Claves para entender el referendo popular de este domingo

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Claves para entender el referendo popular del 24 de febrero

¿QUÉ ES UN REFERENDO POPULAR?

Según aparece en el glosario del anterior Proyecto de Constitución un referendo es “una forma de participación directa, mediante el cual se somete a decisión del pueblo la aprobación, modificación o derogación de determinada disposición jurídica de trascendencia.”

Se diferencia de un plebiscito en que este sí afecta a actos de índole legal, mientras que la opinión pública expresada en el plebiscito solo se aplica a actos de gobierno-administrativos como la consulta de una decisión de Estado antes de su ejecución.

¿QUÉ LEY NORMA EL REFERENDO?

En Cuba, la Ley Electoral, Ley No. 72, aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) en su sesión del 29 de octubre de 1992, es el documento jurídico que rige el Sistema Electoral cubano y dentro de esta aparecen registradas las normativas con respecto al referendo popular.

La Ley Electoral, en su Artículo 162 explicita que “por medio del referendo que convoca la Asamblea Nacional del Poder Popular, los ciudadanos con derecho electoral, expresan si ratifican o no los proyectos de leyes de Reforma Constitucional que según la Constitución requieren ser sometidos a ese proceso y otros proyectos de disposiciones jurídicas que acuerde la propia Asamblea”.

¿QUÉ ORGANIZACIÓN DIRIGE LA EJECUCIÓN DEL REFERENDO?

La Comisión Electoral Nacional (CEN) es la encargada de organizar, dirigir, validar y garantizar la correcta realización del referendo, según lo estipulado por la ley, con el principio ético de asegurar la imparcialidad y la transparencia del proceso. Sus 17 miembros fueron designados por el Consejo de Estado y está presidida por la compañera Alina Balseiro Gutiérrez.

Se crean también comisiones electorales provinciales, municipales, de distrito, de circunscripción y especiales, que garantizarán el proceso en sus respectivas jurisdicciones.

¿QUÉ ES EL REGISTRO O PADRÓN ELECTORAL?

El registro o padrón electoral es el documento o registro donde constan todas las personas físicas y/o jurídicas que las leyes y la constitución de cada país reconocen como válidas para ejercer el derecho al sufragio activo.

En Cuba los electores no necesitan registrarse para ejercer el voto. La incorporación al registro electoral es automática y gratuita para los cubanos que cumplan 16 años y residan permanentemente en el país por un período no menor de dos años antes de las elecciones.

¿QUIÉNES TIENEN DERECHO AL VOTO?

Dentro de las disposiciones generales del Capítulo 1 de la Ley Electoral se ratifica que cada ciudadano, con capacidad legal para ello tiene derecho a votar en los referendos que sean convocados; y que el voto es libre, igual y secreto y cada elector tiene derecho a un solo voto.

En Cuba la Ley Electoral dispone que todos los cubanos hombres y mujeres incluidos que “se encuentren en pleno goce de sus derechos políticos y no estén comprendidos en las excepciones previstas en la Constitución y la ley, tienen derecho a participar como electores en las elecciones periódicas y referendos que se convoquen.”

Estipula que para ejercer el derecho de sufragio activo debe reunir los requisitos siguientes:

a) haber cumplido dieciséis (16) años de edad;

b) ser residente permanente en el país por un período no menor de dos (2) años antes de las elecciones y estar inscripto en el Registro de Electores del Municipio y en la relación correspondiente a la circunscripción electoral del lugar donde tiene fijado su domicilio; o en la lista de una circunscripción electoral especial;

c) presentar en el Colegio Electoral el carné de identidad o el documento de identidad de los institutos armados a que pertenezca;

ch) encontrarse en capacidad de ejercer los derechos electorales que le reconocen la Constitución y la ley.

En caso de referendo la ley establece que el voto es voluntario, aunque se aconseja a todos los electores válidos votar para garantizar la participación de todo el pueblo.

Para el referendo del 24 de febrero están registradas más de ocho millones de personas con derecho al voto.

¿QUÉ CUBANOS EN EL EXTERIOR PUEDEN VOTAR Y CÓMO?

Votarán colaboradores, becarios y diplomáticos cubanos que cumplen misión en el extranjero. La CEN en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores se encargará de garantizar el ejercicio de su voto.
¿QUIÉNES NO TIENEN DERECHO AL VOTO?

