El gobierno crea el Centro Uruguayo de Estudios Avanzados en Cannabis

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Gobierno creó el Centro Uruguayo de Estudios Avanzados en Cannabis

El Poder Ejecutivo, a través de la ley n.º 19845, declaró de interés público la investigación científica acerca del cannabis y sus aplicaciones en todas las áreas del conocimiento. La norma instauró el Centro Uruguayo de Estudios Avanzados en Cannabis, como órgano científico, académico e interdisciplinario en la órbita de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, y el Fondo Nacional de Investigación sobre Cannabis.

El texto legal indica que los organismos públicos competentes promoverán las actividades de investigación que contribuyan al conocimiento científico del material genético, planta y derivados del cannabis, de los usos y aplicaciones posibles, así como de las consecuencias que estos pudieran generar.

La ley faculta al Poder Ejecutivo a exonerar de todo tributo o gravamen la importación de equipos de laboratorio e insumos de cualquier tipo con destino a la investigación en cannabis y a no requerir la intervención preceptiva del despachante de aduanas en las operaciones correspondientes, dentro de los límites y en las condiciones que se establezcan en la reglamentación. La Dirección Nacional de Aduanas instrumentará un despacho aduanero simplificado para las operaciones de importación.

El Centro Uruguayo de Estudios Avanzados en Cannabis contará con un Comité Estratégico y de Seguimiento, integrado por siete miembros: un representante de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, que lo presidirá, uno del Ministerio de Salud Pública, dos del Gabinete Ministerial de Transformación Productiva y Competitividad, uno del Instituto de Regulación y Control del Cannabis, uno del Consejo Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología y uno de la Universidad de la República.

La República


El Gobierno declara de interés público la investigación científica sobre cannabis

La Ley 19.845 declara de interés público la investigación científica sobre del cannabis y sus aplicaciones en todas las áreas del conocimiento.

Dicha normativa crea el Centro Uruguayo de Estudios Avanzados en Cannabis, como órgano científico, académico e interdisciplinario en la órbita de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, y el Fondo Nacional de Investigación sobre Cannabis.

Por su parte, los organismos públicos competentes “promoverán actividades de investigación que contribuyan al conocimiento científico del material genético, planta y derivados del cannabis, de los usos y aplicaciones posibles, así como de las consecuencias que estos pudieran generar”.

Exoneración de tributos

En dicho marco, la Ley faculta al Poder Ejecutivo a “exonerar de todo tributo o gravamen la importación de equipos de laboratorio e insumos de cualquier tipo con destino a la investigación en cannabis y a no requerir la intervención preceptiva del despachante de aduanas en las operaciones correspondientes”.

Por su parte, la Dirección Nacional de Aduanas “instrumentará un despacho aduanero simplificado para las operaciones de importación.

Financiar apoyo a actividades de investigación

El Centro Uruguayo de Estudios Avanzados en Cannabis contará con un “Comité Estratégico y de Seguimiento”, integrado por siete miembros: un representante de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, que lo presidirá, uno del Ministerio de Salud Pública, dos del Gabinete Ministerial de Transformación Productiva y Competitividad, uno del Instituto de Regulación y Control del Cannabis, uno del Consejo Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología y uno de la Universidad de la República.

Los miembros del Comité tendrán carácter honorario y serán designados por el Poder Ejecutivo, a propuesta de los organismos respectivos.

El Fondo Nacional de Investigación sobre Cannabis financiará el apoyo a las actividades de investigación científica.

Es administrado por el Instituto de Regulación y Control del Cannabis (IRCCA).

Los recursos y fuentes de financiamiento corresponderán hasta al 20% de los ingresos netos del IRCCA por: la venta de cannabis de uso no médico en los locales de expendio habilitados, las asignaciones que se le otorguen en las leyes presupuestales, los recursos generados por los convenios que se celebren con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, las tasas, tarifas, precios, cánones, derechos, multas y decomisos que determinen las leyes respectivas, según así se indica en el texto de Ley que difundió Presidencia.

La Red 21


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