceso judicial en el cual se está investigando su conducta, demuestra la fortaleza de la institucionalidad democrática de Colombia, basada en la separación y el respeto de sus poderes públicos. El expresidente debe recibir, durante su defensa, todas las garantías que forman parte del concepto del debido proceso como parte del Estado de derecho. Es de público conocimiento la importancia que la resolución final de este caso tiene respecto al origen y las relaciones del paramilitarismo con el conflicto armado colombiano y sus implicaciones para la paz y la seguridad hemisféricas.

Firmantes:
1) Ernesto Samper
2) Aloizio Mercadante
3) María José Pizarro
4) Marco Enríquez-Ominami
5) Clara López
5) Adriana Salvatierra
6) Camilo Lagos
7) Daniel Martínez
8) Verónika Mendoza
9) Karol Cariola
10) Gabriela Rivadeneira
11) Esperanza Martínez
12) Mónica Xavier
13) Iván Cepeda
14) Carol Proner
15) Jorge Taiana
16) Celso Amorim
17) Hugo Martínez
18) José Miguel Insulza
19) Carlos Sotelo
20) Fernando Lugo
21) David Choquehuanca

Grupo de Puebla


Lina Moreno llama a acatar fallos de la justicia pero critica a jueces

En su primer pronunciamiento público desde que la Corte Suprema ordenó la detención domiciliaria de su esposo, el expresidente Álvaro Uribe, la exprimera dama Lina Moreno hizo un llamado a superar “la narrativa del odio”, en medio de la polarización generada por la situación jurídica del jefe del Centro Democrático.

En un comunicado divulgado, la señora Moreno de Uribe aseguró que, más allá de las polémicas, hay que mantener el respeto por las decisiones judiciales: “A pesar de la divergencia de opiniones sobre la sentencia (el auto de detención contra Uribe Vélez) de la Corte, un lazo común las une: el llamado a acatar los fallos de la justicia”. Moreno aseguró que la familia del expresidente decidió guardar silencio y “atravesar el dolor para encontrar en él la prudencia y el pudor que tal vez, solo tal vez, sirvan para renovar un lenguaje desgastado por el rencor y los fanatismos políticos”.

Y agregó: “Los magistrados no son solo magistrados. También son seres humanos que piensan, actúan, hablan, sueñan y, como no puede ser de otra manera, reciben las influencias de su entorno. Y es esta doble naturaleza la que se pone en juego cuando de la ley se trata, pues esta es antes que nada lenguaje, es decir, interpretación”. Añadió, citando al novelista Sándor Marai , que “sin la atmósfera que posibilita la interpretación, la ley es solo un cuerpo celeste que brilla pero no tiene alma”

Lamentó que en los últimos años se haya construido una imagen de Uribe “como instigador y determinador de un aparato criminal, culpable de las peores atrocidades políticas y sociales vividas en Colombia en los últimos cuarenta años”, y dijo que “esta imagen es la que ha llegado a los estrados judiciales”.

Finalmente, Moreno aseguró que existen serias “contradicciones jurídicas”, no solo en el caso de su esposo, que atribuyó a que supuestamente “los jueces han permitido que sean el entorno y los intereses políticos los que dicten sentencia”.

Este es el comunicado de Lina Moreno de Uribe

“Habría que comprender que las cosas no tienen remedio y sin embargo, estar decidido a cambiarlas” Francis Scott Fitzgerald.

El martes pasado, la Corte Suprema de Justicia de Colombia, en su Sala de Instrucción,
dictó contra el Expresidente y Senador Álvaro Uribe Vélez una medida de prisión
domiciliaria. El partido Centro Democrático, Senadores y Representantes de los diferentes partidos que actúan en la vida política del país, gremios empresariales, medios de comunicación y ciudadanos de las más diversas vertientes han expresado su opinión sobre esa decisión.

Mientras tanto nosotros, su familia más cercana, hemos guardado silencio.
Necesitábamos atravesar el dolor para encontrar en él la prudencia y el pudor que tal vez, solo tal vez, sirvan para renovar un lenguaje desgastado por el rencor y los fanatismos políticos.