La Ley Electoral establece que no pueden ejercer el derecho al sufragio activo:

a) los incapacitados mentales, previa declaración judicial de su incapacidad;

b) los sancionados a privación de libertad, aun cuando se encuentren disfrutando de libertad condicional, licencia extrapenal o gozando de pase;

c) los que se encuentren cumpliendo una sanción subsidiaria de la privación de libertad;

ch) los que hayan sido sancionados a privación de sus derechos políticos, durante el tiempo establecido por los Tribunales, como sanción accesoria, a partir, del cumplimiento de su sanción principal.

¿CÓMO SÉ SI APAREZCO EN EL REGISTRO ELECTORAL?

A partir de lunes 14 de enero se divulgaron en lugares públicos las listas de electores de cada localidad. Debe consultar en la ha de aparecer registrado y verificar que sus datos sean los correctos.

Además, están disponibles el número 188-08 y el correo electrónico registroelectoralcuba@rem.cu para palantear interrogantes.

El registro electoral se actualizará hasta el día 9 de febrero, 15 días antes del día del referendo.

¿CÓMO CAMBIO O RECTIFICO MIS DATOS EN EL REGISTRO?

Las autoridades electorales han referido que las personas que detecten errores en sus datos personales tienen el derecho de solicitar su rectificación a la Comisión Electoral de su localidad.

La Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería informó que para actualizar el domicilio por donde se ejercerá el voto, las oficinas de trámites del Ministerio del Interior brindan un servicio de consulta.

Se recuerda que los electores deben ejercer este derecho en el lugar donde residen de manera estable, que a veces no coincide con el domicilio registrado en el carné de identidad. Si el domicilio legal no coincide con el que reside actualmente, el elector debe notificar a la comisión electoral de su localidad por dónde votará.

¿QUÉ APARECERÁ EN LA BOLETA ELECTORAL?

Según la Ley Electoral en el referendo se emplean boletas en las que se expresan concretamente la cuestión a votar. Las boletas impresas, de acuerdo con la ley, contendrán lo siguiente:

(Escudo de la República)
República de Cuba

REFERENDO

(Fecha del Referendo)
(Cuestión que se somete a consulta)

Sí ______

No ______

Según la Comisión Electoral Nacional, ya se imprimen las boletas a utilizarse en el referendo. Este será su diseño:

¿QUÉ SUCEDE DESPUÉS DEL REFERENDO?

Estos son los pasos que se seguirán después de efectuarse el referendo:

– La Comisión Electoral Municipal computa los votos emitidos en el municipio y remite el resultado a la Comisión Electoral Provincial.

– La Comisión Electoral Provincial computa los votos emitidos en todos los municipios de la provincia y envía el resultado a la CEN, la que realiza el cómputo nacional.

– Los Colegios Electorales que se encuentren fuera del territorio nacional, una vez realizado el escrutinio, comunican el resultado del referendo a sus respectivas embajadas, las que lo remiten al Ministerio de Relaciones Exteriores a los fines de que sea comunicado a la CEN.

– La CEN, una vez realizado el cómputo total del referendo, lo informa al Consejo de Estado para que publique sus resultados y dé cuenta a la ANPP a los efectos pertinentes.

Para que la nueva Constitución sea aprobada se necesitará la mayoría simple de los votos válidos computados en el referendo.

¿POR QUÉ VOTAMOS?

El referendo consulta si los electores cubanos están a favor de la nueva Constitución de Cuba, cuyo proyecto fue sometido a un amplio proceso democrático de consulta popular durante tres meses (del 13 de agosto hasta el 15 de noviembre).

El texto a referendar fue mejorado mediante el análisis de las opiniones expresadas por casi nueve millones de personas en las 133 681 reuniones de consulta, que originaron cambios en casi un 60 % de los artículos del Proyecto.

Se puede consultar desde el 8 de enero de este año, día en que se publicó su versión impresa en un documento de 16 páginas cuyo precio es de un peso en moneda nacional y es distribuido por Correos de Cuba. También está disponible en su versión digital, difundida por esta revista y demás medios de comunicación del país.

El programa de televisión, Hacemos Cuba, con una frecuencia semanal, realiza un análisis de la nueva Constitución y ofrece un espacio para su estudio.

Participar en el referendo de la nueva Constitución, fruto del esfuerzo de todos los cubanos que colaboraron en su creación y en la consulta popular, es una forma de respetar el trabajo de todos los involucrados en el proceso, incluido el propio, de ser partes de la construcción de nuestro país, expresar nuestra opinión y de ejercer el derecho ciudadano que se nos otorga.

