La CIDH rechazó solicitud de medidas cautelares planteada por Julian Assange

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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) cerró el expediente de solicitud de medidas cautelares interpuesta por la defensa del fundador de WikiLeaks, Julian Assange.

Según un comunicado de la Procuraduría General del Estado emitido este miércoles, 13 de marzo del 2019, la solicitud planteada por los abogados de Assange no cumplió con los requisitos de gravedad, urgencia y daño irreparable, determinados en el artículo 25 del Reglamento de la CIDH.

Con esta decisión, se mantiene el protocolo especial de visitas, comunicaciones y atención médica en la embajada de Ecuador en Londres, vigente desde octubre del 2018.

El fundador de WikiLeaks permanece asilado en la sede diplomática ecuatoriana desde agosto del 2012. En el último trimestre del 2018, el Estado Ecuatoriano elaboró un protocolo especial para regular la estadía de Assange en la legación de Londres.

La defensa de Assange trató de dejar sin efecto el protocolo en dos ocasiones, cuando se presentaron acciones de protección ante la justicia ecuatoriana. Sin embargo, los recursos fueron negados.

Ante la negativa, el equipo de Assange acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El 31 de enero del 2019, el organismo internacional requirió a Ecuador información sobre la situación del asilado en la embajada.

La solicitud de medidas cautelares denunciaba la “existencia de un riesgo potencial para el señor Assange”, por lo que solicitaban a la CIDH “se requiera a Ecuador para que termine la situación de aislamiento del señor Assange”; “ se solicite a Ecuador garantice la privacidad del señor Assange de intromisiones ilegítimas y atentados contra su honor, en concreto de espionaje dentro de la misión diplomática contra él y sus abogados”; e impida “la entrega del Sr. Assange a cualquier país que no dé garantías de no extradición a Estados Unidos”.

Según la Cancillería, el protocolo garantiza tanto los derechos de Assange, como el cumplimiento de sus obligaciones en calidad de asilado.

El Comercio


Comisión Interamericana de Derechos Humanos rechaza demanda contra Ecuador en caso Assange

El Estado ecuatoriano recibió el 12 de marzo de 2019 la notificación oficial de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a través de la cual no se admiten las medidas cautelares solicitadas por el señor Julian Assange, asilado en la Embajada del Ecuador en Londres desde el 2012. La Comisión ha considerado que el pedido no cumple con los requisitos de gravedad, urgencia y daño irreparable previstos en el artículo 25 de su Reglamento.

El pronunciamiento de la CIDH confirma que Ecuador ha actuado con estricto apego al derecho internacional y a la ley interna, y ha cumplido con su deber de protección de los derechos humanos del asilado en la Embajada del Ecuador en el Reino Unido. Al desechar los argumentos de los abogados del señor Assange, la Comisión ha coincidido con similares pronunciamientos de los tribunales ecuatorianos que, en diciembre pasado, rechazaron una acción de protección planteada por el asilado, tanto en primera instancia como en apelación.

El Estado ecuatoriano se complace, una vez más, por el reconocimiento al “Protocolo Especial de Visitas, Comunicaciones y Atención Médica al señor Julian Paul Assange” como un instrumento que regula la convivencia dentro de la Embajada y que además se ajusta a los instrumentos interamericanos sobre asilo diplomático y a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.

En lugar de mostrar reconocimiento por la protección que Ecuador le ha brindado durante casi siete años, a un elevado costo económico, el asilado y sus abogados han emitido incluso declaraciones que no se compadecen con el respeto que se debe al país que lo ha acogido.

Ecuador reitera que la situación del señor Assange no puede extenderse indefinidamente y espera se resuelva a la brevedad posible, en beneficio del propio asilado, en el marco del derecho internacional.

Como se ha recordado al asilado y a sus abogados, el señor Assange tiene, a más de las garantías del asilo diplomático, obligaciones que debe seguir escrupulosamente en atención a disposiciones de los instrumentos sobre asilo y de la Convención de Viena, como no intervenir en asuntos internos de otros Estados y respetar las normas de convivencia y seguridad dentro de la Embajada.

Cancillería Ecuador


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