A pesar de la divergencia de opiniones sobre la sentencia de la Corte, un lazo común las une: el llamado a acatar los fallos de la justicia. Los magistrados no son solo magistrados. También son seres humanos que piensan, actúan, hablan, sueñan y, como no puede ser de otra manera, reciben las influencias de su entorno. Y es esta doble naturaleza la que se pone en juego cuando de la ley se trata, pues esta es antes que nada lenguaje, es decir interpretación. O, para servirnos de una expresión de Sandor Marai (en su caso sobre la literatura), sin la atmósfera que posibilita la interpretación, la ley es solo “un cuerpo celeste que brilla pero no tiene alma”.

Si durante algunos años nuestra familia sintió la gratitud del fervor popular por el
compromiso y la entrega de Álvaro Uribe con el país, en los últimos tiempos hemos
asistido a la construcción de su imagen como instigador y determinador de un aparato criminal, culpable de las peores atrocidades políticas y sociales vividas en Colombia en los últimos cuarenta años, y esta imagen es la que ha llegado a los estrados judiciales. En efecto, vemos en la doble naturaleza de quienes tienen a su cargo la aplicación de la justicia (magistrados / seres humanos), una explicación de las contradicciones jurídicas (y no solo en el caso del Expresidente) puestas a la luz por columnistas y abogados de diferentes ramas. Dicho con claridad: los jueces han permitido que sea el entorno y los intereses políticos los que dicten sentencia.

La ausencia de un sentido espiritual que guie los destinos del país y de todos nosotros -como individuos que hemos de cumplir con ambos destinos– ha venido resolviéndose por décadas en una narrativa del odio que ya alcanza a las nuevas generaciones. Contra esta narrativa queremos recuperar las últimas palabras de Thomas Mann en su novela La montaña mágica: “De esta fiesta universal de la muerte, del terrible fuego febril que enciende el cielo vespertino y lluvioso a nuestro alrededor, ¿surgirá algún día el amor?”. El mundo acababa de atravesar por la Primera Guerra Mundial. Las circunstancias y las condiciones de nuestro país son otras, pero la pregunta es absolutamente necesaria.

“Para estar a la altura de las circunstancias hay que atreverse, y eso significa serruchar la rama donde estamos sentados; así podremos levantar el vuelo”.
Pbro. Rodolfo Ramón de Roux S.J.

El Tiempo


Texto de la providencia contra el expresidente Uribe

La expectativa por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, frente a la detención preventiva dictada por una Sala de la Corte Suprema de Justicia esta semana, crece con las horas.

Con apenas tres días para preparar el recurso a fin de controvertir la medida de cárcel domiciliaria, a presentarse el próximo martes, el elemento central para la defensa del expresidente Uribe consiste en demostrar que el senador jamás actuó de mala fe y que las inferencias en contrario por parte de la Sala de Instrucción no tienen piso real.

No obstante, en la providencia de la Corte que sirvió de base para dictarle prisión domiciliaria y que inusualmente contiene más de 1.550 páginas (ver aquí el documento completo), se presume, en efecto, que el expresidente actuó dolosamente al buscar pruebas y documentos que sirvieran de base contra la decisión tomada por la Corporación que, como es de conocimiento público, llevó a la preclusión del caso por la compra de testigos contra el senador Iván Cepeda, del Polo Democrático.

En esa ocasión, la denuncia la hizo el mismo expresidente Uribe, pero la Corte consideró que no había méritos y terminó inhibiéndose. Al mismo tiempo, sin embargo, la Corte le abrió investigación al propio exmandatario, bajo la tesis de que, en el propósito de usar los recursos jurídicos para controvertir esa determinación, habría incurrido en los delitos de soborno en acción penal y fraude procesal.