CubaAhora


Referendo Constitucional: Detalles organizativos con vista al 24 de febrero

La Asamblea Nacional del Poder Popular en sesión Ordinaria aprobó el pasado 22 de diciembre del 2018 la nueva Constitución, la cual requiere ser ratificada en referendo convocado por la propia Asamblea para el 24 de febrero, según lo estipulado en el artículo 137 de la actual Constitución, declaró Alina Balseiro, Presidente del Comisión Electoral Nacional (CEN), durante la Mesa Redonda de este jueves.

Una vez convocado el referendo, la Comisión Electoral Nacional se encarga de organizar, dirigir y validar el proceso de referendo. En lo adelante se designan las autoridades del resto de las estructuras electorales y se determinan los locales en que funcionarán los colegios.

Constitución de las estructuras electorales:

• Comisión Electoral Nacional – 28 de diciembre del 2018—–17 miembros
• Comisiones Electorales Provinciales (15) y las Comisiones Electorales Especiales de la FAR ( 13) y del MINREX (8) – 4 de enero/2019
• Comisiones Electorales Municipales – el 5 de enero del 2019—-17 miembros
• Comisiones Electorales de Circunscripción (12 635) – entre el 7 y el 13 de enero del 2019.

Más del 70 por ciento de las autoridades electorales tienen experiencia en pasados procesos electorales, lo que proporciona mayor confianza y preparación en el ejercicio de sus funciones.

Para este proceso se trabajará con 12 635 circunscripciones; de ellas, 158 son especiales y 122 en el exterior.

El artículo 164, dispone del voto en el exterior y establece que la CEN, en coordinación con el MINREX, lo organice. En esta oportunidad se ha trabajado en sus aseguramientos y adecuación de los documentos rectores, entre otras acciones, afirmó la presidenta de la CEN.

Hasta el momento se han previsto 25 342 colegios electorales, de los cuales 1051 se ubican en el exterior. Más de 120 mil autoridades trabajarán en las Mesas Electorales de esos colegios. La cifra de colegios podrá crecer hasta el 24 de febrero para facilitar la votación. Se han previsto colegios especiales en aeropuertos, terminales de ómnibus, hospitales, grandes fábricas de producción continua y unidades militares.

Quiénes tienen derecho a ejercer el voto:

• Ciudadano cubano, mayor de (16) años de edad;
• ser residente permanente en el país por un período no menor de dos (2) años antes de las elecciones.
• Estar inscripto en el Registro Electoral del Municipio y en la lista de la circunscripción donde reside permanentemente o en la de una circunscripción especial;
• Presentar en el Colegio Electoral el Carné de Identidad o el documento de identidad de los institutos armados a que pertenezca;
• No estar declarado judicialmente como incapacitado mental
• No estar sancionado a Privación de Libertad (libertad condicional, sanción subsidiaria, pase).
• No tener limitados los derechos políticos.

Alina Balseiro especificó que en los colegios electorales en el exterior votarán específicamente los diplomáticos cubanos, todos los colaboradores cubanos en el exterior, los becarios cubanos en esos países y los ciudadanos que estén cumpliendo misiones oficiales.

Los cubanos residentes en el país que estén de viaje en el exterior por motivos personales podrán ejercer su derecho al voto en territorio cubano el 24 de febrero.

Acompañamiento al proceso:

Diversos grupos acompañan el proceso de las elecciones, los Grupos de Recepción y Cómputo de Información, Los Supervisores, Colaboradores, a los cuales también se suman los pioneros, estos últimos encargados de custodiar las urnas el día de las votaciones.

Estos grupos fueron capacitados para el desempeño de su labor, a la vez que se tienen previsto todo el abastecimiento logístico, además de garantizar las comunicaciones, la transportación, así como las urnas y murales para la exposición de los listados, declaró Balseiro Gutiérrez.
Registro Electoral público, permanente y de oficio

El Coronel Mario Méndez Mayedo, Jefe de la Dirección Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) del MININT destacó que entre los rasgos principales del Registro Electoral, está el de ser público y permanente y en el que se inscriben de oficio todos los ciudadanos cubanos con capacidad legal.

Público, porque existe el derecho de los electores de conocer los datos que sobre ellos obran en el Registro Electoral y en caso de necesidad proceder a subsanarlos, modificarlos o actualizarlos, según corresponda.

Permanente, porque la actualización de la información que contiene, se realiza de forma permanente, independientemente de la convocatoria o no de un proceso electoral.

