Honduras: Paro Nacional con prostestas de médicos y docentes por la aprobación del decreto de reforma laborales

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EN VIVO: Protestas y tomas paralizan sistema educativo y de salud en Honduras

Calles tomadas, así como escuelas, hospitales y universidades cerradas, se reportan este viernes en Tegucigalpa y Comayagüela, luego que el Congreso Nacional autorizara un día anterior la transformación y reestructuración en las secretarías de Salud y Educación.

 

#TEGUCIGALPA Tomado el bulevar FFAA a inmediaciones del Inst. Central Vicente Cáceres ante jornada de protestas en contra de polémicos decretos.

Publicado por DIARIO EL HERALDO en Viernes, 26 de abril de 2019

En el bulevar Fuerzas Armadas de Comayagüela, a la altura del Instituto Central Vicente Cáceres, pobladores incendiaron llantas y colocaron pierdas, logrando así obstaculizar el paso a los transeúntes. La Policía Nacional mantiene bloqueada el paso por el bulevar a partir de Metromall.

En la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), estudiantes se tomaron los portones del campus de Ciudad Universitaria, evitando así el desarrollo normal de las actividades.

A su vez, la Facultad de Medicina de la UNAH también se paralizó al cerrar el acceso a los futuros médicos.

De igual manera, en el Hospital San Felipe, pacientes de algunas especialidades tuvieron que regresar a casa sin ser atendidos.

Por el sector de la educación, maestros realizan marcha pacífica desde el bulevar Fuerzas Armadas hacia Casa Presidencial, a inmediaciones de la Corte Suprema de Justicia en el bulevar Kuwait.

Convocatoria
Médicos y profesores hondureños convocaron un paro nacional con manifestaciones públicas el viernes para protestar contra controvertidas reformas legislativas que provocaron este jueves un enfrentamiento entre diputados oficialistas y opositores en el Congreso Nacional.

«Mañana estamos convocando un paro a nivel nacional en salud y educación», anunció en rueda de prensa la presidenta del Colegio Médico Hondureño (CMH), Suyapa Figueroa. «Van a tener que archivar eso» de las reformas, añadió.

La dirigencia de los médicos y de los docentes rechaza las reformas que quiere implementar el gobierno con el argumento de que acaban con las conquistas laborales que alcanzaron en décadas de lucha.

Figueroa criticó las medidas promovidas por el gobierno que, según ella, buscan llevar derechos humanos como la salud y la educación hacia «la privatización en un proceso de cambiar las relaciones laborales».

La presidenta del Colegio Médico explicó que el paro abarcará los hospitales públicos y una movilización hacia el Congreso Nacional de algunos de los 14.000 afiliados al CMH.

En la manifestación también se espera la participación de parte de los 60,000 profesores que prestan los servicios en los centros de educación prescolar, primaria y secundaria de carácter público.

Mientras el secretario del Congreso, Tomás Zambrano, leía el artículo primero de las reformas en la sesión de este jueves, los diputados del partido opositor Libertad y Refundación (Libre, izquierda) se pusieron de espaldas hacia la mesa directiva, según constató la AFP.

Uno de los diputados de Libre, Jari Dixon, arrebató a Zambrano el documento de las leyes y lo rompió en medio de un griterío de los diputados.

Polémicos decretos
Por mayoría simple y levantando la mano, los diputados de los partidos Nacional, Unificación Democrática, Democracia Cristiana, Alianza Patriótica y los liberales cuestionados por el Central Ejecutivo aprobaron los dos decretos que están generando polémica.

El primero -el de Salud- autoriza entre otras cosas “cumplir con los compromisos salariales adquiridos y pasivo laboral pendientes de pago”, lo que pareciera entender que será exclusivo para pagar prestaciones a empleados que lo pidieron o fueron despedidos y no se les ha pagado sus derechos. Hay otra autorización que dice: “cualquier otro para lograr la eficiente implementación del plan de mejora de salud”, pero no da detalles.

El decreto también autoriza a Salud, entre otras cosas, “atender las necesidades de infraestructura de los hospitales”, “compra de insumos, mobiliario, medicamentos, equipos, servicios”.