Es decir, acorde con la definición de ambas conductas ilícitas, que el senador Uribe Vélez habría recurrido, de una parte, a dádivas y prebendas para conseguir pruebas espurias y, de otro lado, lo habría hecho con el fin de inducir a la alta corporación a error, con el fin de reabrir el expediente de Cepeda.

En esa dirección, se trataría asimismo de cambiar las declaraciones de testigos que, además, han dado versiones desfavorables en otro caso que se le sigue a la familia Uribe Vélez por paramilitarismo, según antigua denuncia del mismo Iván Cepeda. Ambos casos, pues, están íntimamente relacionados.

Para Sala de Instrucción de la Corte, en la providencia, no queda duda de que habiendo actuado Uribe Vélez de mala fe en la consecución de las pruebas y documentos antedichos, también haría lo mismo en el proceso que se le sigue por los delitos mencionados y, por lo tanto, fundamenta su decisión de dictarle casa por cárcel para proteger el recaudo de nuevas pruebas e impedir, según lo refieren, cualquier tipo de obstrucción a la justicia en que pudiera recaer. En suma, la Sala de Instrucción presume todo el tiempo el carácter doloso de la actuación de Uribe Vélez y es posible, en ese sentido, que la imputación tenga la misma dirección de la providencia en que se le dictamina medida de aseguramiento.

Pero la defensa del expresidente Uribe Vélez ha dicho que llegará hasta las últimas consecuencias para demostrar la inocencia de su cliente y que controvertirá la injusta medida que le han dictado. De hecho, la Corte ha concluido, en principio, que aquel es el agente determinador de los delitos en mención y que, por lo tanto, es el autor principal de las conductas aludidas que, en caso de comprobarse, podrían tener una tasación de seis a doce años de cárcel cada una y la ponderación respectiva.

En síntesis, el aspecto central de la extensa providencia radica en la pugna de si al expresidente Uribe le ofrecieron voluntariamente colaborar con testimonios, videos y documentos, como lo ha reiterado la defensa insistentemente, aduciendo su plena inocencia, o si ellos fueron producto de un plan premeditado de su parte, incluidas presiones, ayudas jurídicas y pagos a los eventuales testigos o sus familiares.

El Nuevo Siglo


Esta es la columna vertebral de la estrategia de defensa de Uribe

En las últimas dos semanas, la actividad de la defensa del expresidente y senador Álvaro Uribe Vélez ha sido muy intensa, pues está trabajando a profundidad para diseñar la estrategia que planteará ante la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia.

Dicha Corporación sindica a Uribe de ser el determinador de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, con relación al proceso que adelanta contra el Jefe del Centro Democrático por presunta manipulación de testigos.

En desarrollo del proceso, la Corte compulsó copias a la Fiscalía para que investigue a los abogados Diego Cadena, exapoderado de Uribe, y a su socio, el también abogado, Juan José Salazar.

En ese proceso ya se definió la situación jurídica de los dos juristas: Cadena fue cobijado con detención domiciliaria, mientras Salazar podrá defenderse en libertad.

Los de Uribe y Cadena, obviamente, son dos procesos distintos -uno en la Corte Suprema por ser un aforado constitucional y el otro en la Fiscalía- pero están directamente relacionados por tener la misma génesis.

Ahora, lo que viene es la estrategia de la defensa del Senador y Expresidente. Hasta el momento su abogado defensor, el penalista Jaime Granados Peña, no ha dado declaraciones, solo ha expedido cuatro comunicados en los cuales deja ver cómo planteará su estrategia de defensa.

En el último, fechado el jueves pasado, Granados dice que por instrucción de su cliente le pidió a la Corte Suprema de Justicia que levante la reserva sumarial.

“La reserva sumarial existe en la legislación colombiana, entre otras razones, para proteger el principio de presunción de inocencia contemplado en la Constitución. En el proceso contra Álvaro Uribe, la realidad es que por razones que desconoce la defensa, el proceso se ha venido filtrando selectivamente a cuentagotas a la opinión pública, de forma descontextualizada y haciendo énfasis en las pruebas en contra y no en las decenas de pruebas contundentes a favor”, dice el comunicado.