De Oficio, porque todos los cubanos residentes son inscritos de oficio al cumplir los 16 años de edad.

Mayedo resaltó que Cuba cuenta con un Sistema Electoral Automatizado, implementado en el 2007, el cual tiene entre sus características ser de carácter nacional, permitir la actualización constante y el monitoreo en tiempo real, garantiza la protección de los datos personales y su información es totalmente auditable. Este sistema ha sido utilizado ya en 3 elecciones generales y 6 de carácter parcial.

Entre las fuentes primarias de información de las cuales se vale este Sistema están los movimientos migratorios, los establecimientos penitenciarios, los tribunales, Registro Civil y los Comités de Defensa de la Revolución, el Sistema de Identidad y las solicitudes directas de los electores.

Los ciudadanos deben verificar su ubicacion electoral en las listas, para esclarecer algún posible error en sus datos, así como aclarar la dirección por la cual deciden votar. Para corroborar los datos los electores pueden acudir a las 189 oficinas de trámites del país. Además la DIIE ha habilitado, el número telefónico 188-08 y el correo electrónico registroelectoralcuba@rem.cu

Méndez Mayedo agregó que como promedio en los procesos de elecciones generales un 14 % de las personas no votan por el lugar donde viven por motivos laborales, vacaciones, familiares o docentes.

Las listas electorales para esta ocasión tienen un nuevo formato que cuenta con sólo 35 líneas por hoja y tienen de forma ordenada la información de los votantes, como el nombre y apellidos, provincia, circunspcripción, la zona de los CDR y el número de los mismos. Fue aumentado el tamaño de la letra en las listas y mayor espacio entre líneas lo cual facilita el trabajo con las mismas.

Votación en el exterior

Por su parte, Marcos Fermín Rodríguez Costa, Presidente de la Comisión Electoral Especial del MINREX habló sobre el amplio proceso de discusión del Proyecto de Constitución que se realizó en los meses de agosto y octubre con los funcionarios, colaboradores y otro personal cubano que labora en el exterior. Este proceso contó con la participación de 40 mil compañeros.

A ello se sumó la participación de los Cubanos Residentes en el Exterior en el debate del proyecto, lo cual ratificó la voluntad de contar con las opiniones de todos los cubanos. “Vale destacar que el 40 % de las propuestas hechas por los cubanos residentes en el exterior se incluyeron en el documento aprobado por la Asamblea Nacional”, añadió Rodríguez Costa.

Sobre la organización del ejercicio del voto en el exterior para este referendo constitucional el Presidente de la Comisión Electoral Especial del MINREX señaló: “Para las personas que están cumpliendo misión oficial en el exterior resulta imposible viajar a Cuba a votar en sus lugares de residencia, pues esto implicaría dejar de realizar las funciones para las cuales fueron designado”.

Para garantizar que estas personas puedan votar se han organizado 122 Comisiones Electorales de Circunscripción que dirigirán el proceso en cada país donde labore el personal cubano y se desplegarán 1051 Mesas Electorales.

“Los próximos 16 y 17 de febrero realizarán el proceso de votación los colaboradores y funcionarios en el exterior, hecho que cumplirá con todas los requerimientos de la Ley Electoral para este ejercicio. Las autoridades electorales tienen las boletas y la documentación necesaria. Está prevista la celebración de una prueba dinámica con las misiones en el exterior el domingo 10 de febrero”, puntualizó Rodríguez Costa.

Boleta de Votación y otros detalles

En su intervención final en la Mesa Redonda, la Presidenta de la Comisión Electoral Nacional, Alina Balseiro, resaltó que en estos momentos se está realizando el cotejo de las listas electorales en todas las circunscripciones para garantizar que todos los ciudadanos con derecho al voto estén debidamente inscriptos en ese registro.

Mostró además la boleta que se utilizará en el Referendo del 24 de febrero, las cuales ya se imprimen y distribuyen con todas las medidas de seguridad por las provincias del país. El día de la votación las boletas estarán debidamente acuñadas para garantizar la transparencia del proceso.

Alina Balseiro informó que se harán pruebas dinámicas de las elecciones el 10 de febrero, para los colegios y circunscripciones electorales en el exterior, y el 17 de febrero para todos los entes electorales en el país.

Manifestó que en los recientes recorridos que han realizado por las provincias ha apreciado una muy buena organización del proceso y expresó su convicción de que todo estará listo el 24 de febrero para el histórico ejercicio del referendo constitucional.

Cuba Debate

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