Gobiernos de Colombia y Brasil se reúnen por el avance del coronavirus en la Amazonía
Habrá cumbre entre Colombia y Brasil para contener la pandemia
Este jueves, el Gobierno Nacional tomó medidas más severas para contrarrestar la grave expansión del virus en el departamento del Amazonas y en su capital Leticia: «El cierre de todas sus actividades abiertas», dice una circular firmada por la ministra del Interior, Alicia Arango.
La decisión del Gobierno implica el «aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes del departamento del Amazonas» a partir de este 15 de mayo y hasta el día 30 de mayo.
Otra de las decisiones tomadas es que este viernes «se adelantará un cumbre en la participará la Canciller colombiana, el Ministro de Defensa y el Ministro de Salud con sus homólogos del Brasil, de tal manera que la homogeneidad de políticas en zona fronteriza se pueda aplicar y que eso nos permita prevenir los casos en los dos países en los puntos de frontera. Eso será supremamente importante», señaló el jefe de Estado.
Hoy, 90 de cada 10 mil habitantes del departamento del Amazonas están diagnosticados con covid-19, según se desprende de los datos más reciente publicados este lunes por el Instituto Nacional de Salud (INS).
Como lo ha informado EL TIEMPO, es la tasa más alta del país, al superar incluso a Bogotá, donde 5,5 de cada 10 mil habitantes ha sido confirmado con el diagnóstico.
Pero en Leticia, la capital de Amazonas, la situación es crítica. El primer caso detectado allí se conoció el pasado 17 de abril. Y hoy, menos de un mes después, en este departamento del sur del país hay 924 casos.
La decisión del Gobierno Nacional, a través del Ministerio del Interior, se expidió, en el marco del parágrafo 7 del artículo 3 del Decreto 636 de 2020, la Circular Externa 054 de 2020, que ordena al Gobernador de Amazonas y al Alcalde de Leticia, el cierre de todas las actividades abiertas hoy en el municipio y todo el territorio del departamento, con excepción de las actividades estrictamente necesarias para la salud, el abastecimiento y los servicios esenciales.
El Ministerio del Interior, en coordinación con el Ministerio de Salud, apoyará al Gobernador y al Alcalde en el proceso de seguimiento al cierre de las actividades que correspondan y a la emisión e implementación de la normativa correspondiente, con el fin de garantizar que estas medidas, exclusivas para el departamento de Amazonas, salvaguarden la vida y salud de los ciudadanos de este territorio.
En consecuencia, y dentro de las facultades legales que le asisten a esta cartera, ordena al gobernador del departamento de amazonas y al alcalde del municipio de Leticia, el cierre de todas las actividades abiertas hoy en el municipio y todo el territorio del departamento e insta a los mandatarios locales a proceder con la expedición de los decretos a los que haya lugar para dar cumplimiento a las órdenes e instrucciones impartidas para garantizar la salud y vida de todos sus habitantes.
Sin embargo, se consagran algunas excepciones:
– Asistencia y prestación de servicios de salud
– Adquisición e bienes de primera necesidad, se permitirá la circulación de una sola persona por núcleo familiar.
– Desplazamiento a servicios bancarios, financieros y de operadores de pago, y a servicios notariales.
– Asistencia y cuidado a otras personas que requieren asistencia de personal capacitado.
– Causas de fuerza mayor o caso fortuito.
– La prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados.
– La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización, y distribución de medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales, equipos y dispositivos de tecnologías en salud, al igual que el mantenimiento y soporte para garantizar la continua prestación de los servicios de salud.
– Las actividades relacionadas con servicios de emergencia.
– Las actividades de los operadores de pagos de salarios, honorarios, pensiones, prestaciones económicas públicos y privados; beneficios económicos periódicos sociales (BEPS), y los correspondientes a los sistemas y subsistemas de Seguridad Social y Protección Social.
– El funcionamiento de la infraestructura crítica, computadores, sistemas computacionales, redes de comunicaciones, datos e información cuya destrucción o interferencia puede debilitar o impactar en la seguridad de la economía, salud pública o la combinación de ellas.