De hecho, en los últimos días se han conocido algunos apartes de la decisión de la Sala Especial, documento que tiene más de 1.500 folios, pero que no se ha conocido en su integridad en razón, justamente, de la reserva del sumario.

Pero además de levantar la reserva sumarial, un tema polémico pues por ley en etapa de instrucción las actuaciones gozan de inmunidad, la defensa del Expresidente ha dado otras luces de cuáles serían sus prioridades en la etapa de investigación.

Granados y su equipo tratarán de demostrarle a la Sala Especial de Instrucción de la Corte varios aspectos, así.
1. Uribe no dio instrucción alguna para que se consiguieran testigos. Solo pidió que se verificara información que le llegó de la ciudadanía, que remitió a la Corte. De esta manera se busca demostrar que su conducta no constituyó soborno alguno.

2. La única petición que le hizo Uribe al abogado Cadena fue que Juan Guillermo Monsalve dijera la verdad. Esto, porque el abogado le dijo al senador que tenía información de que Monsalve quería retractarse de señalamientos anteriores contra él.

3. Si bien, Uribe apoyó a Cadena en la petición que le hizo Monsalve de ofrecerle asesoría legal para presentar un recurso de revisión de su condena, ello no constituye soborno pues además no se le pidió ninguna contraprestación o que faltara a la verdad.

4. La visita que realizó el abogado Cadena a Carlos Enrique Vélez en julio de 2017 la hizo de forma autónoma, no por instrucción de Uribe, y lo hizo para verificar como abogado, la información que le llegó de terceros.

5. Uribe no autorizó ningún giro de dinero ni ayudas humanitarias. Estos pagos se los manifestó Cadena al senador a mediados de 2019, pero Uribe los desautorizó. Es decir, fue una decisión autónoma del jurista.

6. No es cierto que Fabián Rojas, exintegrante de la UTL del Senador, haya imputado a su exjefe ante la Corte. Para la defensa, se trata de otra “filtración de información” que busca confundir.

7. Las actuaciones de Diego Cadena no fueron de conocimiento del Expresidente, como el mismo abogado “ha reconocido lealmente, de forma pública y reiterada”, según la defensa del Jefe del Centro Democrático.

8. No existe prueba de soborno, pues para cuando Carlos Enrique Vélez, alias ‘Víctor’ presentó una carta ante la Corte Suprema de Justicia, esa versión ya la había entregado él mismo, ocho meses antes en otra actuación judicial.

9. La defesa quiere demostrar que la carta de Vélez fue enviada directamente por él para ser incorporada al expediente 38.451, proceso que luego precluyó la Corte a favor del senador Iván Cepeda.

10. La defensa del senador Uribe también mostrará que su cliente nunca indujo en error a la Corte Suprema, pues no es cierto, como dijeron la Fiscalía y el Ministerio Público en el caso de Cadena, que estos documentos fueron incorporados al expediente 52.240 que se adelanta contra el senador antioqueño.

11. Las cartas suscritas por Vélez y Monsalvo, del 18 de julio de 2017 y 19 de febrero de 2018, sí fueron enviadas por la defensa a la Corte Suprema pero no para el expediente contra Uribe, pues para ese momento el radicado 52.240 no existía.

12. Las dos cartas fueron radicadas dentro del proceso 38.451 que adelantaba la Corte contra el senador Cepeda.

La defensa de Uribe, igualmente, busca demostrar que “jamás” su cliente intentó siquiera “instrumentalizar” al representante Álvaro Hernán Prada para manipular testigos. Prada podrá defenderse en libertad pues sigue vinculado a la investigación penal.

Y, por último, una estrategia adicional que tiene la defensa de Uribe es el derecho a presentar el recurso de reposición ante la misma Sala Especial de Instrucción, posibilidad sobre la cual el abogado Jaime Granados no se ha pronunciado.

El Nuevo Siglo

Más notas sobre el tema