Doble vara: el cambio de reglas de Estados Unidos que afecta al ARSAT – Por Guillermo Rus y Pablo Cavataio
Ni bien Alberto Fernández declaró las TICs como servicios públicos esenciales, los medios hegemónicos argentinos se hicieron eco del lobby de Washington contra la medida del gobierno nacional. Pero omitieron que la administración Trump modificó la tasa regulatoria satelital con fines recaudatorios que ignora un acuerdo de reciprocidad entre ambos países. Los detalles.
Luego de que el Gobierno nacional declarara a la televisión paga, internet y telefonía fija y móvil como servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia, aparecieron distintas voces a remarcar la preocupación de Washington acerca de la medida. El portal Infobae publicó que la Casa Blanca prepara una ofensiva diplomática como respuesta y TN notificó sobre el comunicado que la Cámara de Comercio de Estados Unidos en Argentina (AmCham Argentina) le envió al jefe de Gabinete, Santiago Cafiero. El texto de la AmCham expresaba “entendemos que semejante cambio de reglas produce un impacto sumamente negativo para todos los actores del sector de la Tecnología de la Información y las Comunicaciones (TIC), inversores, sus cientos de miles de empleados en todo el país, en su cadena de valor y en toda la comunidad digital, trasladando incertidumbre a la sociedad acerca de la calidad en la prestación de los servicios que puedan recibir en el futuro”. Sin embargo, estas reacciones por parte del gobierno de los Estados Unidos no son consecuentes con la forma de administrar su propia normativa y las regulaciones de los servicios TIC en su territorio.
La tasa regulatoria satelital que adoptó la FCC y sus posibles sanciones afectan al ARSAT.
El 12 de mayo de 2020 la Comisión Federal de Comunicaciones de Estados Unidos (FCC), adoptó la decisión de aplicar una tasa regulatoria satelital a los operadores de satélites extranjeros, con acceso al mercado de ese país, al igual que a los operadores estadounidenses. La medida adoptada fue anunciada públicamente de la siguiente manera: “FCC nivela el campo de juego de las tasas regulatorias pagadas por las estaciones espaciales (satélites) extranjeras y nacionales”. La decisión fue aprobada conjuntamente con la propuesta de las tasas regulatorias aplicables para el ejercicio 2020, con el fin de recaudar en total 339 millones de dólares para el año fiscal.
De acuerdo a la propuesta de tasas para el ejercicio 2020, el monto a abonar por cada satélite es de 89.900 dólares. Luego del vencimiento establecido por la FCC, dicha autoridad podrá imponer sanciones, multas, retiro de autorización, entre otras. Se trata de una medida que afecta a la empresa argentina ARSAT, que desde 2016 opera la capacidad de banda C y Ku de su satélite ARSAT-2 sobre territorio estadounidense.
Estados Unidos reaccionó al anuncio argentino como no lo hace en su propio territorio.
La FCC esgrime varios argumentos para justificar esta medida inesperada y extraordinaria que no mantiene reciprocidad con nuestro país donde actualmente brindan servicios 17 satélites estadounidenses que, por cierto, no abonan una tasa equivalente. La FCC señala entre sus argumentos que los operadores satelitales extranjeros se benefician de las actividades regulatorias de los Estados Unidos. Este punto se basa en el artículo 9 de la Ley de Comunicaciones de 1934 de Estados Unidos que exige a la FCC que recaude tasas regulatorias para recuperar los costos reglamentarios asociados con su aplicación, formulación de políticas y normas, información de los usuarios y actividades internacionales. Otra de las justificaciones de la autoridad norteamericana expresa que no existe ningún obstáculo legal para adoptar una nueva tasa regulatoria para satélites extranjeros con acceso al mercado de los Estados Unidos. Por otro lado, y haciendo referencia a legislación de 1991, la FCC afirma que ya no es pertinente la idea de no aplicar tasas a satélites “operados por organizaciones internacionales” en referencia a Inmarsat e Intelsat, en aquel entonces consorcios internacionales sin fines de lucro, hoy en día dos de los operadores privados más importantes del mundo. Por último, la autoridad estadounidense afirma que los licenciatarios no tienen derecho a un marco reglamentario sin cambios, ya que están sujetos al marco normativo de la FCC mientras prestan servicios en los Estados Unidos.
Quita de espectro de Banda C en Estados Unidos
En febrero de 2020 la FCC adoptó reglas para la banda C que liberarán 280 megahertz de espectro para la implementación de la tecnología 5G. Específicamente, se requirió que los operadores satelitales existentes (SES, Intelsat, Eutelsat, Telesat, StarOne, Hispasat, ABS y ARSAT) redujeran sus operaciones desde los 500 megahertz completos de la banda C hasta los 200 megahertz superiores, asignaron los 280 megahertz inferiores para uso flexible terrestre y proporcionaron una banda de protección de 20 megahertz en el medio, totalizando 300 megahertz.
Durante el ejercicio 2020, el monto a abonar por cada satélite es de 89.900 dólares.