El segundo decreto, el de Educación, faculta a las autoridades de esta secretaría hacer lo mismo que en Salud: “Cumplir con los compromisos salariales adquiridos y pasivo laboral pendientes de pago; y cualquier otro para lograr la eficiente implementación del plan de implementación del PESE (Plan Estratégico del Sector Educación).

Además, “atender las necesidades de infraestructura de los centros educativos a nivel nacional, apoyar logísticamente a los educandos y docentes con la dotación de textos, mobiliario y material didáctico y fortalecer los procesos de formación docente y cubrir las necesidades de la demanda educativa con la contratación de personal”.

El Heraldo


Los decretos íntegros aprobados por los diputados para la reestructuración en Educación y Salud

Los nuevos decretos de reestructuración de las secretarías de Salud y Educación aprobados ayer eliminan los artículos que facultaban a las comisiones especiales de ambas dependencias a cancelar personal y pagarles sus respectivas prestaciones laborales. Ambos decretos van dirigidos a fortalecer financieramente a ambos ministerios mediante la identificación de fondos no ejecutados que puedan ser utilizados en fortalecer los servicios de salud y educación de la población.

Ley de reestructuración en educación

DECRETA:
ARTÍCULO 1. – Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, para que en acompañamiento de la Comisión Especial para la Transformación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, proceda a la revisión del presupuesto y Plan Operativo Anual (POA), a efectos de que pueda identificarse todo el recurso presupuestario de la Secretaría en mención, y reasignado para el desarrollo de áreas especiales que lo necesiten, en aras de lograr una adecuada atención de la población en los servicios de educación para alcanzar los siguientes objetivos:
1) Atender las necesidades de infraestructura de los centros educativos a nivel nacional.
2) Apoyar logísticamente a los educandos y docentes con la dotación de textos, mobiliario y material didáctico.
3) Fortalecer los procesos de formación docente y cubrir las necesidades de la demanda educativa con la contratación de personal.
4) Cumplir con los compromisos salariales adquiridos y pasivo laboral pendientes de pago.
5) Cualquier otro para lograr la eficiente puesta en marcha del plan de implementación del PESE.

ARTÍCULO 2.- Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que pueda realizar la modificación y reasignación presupuestaria necesaria a fin de lograr los objetivos contenidos en el artículo precedente.La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación a petición del Congreso Nacional remitirá de forma trimestral un informe sobre la utilización de los recursos producto de las modificaciones y reasignaciones efectuadas al presupuesto de esta Secretaría de Estado.

ARTÍCULO 3.- Las Municipalidades deben priorizar los fondos que el Estado les transfiera anualmente para el mejoramiento del Sector de Educación, tal y como lo establece el Artículo 91 de la Ley de Municipalidades. Corresponderá a la Secretaría de Estado en el Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización constatar la inversión realizada en esta materia por cada municipalidad, previo al otorgamiento de las subsiguientes transferencias a realizar en el año 2019, debiendo informar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.

ARTÍCULO 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de la República “La Gaceta”.

Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los ——-días del mes de febrero del año Dos Mil Diecinueve (2019).

Ley de reestructuración en Salud

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud para que con el acompañamiento de la Comisión Especial para la Transformación del Sistema Nacional de Salud, proceda a la revisión del presupuesto y Plan Operativo Anual (POA) a efectos de que pueda identificarse todo el recurso presupuestario de la Secretaría en mención, y de ser necesario, pueda ser modificado y reasignado para el desarrollo de áreas especiales que lo necesiten, en aras de lograr una adecuada atención de la población en los servicios de salud que resulte necesaria para alcanzar los siguientes objetivos:
1) Atender las necesidades de infraestructura de los hospitales y centros de salud a nivel nacional.
2) Apoyar logísticamente a los hospitales y centros de salud a nivel nacional.
3) Compra de insumos, mobiliario, medicamentos, equipos, servicios y lo necesario para el buen funcionamiento de dichos hospitales y centros.
4) Fortalecer los procesos de formación de personal y cubrir las necesidades de la demanda de salud con la contratación de personal necesaria.
5) Cumplir con los compromisos salariales adquiridos y pasivo laboral pendientes de pago.
6) Cualquier otro para lograr la eficiente implementación del plan de mejora de salud.

