Congresistas de Perú presentan proyecto de ley de impuesto a las grandes fortunas para combatir el Covid-19

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Frente Amplio presenta proyecto de ley de impuesto a las «grandes fortunas» para combatir el COVID-19

Cuando todos asumían que el impuesto solidario anunciado por el presidente Martín Vizcarra quedó atrás, luego de la promulgación de la ley que permite el retiro del 25% de la AFP, el Congreso volvió a la carga con esta iniciativa. La bancada del Frente Amplio presentó un proyecto de ley para crear un impuesto al patrimonio neto de las personas naturales desde un valor superior a las 400 unidades impositivas tributarias (UIT), es decir, a 1 680 000 soles.

Según la iniciativa, estarán sujetos a este impuesto las personas naturales domiciliadas en el país. El monto del impuesto será gradual, de acuerdo a los inmuebles y vehículos por el valor comercial establecido al 1 de enero del año correspondiente; las acciones y bonos, por su último valor de cotización bursátil al último día hábil previo a la determinación del impuesto, así como depósitos bancarios y créditos existentes al 1 de enero del año que corresponde al obligación tributaria.

Serán también evaluados los objetos de colección, obras de arte y joyas por un valor superior a las 2 UIT (8,400 soles) y otros títulos financieros que se establezca mediante el reglamento de la ley. El proyecto exceptúa de esta disposición a los bienes muebles que forman parte del Patrimonio Cultural de la Nación.

proyecto de ley

El artículo 5 de la iniciativa de las congresistas Rocío Silva Santisteban y Mirtha Vásquez, señala que el impuesto será de acuerdo al siguiente detalle:

– 1% por exceso de 400 hasta 700 UIT ( 1 680 000 hasta 2 940 000 soles )

– 2% por exceso de 700 hasta 1 000 UIT ( 2 940 000 hasta 4 200 000 soles)

– 3% por exceso de 1 000 hasta 1 300 UIT (4 200 000 hasta 5 460 000 soles)

– 4% por exceso de 1300 hasta 1 600 UIT (5 460 000 hasta 6 720 000 soles)

– 5% por exceso de 1 600 UIT ( 6 720 000 soles).

El impuesto se determinará el 1 de enero de cada ejercicio fiscal, mediante la declaración jurada patrimonial que efectúa el contribuyente. Respecto al pago, la iniciativa establece que podrá hacerse al contado, hasta el último día hábil de febrero, o en forma fraccionada, para lo cual el Ministerio de Economía determinará las formas de pago con los intereses correspondientes.

Asimismo, se encarga a la Sunat la elaboración de un padrón de la riqueza que registra la información contenida en las declaraciones juradas patrimoniales de las personas sujetas a este impuesto. La iniciativa señala en su fundamentación que este impuesto será permanente y busca reducir la desigualdad, transformando el marco tributario. Finalmente, Indica que no se incorpora a la empresa jurídica porque se busca evitar que la incidencia tributaria recaiga sobre los consumidores o los trabajadores.

La Mula


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