La FCC brindó la oportunidad de liberar los 300 megahertz más bajos de la banda en un plazo acelerado a cambio de pagos de reubicación solo a cinco operadores satelitales (SES, Intelsat, Eutelsat, Telesat y StarOne) del total que presta servicios en los Estados Unidos en la actualidad. La FCC excluyó del programa de compensación a las empresas ARSAT, Hispasat y ABS argumentando que no lograron demostrar la existencia de clientes activos.
Gracias a este programa de compensaciones, Intelsat recibirá 4.870 millones de dólares, SES 3.970 millones, Eutelsat 507 millones, Telesat 344 millones y StarOne 15 millones. El gobierno de Estados Unidos se aseguró que el dinero de las compensaciones a los operadores se invirtiera en nuevos satélites que deberían ser fabricados por empresas estadounidenses y lanzados con cohetes de la misma nacionalidad.
Hispasat y ABS habían tratado de convencer a la FCC para que también los incluyera, pero no tuvieron éxito. ARSAT tiene cobertura continental completa en los Estados Unidos con su satélite ARSAT-2, pero no cumplió con la fecha límite de la FCC del año pasado para revelar clientes de la banda C. Fue la única compañía que no respondió al censo convocado por la FCC en mayo de 2019.
Argentina y Estados Unidos poseen reglamentos que exigen acuerdos de reciprocidad para que satélites extranjeros operen en sus territorios.
El reclamo de Hispasat, ABS y ARSAT para ser compensados refiere no solo a los costos asociados a la migración de clientes activos, sino también a la pérdida de oportunidad como consecuencia de la inhabilitación de 300 MHz de la banda C de la que son licenciatarios. En relación a la demanda contra la FCC de estas empresas presentada ante los tribunales de los Estados Unidos, el presidente de la autoridad estadounidense, Ajit Pai, dio por hecho que los operadores no tendrían éxito en sus reclamos.
Reciprocidad
Estados Unidos otorga acceso a sus propios mercados satelitales a cambio de acceso a mercados satelitales extranjeros. ARSAT solicitó en 2015 autorización (landing rights) para brindar servicios con el satélite ARSAT-2 y obtuvo la habilitación por parte de la FCC el 21 de julio de 2016. Esta autorización otorga el derecho para comercializar capacidad del satélite ARSAT-2 a clientes locales de los Estados Unidos. El permiso habilita la operación en las bandas C y Ku desde la posición orbital geoestacionaria 81° Oeste.
Mientras el macrismo cancelaba la fabricación del satélite ARSAT-3, de 2016 a 2019 autorizó 25 satélites extranjeros en Argentina.
La provisión de facilidades satelitales en la Argentina se encuentra regulada en la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales aprobada por el texto ordenado de la Resolución 3609 del 19 de febrero de 1999 de la ex Secretaría de Comunicaciones. Este Reglamento establece como condición que existan acuerdos de reciprocidad con los países notificantes ante la UIT de sistemas satelitales cuyos operadores pretendan proveer facilidades satelitales en la República Argentina. El artículo 24 de la Resolución 3609/1999 establece que: “El Acuerdo de Reciprocidad a suscribirse con esta clase de administraciones deberá garantizar que las condiciones para la provisión de servicios y facilidades satelitales sean idénticas para los operadores y prestadores de ambos países, de manera tal de garantizar que exista reciprocidad de tratamiento para con los operadores de los satélites notificados por la Administración Argentina en el territorio de la administración notificante de satélites no argentinos en condiciones de ofrecer facilidades en el territorio nacional por imperio tales acuerdos”.
Autorizaciones de satélites de Estados Unidos
Tanto la Argentina como los Estados Unidos poseen reglamentos que exigen acuerdos de reciprocidad para que satélites extranjeros operen en sus territorios. La finalidad de dichos acuerdos es la de asegurar que las condiciones para la provisión de servicios satelitales sean idénticas para los operadores y prestadores de ambos países.
La imposición de los EE.UU. impacta en la seguridad jurídica y quebranta contratos vigentes.
En el período que va de 2016 a 2019, mientras se cancelaba la fabricación del satélite ARSAT-3, se autorizaron 25 satélites extranjeros en Argentina. En la actualidad, los satélites de comunicaciones geoestacionarios estadounidenses autorizados en nuestro país alcanzan el número de 17, algunos de los cuales llevan más de 15 años de operación. Este importante conjunto de satélites norteamericanos autorizados en la Argentina suma un abultado ancho de banda, en distintas frecuencias, que dan soporte a una amplia gama de servicios. Argentina, por su parte, logró proveer servicios satelitales en Estados Unidos por primera vez en 2016.
La imposición por parte de la FCC de una nueva tasa a los operadores extranjeros que implica el pago de USD 89.900 anuales por cada satélite autorizado y la quita del 60% del ancho de banda C que ARSAT-2 opera en los Estados Unidos son medidas que claramente vulneran la reciprocidad y la igualdad de condiciones a la que esta refiere. Se trata de una decisión política que impacta en la seguridad jurídica, quebranta contratos vigentes y que afecta la inversión realizada por nuestra empresa nacional de soluciones satelitales, ARSAT, para brindar servicios en los Estados Unidos. Washington está claramente utilizando en este caso un doble rasero para permitirse el intento de decidir sobre la política de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la Argentina a la vez que lesiona a las actividades de las empresas extranjeras en su territorio.
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