Las tres fórmulas posibles para cambiar la Constitución

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Fue la noche del domingo 10, luego de una cita con los representantes de Chile Vamos, cuando el ministro del Interior, Gonzalo Blumel, anunció que el gobierno estaba dispuesto a avanzar en una nueva Constitución.

“Creemos que el mejor camino es trabajar bajo la base de un Congreso constituyente, que en primer lugar cuente con amplia participación ciudadana y, en segundo lugar, que pueda tener un plebiscito ratificatorio”, señaló el jefe de gabinete.

Contactados por La Tercera, seis abogados constitucionalistas dan su opinión respecto de las fórmulas para generar una nueva Carta Magna.

1 Congreso constituyente

Esta fórmula establece que la creación de una nueva Constitución podría quedar en manos del actual Congreso o incluso del próximo, que será electo el año 2021.

Ante la posibilidad de que sea el Parlamento vigente, el abogado constitucionalista Gastón Gómez señala que “atribuirle el poder constituyente al Congreso tiene fortalezas: se puede trabajar rápidamente y acortar el período de exposición y tensión. Además, el Parlamento cuenta con una práctica en estas materias y sus integrantes tienen redes y capacidades, pues conocen la Constitución, el problema es que no sé, como están las cosas, si va a ser suficiente”.

“Si es el actual Congreso tendría una fortaleza y una debilidad. La fortaleza es que preservaría aún en los momentos de máxima convulsión, como el que estamos viviendo, la idea de la institucionalidad democrática elegida”, afirma el experto constitucionalista Arturo Fermandois.

El también constitucionalista Francisco Soto opina que “no podría ser este Congreso”. En su opinión, el actual Parlamento no fue electo con la facultad de reemplazar la Constitución, sino que solo para reformarla. “El Congreso tiene que terminar su periodo y ahí podemos hablar de un Congreso constituyente”, afirma. Una idea que respalda Tomás Jordán, quien dice que “el actual Congreso carece de legitimidad para otorgar una nueva Constitución, porque tiene poca aprobación ciudadana y porque no fue convocado para cambiarla”.

Sobre la posibilidad de que sea el Congreso de 2022 el encargado de liderar el proceso, existe consenso entre los constitucionalistas de que es una ruta que tomaría mucho tiempo.

2 Convención constituyente:

Está entendido como una fórmula mixta que podría reunir a representantes del Congreso y a integrantes designados o electos por la ciudadanía.

“Me parece atractiva la idea de que nuestros representantes actuales tengan algo que decir y también me parece atractiva la idea de tener otros delegados. La pregunta es ¿cómo se van a elegir esos delegados, qué perfil queremos que tengan? En este caso, prefiero la regla del azar, donde se sortee qué ciudadanos van a participar”, sostiene el académico Sergio Verdugo.

Gómez, en tanto, asegura que este mecanismo tiene la ventaja de que puede agrupar a los parlamentarios con expertos y líderes sociales, ya sea electos o designados. Pero el abogado Fernando Atria cree que esta fórmula “es un esfuerzo por no aceptar la idea de una asamblea constituyente”. “Si hay buenas razones para elegir delegados, esas mismas razones deben llegar hasta el final y estamos hablando de una asamblea constituyente”.

Soto y Jordán defienden este mecanismo siempre y cuando los miembros que complementen el trabajo de los parlamentarios sean elegidos por la ciudadanía.

“Prefiero la convención, porque da más flexibilidad al Ejecutivo y Legislativo de poder llegar a una mixtura con legitimidad social”, explica Jordán.

3 Asamblea constituyente

Conocida como un órgano en el que sus integrantes tienen como función exclusiva generar una nueva Carta Magna.

“Es la manera más justa, porque asegura lo más importante de una Constitución: que es la creación de un poder político legitimado ante la ciudadanía. Es un órgano elegido mediante una elección popular”, explica Atria.

Si bien reconoce que es un mecanismo que da legitimidad, Soto señala que una de las debilidades de la asamblea es que redactar las reglas de su funcionamiento podría tomar demasiado tiempo.

Verdugo, por su parte, señala que para esta fórmula es clave la forma en cómo se organiza. “En abstracto no pueden decirse si son buenas o malas, hay experiencias afuera en ambos sentidos. Todos sabemos lo que pasó en Venezuela y lo que pasó en Bolivia, pero decir que en Chile va a pasar lo mismo es irresponsable”, comenta.

Fermandois y Gómez se declaran en contra de esta ruta. “La asamblea constituyente enfrenta un gigantesco problema. Ha representado enormes perturbaciones en procesos latinoamericanos. Su problema consiste en cómo convive este órgano, que algunos van a considerar plenipotenciario, con los poderes constituidos del régimen democrático: Congreso, tribunales. Una asamblea plenipotenciaria es riesgosa, porque representa un problema para los derechos fundamentales”, dice Fermandois. Para Gómez, en tanto, la asamblea “es un riesgo considerable. Las elecciones para integrarla no veo cuándo se harían, ¿en las próximas municipales?, ¿en las parlamentarias? ¿Y qué hace pensar que los partidos no van a dominar esos cargos? Todo ello, al final, debe ir a plebiscito”.

La Tercera

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