La Cámara de Diputados de Chile aprueba la adopción homoparental
Cámara de Diputados aprueba la adopción homoparental
La Cámara de Diputados aprobó la adopción homoparental en medio de la discusión por la reforma a la ley de adopciones.
Los diputados aprobaron por 101 votos a favor, 34 en contra y 17 abstenciones el artículo 1 que permite la adopción del niño, niña y adolescente por parte de una familia con independencia de cuál sea su composición.
Este proyecto ingresó en octubre de 2013 al Congreso y no tuvo avances hasta junio de 2018, cuando el Ejecutivo ingresó una indicación sustitutiva y reactivó su tramitación. La iniciativa estuvo en la polémica puesto que dentro del oficialismo habían posturas encontradas con respecto a que parejas del mismo sexo tuvieran la posibilidad de adoptar a niños, niñas y adolescentes.
El pasado 24 de enero la Comisión de Familia y del Adulto Mayor despachó el proyecto de reforma integral al sistema de adopción en Chile, después de aprobar varias indicaciones impulsadas por el Movilh luego de que la propuesta original privilegiara a parejas heterosexuales para la adopción.
Desde la organización celebraron que la votación de la Cámara y afirmaron que “triunfó el bien superior del niño y de la niña”.
Sin embargo, el proyecto aún no está aprobado puesto que éste aún debe ser discutido en el Senado.
Día Histórico: Cámara de Diputados aprueba la adopción homoparental. ¡Triunfa el interés superior del niño y de la niña! ¡Triunfa la diversidad familiar! Así gusta Chile. #ElAmorEsAmor. pic.twitter.com/Zc5INfVUGZ
— Movilh Chile (@Movilh) May 8, 2019
Cómo queda el proyecto de adopción homoparental
La iniciativa contempla los criterios que deben cumplir quienes aspiren a una adpopción. Además, se regula la llamada adopción en el vientre”, se especifica cómo será el proceso de quienes quieran adoptar desde el extranjero y se establece una normativa para las familias o personas guardadoras.
1 ¿Quiénes están aptos para adoptar?
Las personas que deseen adoptar podrán ser un matrimonio, una pareja que haya contraído un Acuerdo de Unión Civil o alguien soltero (a). Pero deben cumplir con una serie de criterios. En primer lugar, tener condiciones para “el ejercicio de la parentalidad adoptiva”, incluyéndose factores laborales, habitacionales o previsionales. Además, será considerado contar con “capacidades para asumir el cuidado, protección y crianza de un niño y niña”. Otro punto es “la salud física, mental, capacidades socioafectivas e historia vincular de apego”. En el caso que los postulantes estén relacionados entre sí, además se considerará la estabilidad y antigüedad de la relación, pero sin fijar plazos específicos. Sí se explicita que en “caso alguno se podrá denegar un certificado por causales que constituyan discriminación arbitraria”, como “etnia, religión orientación sexual, edad”.
2 La posibilidad de la adopción homoparental
El objeto de la reforma al sistema de adopción es “velar por el interés superior del niño, niña o adolescente adoptado, amparando su derecho a vivir y desarrollarse en el seno de una familia, cualquiera sea su composición”. Es esta última parte la que, explican desde el Parlamento, permite que las familias homoparentales sean incluidas. El Ejecutivo, y con la intención también de dar un guiño a los sectores más conservadores de Chile Vamos, ingresó en la sala una serie de indicaciones con las que buscaban dar preferencia a familias que posean un “rol de padre y madre”. Estos planteamientos fueron discutidos, pero rechazados en el hemiciclo. Lo que sí fue aprobado fue una indicación de La Moneda que explicita que si “el niño, niña o adolecente manifiesta su voluntad de tener un padre y una madre, el juez deberá considerarlo en forma preferente”.