ARTÍCULO 2.- Se faculta a la Secretaría de Finanzas para que pueda realizar las modificaciones y reasignaciones presupuestarias necesarias para alcanzar los objetivos mencionados en el presente decreto. La Secretaría de Estado en el Despacho de Salud a petición del Congreso Nacional remitirá mensualmente un informe sobre la utilización de las modificaciones y reasignaciones efectuadas al presupuesto de esta Secretaría.

ARTÍCULO 3.- Las Municipalidades deben priorizar los fondos que el Estado les transfiera anualmente para el mejoramiento del Sector de Salud, tal y como lo establece el Artículo 91 de la Ley de Municipalidades. Corresponderá a la Secretaría de Estado en el Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización constatar la inversión realizada en esta materia por cada municipalidad, previo al otorgamiento de las subsiguientes transferencias a realizar en el año 2019, debiendo informar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud.

ARTÍCULO 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de la República “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los ——-días del mes de febrero del año Dos Mil Diecinueve (2019).

Artículos polémicos del decreto original

Capítulo III

ARTÍCULO 7.- Las Secretarías de Estado en el Despacho de Salud y la de Educación, en el contexto de las decisiones adoptadas mediante los Decretos Ejecutivos números PCM-026-2018, PCM-027-2018 y el presente Decreto, están facultadas para ejecutar las siguientes acciones:
1. Proceder a la cancelación de los acuerdos de nombramiento y la terminación de los contratos de prestación de servicios en el contexto de las decisiones adoptadas en el proceso de reestructuración administrativa y organizacional, dándole cumplimiento al pago de los derechos y prestaciones indemnizatorios que conforme a la legislación nacional correspondan en materia de relación de prestación de servicios.

2. Durante el proceso de reorganización los empleados y funcionarios podrán solicitar el retiro voluntario con el derecho a recibir el reconocimiento de los derechos y prestaciones indemnizatorias que por ley correspondan derivadas de la relación de prestación de servicio, para lo cual se podrán establecer convenios de pago.

3. Si durante el proceso de reorganización administrativo se detectaran hechos o conductas con indicios de la comisión de un acto irregular que pueda presumir una responsabilidad administrativa o penal, deberán remitir al Ministerio Público y al Tribunal Superior de Cuentas, cuando corresponda, las diligencias pertinentes a efecto de que procedan de conformidad con la Ley.

ARTÍCULO 8 – Si durante el proceso de la reestructuración organizacional y administrativa se detectan o producen actos que constituyan justa causa de despido de uno o más servidores públicos del sistema de salud o educación, previo a la aplicación de la sanción de despido, se debe seguir el procedimiento del debido proceso establecido en la Ley de Servicio Civil, asegurándole el derecho de defensa y respetándose el principio de inocencia, previa notificación de los cargos que se le imputen, mediante el mecanismo de notificaciones de manera personal, por tabla de avisos o medios electrónicos. Las acciones que realicen los secretarios de Estado y las comisiones especiales de ambas secretarías, en la aplicación de los decretos ejecutivos relacionados y del presente Decreto, no implicará en ningún caso, ni tiempo, responsabilidad patrimonial, civil, administrativa o penal para los mismos.

ARTÍCULO 9.- El presente Decreto tiene como finalidad facilitar la ejecución de la autorización de las modificaciones presupuestarias ordenadas por el Presidente de la República en consejo de secretarios de Estado a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, en uso de sus atribuciones constitucionales, a fin de garantizar a las Comisiones Especiales de Salud y Educación, los recursos financieros necesarios por medio del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para la operatividad, identificación de los recursos nacionales ordinarios y extraordinarios, así como la cooperación reembolsable y no reembolsable para financiar la transformación del Sistema Nacional de Salud, la reestructuración organizacional de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, así como la implementación del Plan Estratégico del Sector Educación (PESE) y de la reestructuración organizacional de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.

La Prensa


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