3 La opción antes del nacimiento
Entre los artículos aprobados en la Cámara está la indicación que permite y regula la adopción previa al nacimiento, lo que ha sido llamado “adopción en el vientre”. Según el proyecto, “la madre, el padre o ambos deberán comparecer ante el tribunal, debidamente patrocinados por el Servicio o por un organismo acreditado nacional, quienes, además, les brindarán la asesoría, orientación y apoyo profesional”.Además, se explica en el texto que “en estos casos, necesariamente uno de los manifestantes deberá ser la madre. En caso contrario, el tribunal no admitirá a tramitación solicitud alguna”.Una vez nacido el niño o niña, y en un plazo no superior a diez días hábiles, quienes estén en proceso para adoptar deberán presentar ante el tribunal el certificado de nacimiento.
4 Proceso desde el extranjero
Otra de las medidas que fue aprobada fue que personas no residentes en Chile, nacionales o extranjeros, pueden acceder a adoptar. Según el proyecto, esas personas deben reunir los requisitos generales para adoptar (ver primer punto). Además, la certificación “deberá ser efectuada tanto por la autoridad competente del Estado de recepción, como por el Servicio u organismo acreditado nacional. Se entenderá por autoridad competente del Estado de recepción a la autoridad central del mismo o al organismo autorizado extranjero, según lo disponga la legislación de dicho Estado”. Además, el proyecto incluía la regulación del trámite de adopción desde Chile de niños y niñas residentes fuera del país. Esto, sin embargo, quedó sin procedimiento luego que tanto la propuesta de la Comisión de Familia como la del Ejecutivo fueran rechazadas por no alcanzar el quórum requerido.
5 Familias o personas guardadoras
Tras lo aprobado ayer en la Cámara, el proyecto que estudiará el Senado incluye un artículo que regula a los guardadores de un programa de acogimiento familiar cuando éste solicite la adopción de un niño, niña o adolescente. Además de los requisitos bases, en la iniciativa se establece que “el guardador o los guardadores solicitantes hubieren tenido al niño, niña o adolescente bajo su guarda por un plazo ininterrumpido de, a lo menos, 18 meses”. Por otro lado, indica que “el niño, niña o adolescente que se pretende adoptar no fuere el primero respecto de los cuales el o los guardadores solicitantes ejerciesen su guarda”. Sin embargo, por motivos calificados el juez podrá prescindir de este último requisito, de lo que deberá dejar constancia expresa y fundada en la sentencia.
Ley de Adopciones: Ministro de Justicia anuncia que insistirán en priorizar el rol de padre y madre en el Senado
El ministro de Justicia, Hernán Larraín, anunció que buscarán reponer en el Senado la indicación que busca priorizar el rol de padre y madre en el marco de la ley de adopciones, aprobada en la Cámara de Diputados.
Esto porque los parlamentarios resolvieron que podrán participar de este proceso familias «cualquiera sea su composición», rechazando la propuesta del Gobierno.
«Habríamos querido en este proceso lograr el criterio de que la adopción se tuviera presente como preferencia la posibilidad de que los adoptantes sean padre y madre. Eso no ha ocurrido, esperamos reponerlo en el Senado», planteó el secretario de Estado.
El titular de Justicia valoró que en la discusión se aprobaran más de 20 indicaciones propuestas por La Moneda, entre las que destacó que se haya repuesto que los organismos colaboradores acreditados también puedan ser parte del proceso, algo que había sido eliminado por la comisión de Familia de la Cámara.
Así también que una embarazada pueda manifestar su intención de dar en adopción o que las familias de acogidas puedan acoger según los términos propuestos por el Gobierno (que no sea el primer niño bajo su cuidado), entre otras.
Por otro lado destacó que «se han rechazado indicaciones que nosotros considerábamos muy negativas, como aquella que había prohibido la adopción internacional, lo cual era un castigo para niños que buscan familia, sobre todo de más edad, porque en Chile cuesta mucho encontrar padres adoptivos para ellos. También se rechazó la idea de la pluralidad de adoptantes que nos parecía francamente muy extraña».
Asimismo el ministro Larraín reconoció que los diputados hayan aprobado la posibilidad de que los menores puedan expresar su voluntad en el caso de que prefieran ser adoptados por familias compuestas por un padre y una madre, lo que deberá ser consignado por el juez de Familia.
«Eso nos está por lo menos dando una señal de lo que nosotros queremos, que la adopción esté abierta, pero tenga un criterio de preferencia que oriente el trabajo de adopción», resaltó el secretario de Estado.
VOLVER